Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa del impacto del trabajo a distancia en la gestión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, periodo 2020 a 2022.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-14672|Boletín Oficial: 169|Fecha Disposición: 2025-05-08|Fecha Publicación: 2025-07-15|Órgano Emisor: Cortes Generales

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 8 de mayo de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización operativa del impacto del trabajo a distancia en la gestión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, periodo 2020 a 2022, acuerda:

1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización operativa del impacto del trabajo a distancia en la gestión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, periodo 2020 a 2022.

2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización operativa del impacto del trabajo a distancia en la gestión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, periodo 2020 a 2022, sin perjuicio de las resoluciones que se aprueben.

3. Instar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria a:

– Finalizar a la mayor brevedad posible, y dentro de las posibilidades presupuestarias, el proceso de sustitución de los equipos informáticos de sus empleados, según lo previsto en su proyecto de nuevo puesto de trabajo, a fin de mejorar en la calidad de la prestación de sus servicios y dar cumplimiento a la exigencia del artículo 47 bis 4 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

– Avanzar en la mejora de su sistema de prevención de riesgos laborales tomando, entre otras medidas, la de exigir a los teletrabajadores la cumplimentación de un cuestionario detallado acerca de sus condiciones de trabajo y la realización de evaluaciones de riesgos.

– Avanzar en la definición de los indicadores relativos a la asistencia al contribuyente, especialmente en los referidos a la calidad de la atención, a fin de posibilitar la adopción de las medidas oportunas en función de los resultados obtenidos.

– Avanzar en la mejora en su sistema de atención al contribuyente, particularmente en lo que afecta a la asistencia presencial, manteniéndose la obligatoriedad de solicitar cita previa, pero estableciendo excepciones a esta norma en función de la urgencia de los trámites y de las condiciones personales de los contribuyentes, prestando especial atención a los colectivos vulnerables por edad, brecha digital u otros motivos. Asimismo, facilitar el conocimiento por la ciudadanía de dichas excepciones mediante su publicación en la página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y adoptar las medidas necesarias para superar los problemas observados para la obtención de las citas.

– Seguir, en lo referente al sistema de atención al contribuyente y concretamente en lo que afecta a la asistencia presencial, aplicando el protocolo, ya aprobado, de atención y acceso del público a sus edificios, en el que si bien se establece la regla general de entrada con cita para mantener la calidad y eficiencia en la atención de sus servicios, se permite el acceso sin cita para determinados servicios, para la atención a mayores de sesenta y cinco años, para las personas afectadas por la brecha digital y para aquellos contribuyentes que argumenten situaciones urgentes.

– Abordar la planificación de los puestos de trabajo necesarios para la asistencia al contribuyente.

– Continuar profundizando en su política de promoción de la igualdad, favoreciendo la distribución equitativa entre géneros de los cuidados y del trabajo doméstico no remunerado y prestando atención a situaciones de especial vulnerabilidad.

– Analizar todas las unidades puesto a puesto sobre el grado de tele trabajabilidad.

– Analizar el rendimiento del teletrabajo, analizar si es viable el trabajo de cada funcionario desde casa y si el rendimiento es el esperado.

– Analizar si el teletrabajo afecta o no a la calidad del servicio al contribuyente, adoptando las medidas oportunas según resultados obtenidos.

– Facilitar al contribuyente la solución de sus problemas y sus trámites de forma presencial.

– Eliminar la cita previa ante las oficinas de la Agencia Tributaria.

– Adoptar las medidas necesarias para salvar los problemas existentes a la hora de conseguir citas ante la Administración.

4. Instar al Tribunal de Cuentas a incluir en los futuros informes contestaciones a todas y cada una de las alegaciones presentadas por la entidad fiscalizada.

Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de mayo de 2025.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.