Suscrita la adenda el 3 de diciembre de 2025, y en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.
Madrid, 9 de diciembre de 2025.–La Presidenta del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., Eloísa del Pino Matute.
ANEXO
Segunda adenda de modificación del Convenio entre la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC) y el Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha Contra el Cambio Climático y Planificación Territorial (actual Consejería de Transición Ecológica y Energía), para el desarrollo del proyecto de investigación «Diversidad genética y éxito reproductivo de la hubara en Canarias», suscrito el 8 de junio de 2022
Santa Cruz de Tenerife y Madrid.
INTERVIENEN
De una parte, el señor don Mariano Hernández Zapata, Consejero de Transición Ecológica y Energía, en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, nombrado mediante Decreto 43/2023, de 14 de julio, del Presidente de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC n.º 138, de 15 de julio de 2023), y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 16.1 y 29.k) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y artículo 5.6 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial, aprobado mediante Decreto 54/2021, de 27 de mayo (BOC n.º 117, de 8 de junio de 2021), que mantiene su vigencia al amparo de lo dispuesto por la disposición transitoria única del Derecho 123/2023, de 17 de julio, por el que se determina la estructura orgánica y las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.
De otra parte, el señor don Carlos Closa Montero, Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales, actuando en nombre y representación de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), que interviene en virtud de su nombramiento mediante Acuerdo del Consejo Rector del CSIC, en su reunión de 30 de noviembre de 2022 (BOE 23 de diciembre de 2022, Resolución Presidencia del CSIC, de 14 de diciembre de 2022, por la que se resuelve convocatoria de libre designación). Además, actúa en ejercicio de la competencia que, en materia de convenios, tiene delegada por resolución de la presidencia del CSIC (artículo undécimo), de 5 de diciembre de 2023 (BOE 18 de diciembre de 2023).
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto,
EXPONEN
I. Que con fecha de 8 de junio de 2022 se suscribió el Convenio entre la entonces Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC) a través del Museo Nacional de Ciencias Naturales (MNCN), para el desarrollo del proyecto de investigación «Diversidad genética y éxito reproductivo de la hubara en Canarias» (BOC N.º 123, de 22 de junio de 2022 y BOE N.º 145, de 18 de junio de 2022), que tiene dos objetivos generales:
1. Analizar la estructura genética, la diversidad genética, el flujo génico y otros parámetros genéticos relevantes de la subespecie canaria de avutarda hubara (Chlamydotis undulata fuertaventurae) en el conjunto de su área de distribución en las tres islas Canarias orientales (Fuerteventura, Lanzarote y La Graciosa), con el fin de aportar información relevante para evitar un deterioro de la diversidad genética actual mediante la aplicación de las medidas de conservación necesarias.
2. Realizar un estudio en profundidad sobre la nidificación y crianza de esta subespecie, incluyendo selección de hábitat de nidificación y crianza de pollos, fenología de reproducción, y éxito reproductivo, así como la posible afectación de productos agroquímicos y de la depredación de nidos por especies nativas e introducidas. Se analizará asimismo la diferencia de estos factores entre Fuerteventura y Lanzarote.
II. Que de acuerdo con la cláusula cuarta del Convenio de referencia, la duración del mismo inicialmente se extendía hasta el 31 de diciembre de 2024, prorrogable de forma expresa y escrita con anterioridad a la fecha de su finalización por un máximo de dos periodos anuales adicionales. De igual manera, la cláusula octava determina que cualquier modificación, incluida la prórroga prevista en la cláusula cuarta, se efectuaría mediante la suscripción de la oportuna adenda al convenio y siempre dentro del plazo de vigencia del mismo.
III. Que con fecha de 30 de diciembre de 2024 se suscribió una Adenda de prórroga y modificación del Convenio mencionado en el expositivo precedente, cuyo objeto fue prorrogar su vigencia y modificar su anexo Técnico, en orden a incorporar datos con mayor amplitud temporal para una mejor caracterización de la fenología de reproducción y productividad, determinación de los parámetros de éxito reproductivo y la selección de hábitat de nidificación y de crianza de pollos, como elementos básicos para la configuración e implementación adecuada del plan de recuperación de la hubara (Chlamydotis undulata fuertaventurae).
IV. En este sentido, de acuerdo con la modificación de la cláusula cuarta realizada mediante la citada Adenda al Convenio de referencia, la duración del mismo se extendió hasta el 31 de diciembre de 2025.
V. De igual manera, en la Adenda señalada se procedió a la modificación del Anexo Técnico del Convenio, incorporando un Entregable 6.º relativo a «Datos de los emisores GSM/GPRS durante 2025 de ejemplares marcados, incluyendo lugares de nidificación y cría de las hembras y su éxito reproductivo», que según el Cronograma de Trabajo actualizado deberá ser entregado antes del 1 de diciembre de 2025, siendo responsable de la tarea tanto el CSIC como la Consejería de Transición Ecológica y Energía.
VI. Que para la consecución de los objetivos y tareas incorporadas a través de la citada adenda de prórroga y modificación se hace imprescindible incrementar la contribución del Gobierno de Canarias al Proyecto, y en concreto de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, complementando la aportación original prevista al CSIC para afrontar los gastos adicionales ocasionados por su participación en dicho Proyecto.
VII. Que, sobre la base de estos antecedentes, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda con el objeto de posibilitar una mejor aún caracterización de la fenología de reproducción y productividad, determinación de los parámetros de éxito reproductivo y la selección de hábitat de nidificación y de crianza de pollos, como elementos básicos para la configuración e implementación adecuada del plan de recuperación de la hubara (Chlamydotis undulata fuertaventurae) que en estos momentos elabora la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad.
Por lo anteriormente expuesto, las personas intervinientes acuerdan la suscripción de la presente Adenda para la prórroga y modificación del convenio, en virtud de las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la presente adenda es acordar la modificación del régimen económico del convenio del que trae causa y modificar su anexo técnico, en orden a complementar la contribución económica del Gobierno de Canarias al Proyecto para afrontar los gastos adicionales ocasionados por la participación del CSIC-MNCN en el mismo, tras la ampliación de su plazo de vigencia y las tareas a desarrollar.
Segunda. Modificación de la cláusula quinta del convenio.
Las partes acuerdan modificar la cláusula quinta del Convenio, que queda redactada de la siguiente manera:
«El coste total estimado para llevar a cabo el Proyecto de forma conjunta, según se expresa en las tablas contenidas en el anexo al presente convenio –que muestran las aportaciones económicas dirigidas al mismo por cada una de las partes–, supone un importe total de seiscientos cincuenta mil seiscientos noventa y cuatro euros con ochenta y siete céntimos (650.694,87 €), de los cuales trescientos cuarenta y dos mil seiscientos noventa y cuatro euros con ochenta y siete céntimos (342.694,87 €) representan la contribución económica del Gobierno de Canarias al Proyecto y, trescientos ocho mil (308.000,00) euros, la contribución del CSIC.
Del importe con el que contribuye el Gobierno de Canarias mencionado anteriormente, se destinará la cantidad de doscientos cuatro mil novecientos noventa y cuatro euros con ochenta y siete céntimos (204.994,87 €) a sufragar los costes marginales del CSIC, es decir, los gastos adicionales que cause al CSIC, sobre su producción científica normal, el desarrollo de las investigaciones propias del Proyecto de I+D propuesto. Todo ello conforme a lo establecido en el apartado 6 del anexo al presente convenio («Valoración económica del proyecto de cada una de las partes»).
Dicha cantidad de 204.994,87 euros se hará efectiva por el Gobierno de Canarias mediante transferencia bancaria al CSIC en la cuenta del Banco Santander: IBAN ES27 0049 5117 2623 1010 5161, abierta en la sucursal del Banco Santander, calle Hermanos Pinzón, n.º 3, código postal 28036, de Madrid, a nombre del CSIC-MNCN, previa presentación de los correspondientes documentos justificativos de la finalización de los trabajos de investigación mencionados en la cláusula segunda y detallados en el anexo técnico, de acuerdo con el calendario de pagos establecido en su apartado 6 («Valoración económica del proyecto de cada una de las partes»).
La valoración económica de las aportaciones de cada una de las partes al progreso del Proyecto se especifica, por tanto, en el anexo, donde se incluyen las partidas presupuestarias a las que se imputarán los gastos e ingresos del CSIC. Las aportaciones del Gobierno de Canarias para los años 2022-2023 proceden de la partida presupuestaria de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente 1207, Programa 456E Biodiversidad, Clasificación Económica 6402200, Proyecto 156G0102 Conservación de Especies y Hábitats de Natura 2000, en el año 2024 de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad 1212, Programa 456E Biodiversidad, Clasificación Económica 6402200, Proyecto 156G0102 Conservación de Especies y Hábitats de Natura 2000, mientras que el año 2025 la aportación del Gobierno de Canarias se realizará con cargo a la partida presupuestaria de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad 1212, Programa 456E Biodiversidad, Clasificación Económica 65000, Proyecto 156G0123 Planificación y Actuaciones.
El importe a abonar por la Consejería no incluirá IVA, pues la cantidad no es en concepto de contraprestación directa y equivalente a los servicios que prestará el CSIC, sino que estos carecen de onerosidad al tener como finalidad coadyuvar a la consecución del objeto común y a los fines del presente convenio establecidos en la cláusula primera. En este sentido, la ausencia de onerosidad del objeto y actuaciones es clara y patente a la luz de los preceptos contenidos en los artículos 4.1 (sujeción de las entregas de bienes y prestaciones al impuesto) y 7.8 (no sujeción al impuesto cuando no existe contraprestación) de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido».
Tercera. Modificación del anexo técnico del Convenio.
Se modifican los párrafos quinto y siguientes del apartado 6 del anexo técnico del convenio en los siguientes términos:
«Por último, para el periodo 2022-2025, la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad destinará 204.994,87 euros a sufragar los costes marginales del CSIC, con motivo de la suscripción del presente convenio entre el Gobierno de Canarias a través de la Consejería de Transición Ecológica y Energía con cargo a la partida presupuestaria de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente 1207, Programa 456E Biodiversidad, Clasificación Económica 6402200, Proyecto 156G0102 Conservación de Especies y Hábitats de Natura 2000 en los años 2022-2023, de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad 1212, Programa 456E Biodiversidad, Clasificación Económica 6402200, Proyecto 156G0102 Conservación de Especies y Hábitats de Natura 2000 en el año 2024, mientras que el año 2025 la aportación del Gobierno de Canarias se realizará con cargo a la partida presupuestaria de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad 1212, Programa 456E Biodiversidad, Clasificación Económica 65000, Proyecto 156G0123 Planificación y Actuaciones.
A continuación, se expresa la valoración económica de lo que aporta cada una de las partes intervinientes en este convenio para llevar a cabo el Proyecto de forma conjunta.
Estas valoraciones económicas son equilibradas y no representan contraprestaciones económicas. La única aportación económica existente en el convenio se realiza desde la Consejería del Gobierno de Canarias al CSIC, de 204.994,87 euros, según se especifica en la cláusula quinta del mismo, como consecuencia de los gastos adicionales que le ocasiona su participación en este Proyecto.
| Concepto |
Objetivo 1 – Euros |
Objetivo 2 – Euros |
Total – Euros |
|---|---|---|---|
| Aportaciones económicas CSIC | |||
| Material fungible. | 24.000 | 62.000 | 86.000 |
| Material inventariable. | 0 | 5.500 | 5.500 |
| Viajes y dietas. | 18.500 | 37.000 | 55.500 |
| Otros gastos. | 2.000 | 4.000 | 6.000 |
| Costes de Personal. | 40.000 | 115.000 | 155.000 |
| Subtotal CSIC. | 84.500 | 223.500 | 308.000 |
| Aportaciones económicas Gob. Canarias | |||
| Costes marginales del CSIC (aportados por el Gobierno de Canarias). | 47.800 | 157.194,87 | 204.994,87 |
| Material fungible. | 2.500 | 2.500 | 5.000 |
| Viajes. | 1.700 | 4.500 | 6.200 |
| Otros gastos. | 3.500 | 14.000 | 17.500 |
| Costes de Personal. | 29.000 | 80.000 | 109.000 |
| Subtotal Gobierno de Canarias. | 84.500 | 258.194,87 | 342.694,87 |
| Presupuesto total del proyecto (€). | 169.000 | 481.694,87 | 650.694,87 |
Las mencionadas cantidades relativas al CSIC se imputarán a las aplicaciones presupuestarias 28.301.463AF.120.00, 28.301.463AF.121.00, 28.301.463AP.221.99, 28.301.463AP.230.00, 28.301.463AP.231.00, 28.301.463AP.233.00 y 28.301.463AP.640.10 de los ejercicios 2022 a 2024 de los presupuestos de dicho organismo.
Por su parte, las aportaciones del Gobierno de Canarias proceden de la partida presupuestaria de la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente 1207, Programa 456E Biodiversidad, Clasificación Económica 6402200, Proyecto 156G0102 Conservación de Especies y Hábitats de Natura 2000, del que deriva el actual Convenio, de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad 1212, Programa 456E Biodiversidad, Clasificación Económica 6402200, Proyecto 156G0102 Conservación de Especies y Hábitats de Natura 2000 y de la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad 1212, Programa 456E Biodiversidad, Clasificación Económica 65000, Proyecto 156G0123 Planificación y Actuaciones.
La aportación que la Consejería de Transición Ecológica y Energía realizará al CSIC para gastos adicionales ocasionados por su participación en el proyecto se hará efectiva mediante transferencia bancaria a la cuenta del CSIC mencionada en la cláusula quinta, de acuerdo al siguiente calendario de pagos:
| Euros | |
|---|---|
| 1.er pago: a la entrega del Informe de progreso correspondiente al Objetivo 1 (julio 2022). | 45.000 |
| 2.º pago: a la entrega del Informe de progreso correspondiente al Objetivo 2.1 (diciembre 2022). | 45.000 |
| 3.er pago: a la entrega del Informe de progreso correspondiente a los Objetivos 2.1.2, 2.2 y 2.3 (diciembre 2023). | 60.000 |
| 4.º pago: a la entrega del Informe de progreso correspondiente a los Objetivos 2.2 y 2.3 (julio 2024). | 20.000 |
| 5.º pago: a la entrega del Informe Final con los resultados de la investigación (diciembre 2024). | 10.000 |
| 6.º pago: a la entrega del Informe Final con los resultados de la investigación (diciembre 2025). | 24.994,87 |
| Total. | 204.994,87 |
Cuarta. Régimen jurídico.
La presente adenda tiene naturaleza administrativa, quedando sujeta a lo establecido en el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y, concretamente, a lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la citada ley, así como en el apartado 2 de su disposición adicional séptima.
Igualmente, será de aplicación lo establecido en el Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Quinta. Vigencia y mantenimiento del resto de las estipulaciones del convenio.
La presente Adenda surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO), debiendo publicarse a continuación en el «Boletín Oficial del Estado». Se entiende que la fecha de firma de la adenda es la fecha en la que ha sido firmada electrónicamente por la última de las partes. El resto de estipulaciones permanecerán inalteradas.
Sexta. Publicación e inscripción en el Registro General de Convenios del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias.
En aplicación del artículo 20 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, la Adenda suscrita deberá publicarse en el «Boletín Oficial de Canarias» dentro de los veinte días siguientes a su firma; y en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de tal publicación, se procederá a la inscripción en el Registro General de Convenios del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Y, en prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, las partes firman este documento el 3 de diciembre de 2025.–El Consejero de Transición Ecológica y Energía, en representación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, Mariano Hernández Zapata.–El Vicepresidente de Organización y Relaciones Institucionales, Carlos Closa Montero.