Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación citada fue constituida por la entidad mercantil «Mozo Grau, SA», según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Valladolid Ignacio Cuadrado Zuloaga, el 17 de octubre de 2025, con el número 3.746 de protocolo, subsanada mediante diligencia de 4 de marzo de 2026.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle Santiago López González, n.º 7, C.P. 47197 de Valladolid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada tal y como se acredita mediante la correspondiente certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
La Fundación tiene como fin la promoción, la formación, la investigación y la difusión de la salud periimplantana, así como el estudio e investigación de las enfermedades vinculadas a la periimplantitis, con la finalidad de identificar las previsibles tendencias clínicas orientadas al éxito a largo plazo de la terapia con implantes y las mejoras que fortalezcan la prevención de dicha patología, así como el tratamiento predecible y la promoción primordial de la salud periimplantana, tratando de obtener un mayor entendimiento de las inquietudes clínicas de las nuevas generaciones en dicho ámbito. Asimismo, tiene como fin el promover y favorecer redes cooperativas entre científicos, expertos, profesionales, técnicos y empresas que contribuyan a los fines anteriores.
Quinto. Patronos.
Don Fernando Mozo Grau, don Ángel Mozo Grau, don Sebastián Arias Tobalina, don Luis María Huete Gómez, don Conrado José Aparicio Bádenas, don Alberto Monje Correa.
Cargos:
Presidente: Don Fernando Mozo Grau.
Secretario no patrono: Doña Purificación Prieto González.
Vocales: Don Ángel Mozo Grau, don Sebastián Arias Tobalina, don Luis María Huete Gómez, don Conrado José Aparicio Bádenas, don Alberto Monje Correa.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos de Derecho
Primero.
Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.
La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.
La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.
El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.
Segundo.
Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 12 de febrero de 2026.
Tercero.
Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.
Por todo lo cual, resuelvo:
Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Moving For Care, Patronato y cargos dentro del mismo.
Madrid, 8 de octubre de 2026.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.