Resolución de 8 de mayo de 2025, del Instituto Geográfico Nacional, por la que se publica la Adenda de prórroga al Convenio entre el Consejo Superior Geográfico y la Comunidad Foral de Navarra, por el que la Comunidad Foral de Navarra se integra en el Sistema Cartográfico Nacional.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-9876|Boletín Oficial: 120|Fecha Disposición: 2025-05-08|Fecha Publicación: 2025-05-19|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

Habiendo sido suscrita el 7 de mayo de 2025 la Adenda de prórroga al Convenio entre la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior Geográfico, y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a través del Departamento de Cohesión Territorial, por el que la Comunidad Foral de Navarra se integra en el Sistema Cartográfico Nacional, y en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, sobre Convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 8 de mayo de 2025.–El Director General del Instituto Geográfico Nacional, Lorenzo García Asensio.

ANEXO

Adenda de prórroga al Convenio entre la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior Geográfico, y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a través del Departamento de Cohesión Territorial, por el que la Comunidad Foral de Navarra se integra en el Sistema Cartográfico Nacional

Madrid, 7 de mayo de 2025.

REUNIDOS

De una parte, don Rafael Guerra Posadas, Subsecretario del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible en virtud de su nombramiento por el Real Decreto 854/2024, de 27 de agosto (BOE número 208, de 28 de agosto de 2024), en nombre y representación del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible y como presidente del Consejo Superior Geográfico, según establece el artículo 32.1 del Real Decreto 1545/2007, de 23 de noviembre, por el que se regula el Sistema Cartográfico Nacional.

De otra parte, don Oscar Chivite Cornago, Consejero de Cohesión Territorial, en representación de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, en virtud de su nombramiento por Decreto Foral de la Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra 16/2023, de 17 de agosto, de conformidad con lo establecido en el artículo 41.1 a) de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidenta o Presidente.

Reconociéndose ambos capacidad jurídica suficiente, suscriben la presente adenda de prórroga y, al efecto

EXPONEN

Primero.

Que la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior Geográfico, y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a través del Departamento de Cohesión Territorial, firmaron un convenio para la integración efectiva de la Comunidad Foral de Navarra en el Sistema Cartográfico Nacional y para establecer un conjunto de actuaciones de colaboración con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional para la producción, actualización e intercambio de información geográfica en el ámbito de la Comunidad Autónoma, cuya vigencia comenzó el día 13 de mayo de 2021.

Segundo.

Que en la cláusula sexta de dicho convenio se establece que su vigencia será de cuatro años prorrogables, por acuerdo unánime de los firmantes formalizado en la correspondiente adenda, por otro periodo adicional de cuatro años.

Tercero.

Que las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscriben la presente adenda de prórroga del convenio con el fin de dar continuidad a las actuaciones objeto de este.

De acuerdo con lo expuesto, las partes acuerdan suscribir la presente adenda que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

Las partes firmantes acuerdan prorrogar el convenio al que se ha hecho referencia en el expositivo primero anterior, por un periodo de cuatro años adicionales, con el fin de dar continuidad a la colaboración objeto de dicho convenio.

Segunda.

Las obligaciones asumidas entre las partes firmantes en virtud del convenio prorrogado continuarán vigentes hasta la finalización del plazo pactado en la presente adenda.

Tercera.

Esta adenda se perfeccionará con la firma de las partes y producirá efectos con su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal que se llevará a cabo, en todo caso, antes de la fecha de extinción del convenio. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

De conformidad con lo expresado y expuesta la vinculación con el Convenio entre la Administración General del Estado, a través de la Presidencia del Consejo Superior Geográfico, y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, a través del Departamento de Cohesión Territorial, por el que la Comunidad Foral de Navarra se integra en el Sistema Cartográfico Nacional, firman esta adenda de forma electrónica.

Por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el Subsecretario, Rafael Guerra Posadas.–Por la Comunidad Foral de Navarra, el Consejero de Cohesión Territorial, Oscar Chivite Cornago.