Resolución de 9 de junio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque eólico Xescabarex, de 75 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en la provincia de Lugo».

Nº de Disposición: BOE-A-2025-12515|Boletín Oficial: 147|Fecha Disposición: 2025-06-09|Fecha Publicación: 2025-06-19|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 13 de enero de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Parque eólico Xescabarex, de 75 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicado en la provincia de Lugo», en los términos municipales de Lugo, Castroverde, Pol y Castro de Rei, promovido por Asterope Solar, SL, al amparo del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

Tras la subsanación del expediente por el promotor, se constata que incluye una modificación del proyecto inicial con una nueva disposición de aerogeneradores y una nueva evacuación. Posteriormente, con fecha 24 de marzo de 2025, el órgano sustantivo traslada el expediente completo referido al proyecto modificado, tras cuyo análisis, se verifica que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022.

El proyecto consiste en un parque eólico, denominado Xescabarex, de 75 MW de potencia instalada, y parte de su infraestructura de evacuación. El parque eólico está compuesto por 13 aerogeneradores de 4,24 MW, 5 MW y 7 MW de potencia unitaria, con diámetros de rotor de 163 m y 166 m, con alturas de buje comprendidas entre 98 m y 138 m, y con altura en punta de pala de 179,5 m a 219 m. Los aerogeneradores se distribuyen en tres módulos de generación: Arex, con 5 turbinas (AR01, AR02, AR03, AR04 y AR05); Chousa, con 2 (CH01 y CH02); y As Xesteiras, con 6 (XE01, XE02, XE03, XE04, XE05 y XE06). Se instalarán dos torres de medición autosoportadas de 100 m de altura.

El proyecto incluye la ejecución de 19.268 m de viales de 5 m de ancho, de los cuales 656 m estarán pavimentados con hormigón y el resto con zahorra.

La infraestructura de evacuación se inicia con una línea eléctrica subterránea a 30 kV de 15,85 km de longitud estimada de zanja, entre los centros de transformación de los aerogeneradores y la subestación SE Concentradora Xescabarex 30/132 KV. Desde esta subestación parte una línea eléctrica a 132 kV, con dos tramos subterráneos, con una longitud total aproximada de 2,90 km y un tramo aéreo con una longitud aproximada de 5,02 km, hasta la subestación SE Colectora Ludrio Promotores Barras 132/220/400 kV. El tramo aéreo de la línea cuenta con 21 apoyos, de alturas comprendidas entre los 17,9 m y los 37 m. El resto de la infraestructura de evacuación, desde la subestación SE Colectora Ludrio Promotores Barras incluida, hasta su conexión a la red de transporte en la subestación existente SE Ludrio 400 kV, propiedad de REE, se encuentra fuera del alcance de este proyecto.

La duración de las obras se ha calculado en 12 meses para el parque eólico y en 12 meses para la línea a 132 kV. Se estima una vida útil mínima de la instalación de 30 años.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del art. 22. 3. b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario

La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con espacios pertenecientes a la Red Natura 2000. El espacio más cercano es la Zona Especial de Conservación (ZEC) ES1120003 Parga-Ladra-Támoga, a 8,3 km del tramo aéreo de la línea a 132 kV y a 9,8 km del parque eólico. Más alejada se encuentra la ZEC ES1120004 A Marronda, a 11,2 km del aerogenerador más próximo.

El proyecto se encuentra dentro de la zona de transición de la Reserva de la Biosfera Terras do Miño. Los viales y la línea eléctrica a 30 kV atraviesan la zona tampón, que se encuentra a 200 m del aerogenerador más cercano. Una zona núcleo de pequeño tamaño de la Reserva se encuentra a 465 m de la línea a 30 kV y a 1,1 km de un aerogenerador. Esta zona núcleo ocupa una superficie de 3,84 ha, y se ha creado en torno a los Lagos de Texeiro (Lago 3), que es zona húmeda del inventario de Galicia, y a un afluente del Rego de San Fitorio. En esta Reserva, es destacable la presencia de especies amenazadas según el Catálogo Español o el Gallego, como fumarel común (Chlidonias niger), zarapito real (Numenius arquata), escribano palustre (Emberiza schoeniclus), avetoro común (Botaurus stellaris), sisón común (Tetrax tetrax), náyade de río (Margaritifera margaritifera), avefría europea (Vanellus vanellus), alcaraván (Burhinus oedicnemus), desmán ibérico (Galemys pyrenaicus), murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii), murciélago mediterrráneo de herradura (Rhinolophus euryale), murciélago grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), murciélago ratonero grande (Myotis myotis) y náyade cisne (Anodonta cygnea).

Tras la consulta de la cartografía del Inventario Nacional de Hábitats y del Atlas de Hábitats de España del MITECO, se identifican en el emplazamiento del proyecto, como potencialmente afectados, los hábitats de interés comunitario (HIC) prioritarios 4020* Brezales húmedos atlánticos de zonas templadas de Erica ciliaris y Erica tetralix y 91E0* Bosques aluviales de Alnus glutinosa y Fraxinus excelsior (Alno-Padion, Alnion incanae, Salicion albae) y los HIC 3110 Aguas oligotróficas con un contenido de minerales muy bajo de las llanuras arenosas (Littorelletalia uniflorae), 4030 Brezales secos europeos, 4090 Brezales oromediterráneos endémicos con aliaga, 8230 Roquedos silíceos con vegetación pionera, 9230 Bosques galaico-portugueses con Quercus robur y Quercus pyrenaica y 9260 Bosques de Castanea sativa. No obstante, según el estudio de impacto ambiental, durante el trabajo de campo se ha confirmado la ausencia de HIC en las superficies ocupadas por el proyecto.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas

La mayor parte de la superficie ocupada por el parque eólico se encuentra sobre pastizales y prados naturales, mientras que parte del trazado de la línea a 30 kV y algunos viales de acceso a los aerogeneradores ocupan residualmente masas forestales de frondosas, autóctonas y productivas, así como zonas de roquedos y suelo desnudo. La mayoría de los apoyos del tramo aéreo de la línea a 132 kV se ubican sobre masas forestales de coníferas y, en menor medida, en masas forestales de frondosas autóctonas y en pastizales y prados naturales. Los tramos subterráneos de la línea a 132 kV se proyectan mayoritariamente en masas forestales de coníferas, seguidas de pastizales y prados naturales y de cultivos con prados de diente y siega.

Tras la consulta de diversas fuentes bibliográficas, en la cuadrícula UTM 10x10 km 29TPH27, donde se localiza la línea a 132 kV, se determina la presencia potencial de una especie amenazada de flora, Eryngium viviparum, vulnerable según el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA) y en peligro de extinción según el Catálogo Gallego de Especies Amenazadas (CGEA).

La mitad norte de la línea a 132 kV se encuentra dentro de un área prioritaria de reproducción, de alimentación, de dispersión y de concentración local de aves incluidas en el Catálogo Gallego de Especies Amenazadas, que forma parte de las zonas de protección existentes en Galicia en las que serán de aplicación medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

La línea a 132 KV en su tramo subterráneo final penetra marginalmente en el Área importante para la Conservación de las Aves y la Biodiversidad (IBA) de SEO BirdLife 472 Terra Chá. Actualmente constituye el único núcleo reproductor de zarapito real en la península Ibérica. A nivel regional, tiene importancia por sus poblaciones residuales de sisón, alcaraván y aguilucho cenizo (Circus pygargus). Alberga cierta riqueza en la invernada de aves acuáticas, con poblaciones representativas de cerceta común (Anas crecca). La zona también posee gran importancia para la sedimentación e invernada de limícolas como la avefría y chorlito dorado europeo (Pluvialis apricaria). Igualmente destaca la presencia postreproductora de cernícalo primilla (Falco naumanni).

Según el documento «Autopistas Salvajes» de la propuesta de Wildlife World Fund España para una Red Estratégica de Corredores Ecológicos entre espacios Red Natura 2000, se ha identificado un corredor prioritario que discurre entre los aerogeneradores AR02 y AR03 del parque eólico, a menos de 100 m de los mismos. Este corredor conecta la ZEC Serra do Careón con la ZEC A Marronda y forma parte del denominado Corredor del Cantábrico.

Parte del trazado de la línea a 132 kV se encuentra en la Zona de Importancia para los Mamíferos (ZIM) 9 Alto Miño y afluentes y, a 300 m del parque eólico, se sitúa la ZIM 11 Río Neira.

Consta un estudio anual de avifauna con trabajo de campo, realizado de mayo de 2023 a mayo de 2024, y un estudio de quirópteros con toma de datos de junio de 2023 a junio de 2024.

Entre las rapaces planeadoras detectadas más sensibles a la implantación del parque eólico, constan varias pertenecientes al Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LESRPE), como el águila culebrera (Circaetus gallicus), el milano negro (Milvus migrans), el abejero europeo (Pernis apivorus), el gavilán (Accipiter nisus), el busardo ratonero (Buteo buteo) y el cernícalo común (Falco tinnunculus).

Respecto a rapaces nocturnas, se han identificado cárabo (Strix aluco), autillo (Otus scops), lechuza (Tyto alba) y chotacabras europeo (Caprimulgus europaeus), también del LESRPE.

En cuanto a aves esteparias, se cita un gran número de ejemplares de paseriformes, entre los que destacan el bisbita pratense (Anthus pratensis) y el bisbita arbóreo (Anthus trivialis), ambos del LESRPE.

Se han identificado cuatro zonas sensibles, nidos o dormideros, sin indicar especie, dos al norte del parque eólico, a 1,4 km de la línea aérea a 132 kV y a 5,6 km del aerogenerador más cercano y dos al sur del parque, a 5,8 km del aerogenerador más próximo. A aproximadamente 6 km de la zona de estudio, aparece la Laguna de Caque, que representa una zona idónea de invernada para muchas especies.

Existen diferencias relevantes en el uso del espacio estudiado por parte de las aves. Este uso del espacio junto con la vulnerabilidad específica permite prever que las zonas de mayor siniestralidad serán las cuadrículas 1 x 1 km donde se ubicarán los aerogeneradores AR02, AR03, AR04, XE01, XE02, XE03, XE04, XE05, CH01 y CH02.

En el emplazamiento del parque eólico, se localizan 22 especies de quirópteros, de las cuales 9 están catalogadas como vulnerables según el CEEA y el CGEA, los murciélagos grande de herradura (Rhinolophus ferrumequinum), pequeño de herradura (Rhinolophus hipposideros), de cueva (Miniopterus schreibersi), ratonero forestal (Myotis bechsteinii), ratonero pardo (Myotis emarginatus), ratonero grande (Myotis myotis), bigotudo (Myotis mystacinus), nóctulo grande (Nyctalus lasiopterus) y nóctulo mediano (Nyctalus noctula). El resto de especies identificadas pertenecen al LESRPE. Existe una considerable actividad en la zona del emplazamiento, considerada de calidad para las comunidades de quirópteros. La mayoría de los registros corresponden a los meses de verano, de julio a septiembre, aunque no se descarta que los individuos utilicen las zonas del emplazamiento para campeo, alimentación o como zona de paso de migraciones durante el resto del año, fuera del periodo de hibernación. La principal afección directa sobre la comunidad de murciélagos es la muerte por colisión con las palas de los rotores o a consecuencia del barotrauma producido por las diferencias de presión en el espacio aéreo próximo a ellos.

A menos de 5 km del parque, no se han detectado refugios de hibernación o de reproducción de quirópteros, salvo que existan árboles maduros en cuyas fisuras se ubiquen colonias de algunas especies forestales. Los refugios más cercanos identificados con indicios o presencia de individuos se sitúan, el primero, a 25 m de la línea aérea y a 4,7 km del parque eólico y, el segundo, a 630 m de la línea aérea y a 4,2 km del parque.

Por otro lado, en la zona se han detectado dos anfibios vulnerables según el CGEA, la ranita de San Antón ibérica (Hyla molleri) y la rana patilarga (Rana iberica).

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

Los terrenos donde se ubica el proyecto pertenecen a la Demarcación Hidrográfica Miño-Sil. Dentro de esta cuenca, los cauces principales más cercanos al proyecto son el río Lea y el río Azúmara. La zona de estudio presenta una red hidrografía densa debido a las características del relieve y a la pluviometría existente, en la que se identifican numerosos arroyos, muchos de carácter estacional y con escaso volumen de agua.

El acceso al parque cruza el Rego Abelairas, el río Lea en tres puntos y un afluente del anterior; mantiene un paralelismo a menos de 100 m con el río Lea y se sitúa a 100 m del Rego de Penalba. El vial del parque eólico, la línea a 30 kV y una plataforma del aerogenerador XE06 se encuentran a menos de 100 m del Rego da Meda. La línea subterránea a 30 kV cruza el Rego de San Fitorio y un afluente del Rego do Porto. Por último, el tramo aéreo de la línea a 132 kV cruza el Rego da Amorín y el río Lea y se sitúa a menos de 100 m del nacimiento de un afluente del río Lea. Por tanto, se produce ocupación del Dominio Público Hidráulico, de la zona de servidumbre y de la zona de policía.

El emplazamiento del proyecto se encuentra cerca de varias zonas húmedas del inventario de humedales de Galicia. Las más cercanas son los Lagos de Teixeiro, con código 112128, cuyo Lago 1 se encuentra a 45 m del vial del parque eólico y a 250 m de la plataforma del aerogenerador AR04. El Couso dos Lobos (112124) se encuentra a 60 m de la línea a 30 kV y a 100 m de la plataforma del aerogenerador XE02. La Veiga de Amorín (112085) se localiza a 215 m del vial del parque y de la línea a 30 kV. El Lago 2 de los Lagos de Teixeiro se encuentra a 270 m y Guimarás (112123) a 420 m de la línea a 30 kV, que cruza el Rego de San Fitorio aguas arriba de estas dos zonas húmedas.

El riesgo por desbordamiento se asocia a los cauces que bordean el emplazamiento del proyecto, el cual es poco probable, debido a la elevación de éste sobre los principales cauces fluviales y a la distancia existente a las diferentes infraestructuras. El emplazamiento no se localiza en áreas definidas por la Demarcación Hidrográfica Miño-Sil como zonas inundables. Atendiendo a la cartografía del Sistema Nacional de Cartografía de Zonas inundables, el proyecto se sitúa fuera de zonas de flujo preferente, fuera de zonas inundables para un período de retorno de 500 años y fuera de las Áreas con Riesgo Potencial Significativo de Inundación.

El proyecto se sitúa sobre la masa de agua subterránea Cuenca Alta del Miño, con código ES010MSBT011-001, de la cuenca hidrográfica Miño-Sil. En la zona de estudio los terrenos presentan un basamento geológico compuesto por materiales generalmente impermeables o de baja permeabilidad.

Las obras de drenaje contarán con tubos de hormigón, badenes inundables de hormigón o bajantes con disipador de energía. En zonas con cruces con cauces de agua estacionales, la instalación del cableado en la zanja se realizará bajo tubo y este irá hormigonado. Los cruzamientos con ríos se harán mediante perforaciones dirigidas, priorizando su realización en época de caudales mínimos para reducir el riesgo de alteración de la calidad del agua.

Los movimientos de tierra, paso de maquinaria y desbroces que tengan lugar en las inmediaciones de los cauces y zonas húmedas pueden generar partículas que pueden llegar a ellos o, arrastradas por el viento o por la escorrentía superficial, acabar en cursos situados a cierta distancia, provocando un aumento de la turbidez en éstos.

Otra posible fuente de contaminación para las aguas de los cauces y zonas húmedas próximos son los aceites, pinturas, combustibles y otros materiales de obra, bien por vertido accidental, por el paso de maquinaria sobre los cauces o por el arrastre por las aguas de lluvia desde las superficies donde se están llevando a cabo los trabajos de construcción.

4. Afección por generación de residuos

Durante la ejecución de la obra, se estima una generación de 1.596 t de residuos no peligrosos, entre los que destacan 645 t de áridos, 135 t de madera y 128 t de hormigón. Por otro lado, se estima una generación de 104 t de residuos peligrosos, que corresponden a tierras y piedras contaminadas, a envases metálicos con matrices sólidas y porosas peligrosas, a envases contaminados, y a absorbentes y materiales de filtración contaminados. Según los movimientos de tierras estimados a partir de las mediciones del proyecto, se prevé un excedente de 218.699 m3 de tierras de excavación.

Durante la fase de construcción, se puede considerar la generación de aguas residuales relacionadas con los aseos para el personal de obra. La gestión de los depósitos herméticos de recogida de las casetas prefabricadas o las cabinas portátiles (aseo químico) se realizará mediante contrato con empresa autorizada, que llevará a cabo la limpieza y retirada de las mismas.

Cualquier vertido que pueda ocasionarse durante las obras, por ejemplo, derrames de hidrocarburos y aceites de la maquinaria, será recogido y gestionado correctamente a través de empresa autorizada.

Las tierras y piedras no contaminadas por sustancias peligrosas serán reutilizadas en la misma obra en aquellas zonas donde sea posible, gestionándose mediante gestor autorizado aquellas que no sean reutilizadas. En caso de que no se reutilicen materiales en la propia obra, será necesaria la acreditación de su destino a reutilización mediante la documentación que corresponda.

Los residuos de la construcción y demolición no peligrosos se clasificarán en varias fracciones. Asimismo, se clasificarán aquellos elementos susceptibles de ser reutilizados. Esta clasificación se realizará de forma preferente en el lugar de generación de los residuos y sin perjuicio del resto de residuos que ya tienen establecida una recogida separada obligatoria. El almacenamiento selectivo de los residuos generados que vayan a reutilizarse o a eliminarse fuera de la obra, se localizará en puntos de acopio convenientemente tratados. La zona de obras contará con un punto limpio, en la zona de instalaciones auxiliares. El punto limpio se dispondrá sobre una superficie impermeabilizada, con solera de hormigón, y su recogida será periódica y selectiva por gestores autorizados. En el caso de residuos sólidos, se dispondrá de un conjunto de contenedores con diversos distintivos visuales, tanto escritos como de colorido, según el tipo de residuo.

El poseedor de residuos de construcción y demolición, cuando no proceda gestionarlos por si mismo estará obligado a entregarlos a un gestor de residuos o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración, para su gestión.

En la fase de explotación de la planta, la generación de residuos se circunscribe a las labores de mantenimiento del parque y se considera de baja magnitud.

Tras el desmantelamiento de los aerogeneradores, el destino de los elementos puede ser la eliminación, el aprovechamiento o el reciclaje. Las góndolas serán trasladadas a un taller especializado para realizar las tareas de desguace y recogida de aceites con el fin de reducir posibles fugas al medio. Las cimentaciones serán demolidas y los escombros serán trasladados a un gestor autorizado. La demolición consistirá en el picado de la cimentación hasta aproximadamente 1,20 m de la misma y se cubrirá con áridos y tierra vegetal. La zahorra de los viales será retirada para su reutilización o trasladada a vertedero autorizado.

En la fase de desmantelamiento, también se puede considerar la generación de aguas residuales relacionadas con los aseos para el personal de obra. También se podrían producir derrames accidentales de la maquinaria, que serán recogidos y gestionados adecuadamente.

5. Afección por utilización de recursos naturales

Los recursos naturales principales que se prevé utilizar son el suelo, agua, zahorras, arena, áridos y combustible.

La superficie de ocupación de suelo por viales, plataformas, zonas de montaje, cimentaciones, zonas de acopio, apoyos, subestación, zanja para la línea, desmontes y terraplenes, se estima en 31,25 ha de suelo. De ellas, 18,74 ha corresponden a ocupaciones temporales y 12,51 ha a ocupaciones permanentes. Los trabajos de construcción van a deteriorar en gran medida los suelos directamente afectados por las instalaciones, por la ocupación directa por las mismas, por la compactación al ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales o por contaminación del suelo por vertidos accidentales. Además, se producirá un aumento de los riesgos de erosión, que puede conllevar una pérdida adicional de suelo y comprometer la estabilidad de las instalaciones.

Respecto a los movimientos de tierras, se estima un volumen de 289.453 m3 de desmonte, de 12.475 m3 de excavación y de 68.500 m3 de terraplén, de los cuales 27.950 m3 procederán de préstamos. Según los planos del proyecto, la altura estimada de los taludes de desmonte es muy elevada en muchas zonas, superando los 9 m en algunos lugares y casi alcanzando los 10 m, y la altura de los taludes de terraplén llega a superar los 6 m. Por tanto, se podrían producir fenómenos erosivos de importancia, así como situaciones de inestabilidad del terreno. También se generaría una alteración significativa de la geomorfología.

Por otro lado, se estima una retirada de 61.430 m3 de tierra vegetal, que se acopiará en cordones no superiores a 2 m de altura para su posterior empleo en las tareas de restauración.

Los aerogeneradores y la mayor parte de los viales y la línea subterránea a 30 kV se hallan en terrenos con erosión baja, con pérdidas inferiores a 5 t/ha.año. Algunos tramos de viales y de la línea a 30 kV se encuentran en terrenos con erosión moderada, de 5-12 t/ha.año; media, con pérdidas de 12-25 t/ha.año y alta, con pérdidas de 25-50 t/ha.año. La línea a 132 kV se localiza en terrenos con erosión baja en su mayor parte y media en algunos tramos.

En fase de construcción, el consumo de agua para la ejecución de las obras se estima en unos 4 m3/día para riegos en superficies no pavimentadas, con objeto de evitar el levantamiento de polvo, para la fabricación de hormigones, para las instalaciones de higiene, para riegos de instalación de plantaciones y siembras y para actividades diversas de obra.

Se calcula que se utilizarán 54.865 m3 de zahorras para los viales y plataformas del parque eólico, 3.517 m3 de arena para rellenos y 456 m3 de áridos.

El combustible se empleará para generar energía eléctrica, para el transporte de materiales y para el funcionamiento de la maquinaria

6. Afección al patrimonio cultural

Tras la consulta de diversa bibliografía, cartografía, fotografía aérea, el inventario de yacimientos arqueológicos de Galicia, los Catálogos urbanísticos de los municipios afectados y el Catálogo del Plan Básico Autonómico de Galicia, se han identificado varios elementos inventariados en el entorno del proyecto. Más adelante, se llevó a cabo una prospección arqueológica, en la que se documentó un nuevo elemento etnográfico, pero con la que no se identificaron nuevos yacimientos ni materiales arqueológicos. El informe de prospección arqueológica ha sido presentado a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia para que emita resolución sobre el mismo.

A menos de 200 m de los elementos del proyecto, se identifican los siguientes elementos del patrimonio arqueológico: Mámoa de Quintela 2 (GA27010144), a 146 m de la línea aérea a 132 kV; Mámoa de Quintela 3 (GA27010145), a 151 m de la línea aérea; Madorra do Monte do Marco 4 (GA27010146), a 181 m de la línea aérea; Madorra do Monte do Marco 5 (GA27010147), a 169 m de la línea aérea; Monte Castelo (GA27028081), a 134 m de un vial del parque; A Madorra (TO27046006), a 41 m de la zona de acopio; y el Túmulo de Monte Amorín 5 (RE27046021), a 13 m de un acceso existente que será acondicionado.

Además, se han identificado dos elementos del patrimonio etnográfico: Cruceiro en Baílle (Pol_35312), a 57 m de un acceso existente del parque; y un muro de linde tradicional (ETN-01), a 8 m de un vial del parque.

Por último, se localizan zonas de potencialidad arqueológica, donde podrían existir restos o yacimientos: Alto dos Pedreiros (ZO-01) y Os Pasos de Orizón (ZO-02), afectadas por apoyos de la línea aérea; Castro Fález (ZO-03), Penalba-As Lagoas (ZO-04), Os Pedridos (ZO-05) y Os Pedridos 2 (ZO-06), afectadas por aerogeneradores y viales.

El informe de prospección arqueológica propone medidas protectoras y correctoras para salvaguardar el patrimonio cultural.

No se identifican vías pecuarias en la zona de estudio.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio

El parque eólico se encuentra en una zona con población dispersa en numerosos núcleos de población, algunos cercanos. Los más próximos son Vilachá, a 950 m, A Airexe, a 1,6 km, O Seixo, a 1,7 km, y Vilariño, a 1,8 km, todos en la parroquia de San Pedro de Labio; A Aldea de Abaixo, a 1,5 km, en la parroquia de San Xilao de Rubiás; A Puga, a 1,6 km, en la parroquia de Santo Estevo de Benade; Casa da Veiga, a 740 m, O Refuxio, a 815 m, Segade, a 1,1 km, O Cotillón, a 1,3 km, Meilán, a 1,3 km, y O Mazo, a 1,8 km, en la parroquia de Santa María de Teixeiro; A Meda, a 770 m, en la parroquia de Santiago da Meda; y Vilafrío, a 1,6 km, en la parroquia de San Xoán de Barredo. A menos de 1000 m del parque, se han identificado 18 edificaciones con uso residencial, todas a más de 500 m del mismo.

Las poblaciones más cercanas a la línea aérea a 132 kV son A Granda A Vella, a 50 m, en la parroquia de Santa María de Fraialde; A Prazuela, a 190 m, y Pousada, a 285 m, en la parroquia de Santa María de Ludrio; y A Carbín, a 230 m, en la parroquia de Santa Comba de Orizón. También se han identificado viviendas dispersas cercanas a la línea.

Según el artículo 39 de la Ley 18/2021 que modifica la Ley 8/2009 por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia, la distancia de los aerogeneradores a las delimitaciones de suelo de núcleo rural, urbano o urbanizable delimitado será mayor a 500 m y a 5 veces la altura total del aerogenerador. Los aerogeneradores CH1, CH2, XE06 y XE07, podrían no respetar esta distancia por su cercanía a los núcleos de Casa da Veiga, O Refuxio y A Meda.

El ruido generado por la maquinaria de obra será de naturaleza intermitente y de diversa intensidad y frecuencia. Su transmisión podría ocasionar un aumento de los niveles de inmisión actuales. Según se señala en el estudio acústico presentado, en líneas generales, a 500 m de distancia, los niveles de ruido bajan a unos 35-45 dB (A).

De los resultados de la modelización acústica, se desprende que, a una distancia de 200 m de cualquier aerogenerador o transformador de la subestación eléctrica, el nivel de presión sonora generado por el parque eólico es inferior a 45 dB(A). Por lo tanto y teniendo en cuenta que las edificaciones más cercanas se sitúan a más de 500 m del parque eólico, los valores obtenidos en las fachadas de las edificaciones para el escenario operacional, con el parque eólico en funcionamiento, son inferiores a los límites de ruido establecidos para nuevas actividades. Durante la fase de explotación del parque eólico y considerando todos los focos de ruido existentes, los niveles de inmisión de ruido debidos a la nueva infraestructura energética dan cumplimiento a la normativa autonómica y a la estatal.

A nivel nacional, el Real Decreto 1066/2001, que aprueba el Reglamento que establece condiciones de protección del dominio público radioeléctrico, restricciones a las emisiones radioeléctricas y medidas de protección sanitaria frente a emisiones radioeléctricas, establece unos valores límite de exposición a campos electromagnéticos de 5 kV/m y de 100 μT. Según la memoria constructiva del proyecto, las envolventes prefabricadas especificadas del proyecto no superan los 100 μT. Por otro lado, en las líneas de alta tensión a 132 kV, en el punto más cercano a los conductores, los valores obtenidos oscilan de 1 a 3 kV/m para el campo eléctrico y de 1 a 6 μT para el campo magnético.

El estudio de parpadeo de sombras recoge que se verían afectadas un total de 18 edificaciones en el peor de los casos, para una distancia de 10 diámetros de rotor (1630-1660 m) según los modelos de aerogenerador previstos para el parque. A menos de 500 m, se podrían ver afectadas 3 edificaciones que se encuentran abandonadas o que no se han localizado en el terreno. No obstante, no se trasladan los resultados para las edificaciones situadas en el rango comprendido entre los 500 m y los 1660 m del parque, para las que no se indica el tipo de uso, ni las afecciones estimadas.

El proyecto ocupará 31,25 ha de suelo de pastizales, prados y de uso forestal principalmente. De ellas, 18,74 ha corresponden a ocupaciones temporales y 12,51 ha a ocupaciones permanentes, que experimentarán un cambio de uso a suelo industrial. Las zonas de ocupación temporal podrán recuperar el uso original tras una restauración del terreno.

El ámbito de estudio pertenece a la Gran Área Paisajística Chairas e Fosas Luguesas. La mayor parte del parque eólico se encuentra en la comarca paisajística de Lugo mientras que dos aerogeneradores y la línea de evacuación se sitúan dentro de la comarca paisajística de A Terra Chá. En el emplazamiento del proyecto, la calidad del paisaje se valora como media y la fragilidad visual como baja. La cuenca visual del parque eólico Xescabarex representa el 72,46 % del área estudiada de 15 km alrededor del mismo. En esta zona, el parque es visible desde 559 núcleos de población. El parque también es visible desde carreteras, entre las que destaca la autovía A-6 y la carretera nacional N-640, desde la línea de ferrocarril 800-León-A Coruña y desde el Camino de Santiago. Junto a la introducción de elementos artificiales en el paisaje, como los aerogeneradores, se espera una alteración patente del relieve por los grandes taludes y movimientos de tierras creados para los accesos y para las plataformas del parque eólico.

Según el Plan de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia (PLADIGA 2024), el municipio de Lugo se sitúa en una Zona de Alto Riesgo de Incendio (ZAR), donde se ubican 7 aerogeneradores.

El proyecto ocupará terrenos donde se encuentran los siguientes cotos de caza: Rozas (LU-10063) y Amorin (LU-10295), con afección por aerogeneradores y otros elementos del proyecto; y Terra Chá (LU-10008) y Amigos de la Naturaleza (LU-10005), con afecciones por viales y por la línea de evacuación.

Según el Registro de la Dirección General de Planificación y Ordenación Forestal de la Xunta de Galicia, en la zona de estudio se localizan 8 Montes Vecinales en Mano Común que se verán afectados por el proyecto: 936 Amorín e Carqueixeiras; 358 Amorín, San Fitoiro, Sales, Monciro e Salgueiros; 639 Arco de Santa Mariña e Penalba; 930 Balbón, Amorín e Pedralba; 337 Granda de Orizón, Bedro do Marco e Granda de Canabal; 638 Labio; 338 Rodela y 645 Rubiás.

En el ámbito de estudio, se encuentra el aeródromo de Rozas, un aeródromo privado situado en el término municipal de Castro de Rey, a 8 kilómetros de la ciudad de Lugo, a 4,6 km del parque eólico y a 2,3 km de la línea aérea a 132 kV. El aeródromo está destinado generalmente a la aviación deportiva. Los terrenos son propiedad del Ministerio de Defensa y están gestionados por el Real Aeroclub de Lugo. Hay que destacar que dentro del campo se encuentran las instalaciones del Centro de Investigación Aeroportada de Rozas dependiente del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial Esteban Terradas (INTA), organismo público de investigación adscrito al Ministerio de Defensa. Se considera conveniente solicitar informes a los organismos competentes por posibles afecciones al funcionamiento de estas instalaciones.

Durante la fase de explotación, se identifica un impacto por la relativa pérdida de naturalidad paisajística que supone el desarrollo del parque, y que puede repercutir en el turismo rural o de naturaleza. El proyecto se encuentra incluido en la Reserva de la Biosfera Terras do Miño y dos módulos del parque se encuentran cerca del área recreativa Lagos de Texeiro.

Según los Planes Generales de Ordenación Municipal de Lugo y Castroverde, se producirá ocupación de suelo rústico de protección forestal en estos municipios por aerogeneradores, viales y línea subterránea. Según el Plan General de Ordenación Municipal de Castro de Rei, se ocupará suelo rústico de protección forestal por la línea a 132 kV.

Consultado el Catastro Mineiro de Galicia de la Cámara Oficial de Mineira de Galicia, se comprueba que el aerogenerador AR02 se localiza a 50 m de distancia de una concesión vigente con autorización de aprovechamiento de granito denominada «Traspenalba» LU/A/00158, con 3 ha de superficie (Sección A) y el aerogenerador CH01 a 300 m de distancia de una cuadricula minera de granito en estado vigente con permiso de investigación, de nombre «San Lucas» LU/C/05629 (Sección C).

El parque eólico Monte Contado, existente, se encuentra a 632 m del parque eólico evaluado, y el parque eólico Batifol, en tramitación administrativa, a 682 m del mismo. Por tanto, deberán tenerse en cuenta los criterios de existencia de solapamiento entre parques eólicos atendiendo a la legislación autonómica vigente, entre la que se encuentra la Ley 8/2009, de 22 de diciembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en Galicia, en su artículo 31 y en la Disposición transitoria sexta.

En términos generales, tanto en la fase construcción como en el resto de fases, el desarrollo de las diferentes acciones conlleva un impacto positivo sobre el empleo, la economía local y el sector terciario. Se contratará mano de obra, preferiblemente de la zona, para la implantación, funcionamiento y desmantelamiento del parque eólico lo que repercutirá positivamente en medio socioeconómico de la zona, favoreciendo la economía local y el sector terciario de la zona.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

En el estudio de impacto ambiental, se han identificado 5 parques eólicos existentes o autorizados a menos de 15 km, que suman 71 aerogeneradores: Monte Contado, con 5  aerogeneradores, a 632 m; Monciro, con 12 turbinas, a 2,6 km; Punago, con 46, a más de 8 km; Serra do Punago-Vacariza, con 7, a más de 13 km; y Reboiro, con 1, a 15 km.

Además, se han encontrado 3 parques eólicos en tramitación, con 13 aerogeneradores en total: Batifol, con 4 aerogeneradores, a 681 m; Ampliación de Monciro, con 2, a 2,5 km; y Aldegunde, con 7, a 9,6 km.

La longitud del tendido eléctrico existente en el ámbito de estudio se estima en unos 695,4 km. El trazado en aéreo de la línea de evacuación del parque eólico Xescabarex representa el 0,72 % del conjunto de líneas eléctricas de alta tensión existentes. Además, se han identificado 9 subestaciones eléctricas en funcionamiento o autorizadas y 4 en tramitación.

También se ha considerado en el análisis la existencia de 1.304 km de carreteras y 31 km de ferrocarril en la zona de estudio.

Los efectos acumulativos y sinérgicos más reseñables se producen sobre la fauna y el paisaje. La presencia de las nuevas instalaciones puede producir efectos sinérgicos por el incremento de la ocupación de terrenos que generan alteración, fragmentación o pérdida de hábitats; por el aumento de presencia física de elementos que crean barreras al movimiento de la fauna; por ruidos y presencia de personas, maquinaria e instalaciones que causan molestias a la fauna y por mortalidad de animales por colisión contra aerogeneradores, líneas aéreas y por barotrauma, en el caso de los quirópteros.

Se encuentran numerosos aerogeneradores en funcionamiento en el área de estudio de parques eólicos existentes, lo que supone un riesgo de colisión para la avifauna y quirópteros, por lo que la incorporación de nuevas infraestructuras podría contribuir al mismo. Dada la disposición del Parque eólico Xescabarex respecto a los parques eólicos analizados, se podría generar un efecto barrera para el desplazamiento de especies de avifauna: una en dirección suroeste-noreste, otra en dirección norte-sur y una tercera en dirección noroeste-sureste. También se ha identificado un corredor ecológico prioritario, según el documento «Autopistas Salvajes» de Wildlife World Fund, que sería interceptado por el parque eólico evaluado y por el parque eólico Punago. Todos los aerogeneradores, tanto los proyectados para Xescabarex como los que se encuentran en funcionamiento o tramitación en otros proyectos, se encuentran dentro de Reservas de la Biosfera, en zonas tampón o de transición.

En fase de explotación, el impacto paisajístico producirá sus mayores efectos, ya que las características del paisaje y del relieve no atenúan los efectos de intrusión de los elementos antrópicos. La construcción del parque eólico no introducirá nuevos elementos artificiales en la zona, como aerogeneradores, ya que existen otros parques en explotación, pero aumentará la densidad de dichos elementos. El Parque eólico Xescabarex incrementa la cuenca visual existente en la actualidad en un 3,06 % con respecto a la situación preoperacional, considerando parques en funcionamiento y en tramitación, según los resultados del modelo de visibilidad.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental, en el sentido de que el proyecto se sometiera a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, fue remitida a la Dirección General de Patrimonio Natural, a la Dirección General de Calidad Ambiental y Sostenibilidad y al Instituto de Estudios del Territorio, todos de la Xunta de Galicia, el 29 de abril de 2025, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental.

Con fecha 12 de mayo de 2025, tiene entrada el informe del Instituto de Estudios del Territorio de la Xunta de Galicia, que señala que no se aprecian circunstancias que pudieran dar lugar a que el proyecto produjera un efecto crítico sobre el paisaje. Asimismo, manifiesta que, dado que la propuesta de informe concluye que el proyecto debe someterse a una evaluación ambiental ordinaria, emitirá informe en ese procedimiento, como órgano autonómico competente en materia de paisaje. En virtud de lo anterior, se ratifica el sentido de la propuesta.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 8.1 b) del Real Decreto 503/2024, de 21 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Parque eólico Xescabarex, de 75 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicado en la provincia de Lugo», se someta a la tramitación del procedimiento de evaluación ambiental ordinario conforme a lo previsto en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 22 del Real Decreto-ley 20/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 22, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 9 de junio de 2025.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.