Resolución de 9 de junio de 2025, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Xunta de Galicia, sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.

Nº de Disposición: BOE-A-2025-12193|Boletín Oficial: 144|Fecha Disposición: 2025-06-09|Fecha Publicación: 2025-06-16|Órgano Emisor: Consejo de Seguridad Nuclear

El presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y el conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, han suscrito, con fecha 29 de mayo de 2025, una adenda de prórroga del Convenio sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio, como anejo a la presente resolución.

Madrid, 9 de junio de 2025.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan Carlos Lentijo Lentijo.

ANEJO

Adenda de prórroga del Convenio entre la extinta Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo de la Xunta de Galicia y el Consejo de Seguridad Nuclear sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica

REUNIDOS

De una parte, don Juan Carlos Lentijo Lentijo, Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 330/2025, de 15 de abril (BOE núm. 92, 16 de abril de 2025), en nombre y representación del Consejo de Seguridad Nuclear, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 de su Estatuto, aprobado por Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre.

Y, de otra parte, don Diego Calvo Pouso, Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes de la Xunta de Galicia, en virtud del Decreto 44/2024, de 14 de abril, por el que se nombra a los titulares de las consellerías de la Xunta de Galicia (DOG núm. 73, 14 de abril de 2024), en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad y legitimación para obligarse y suscribir la presente prórroga y en su virtud,

EXPONEN

Primero.

Que con fecha 2 de junio de 2021, el Consejo de Seguridad Nuclear y la entonces Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo de la Xunta de Galicia suscribieron un convenio para el mejor ejercicio de sus competencias y funciones, en lo concerniente a la planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica. Este acuerdo fue inscrito en el Registro Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) el 4 de junio de 2021 y publicado en el BOE con fecha 11 de junio de 2021.

Segundo.

Que el Decreto 49/2024, de 22 de abril, así como el Decreto 136/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, confiere a la Consellería de Presidencia, Justicia e Deportes las atribuciones relativas a Protección Civil y Gestión de Emergencias de Galicia que ejercía la Consellería de Presidencia, Justicia y Turismo.

Tercero.

Que la firma de este convenio y los compromisos asumidos por las partes en el mismo se han demostrado como herramienta fundamental en la consecución de los objetivos y en la puesta en práctica y desarrollo de las actuaciones necesarias para la planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica.

En consecuencia, y en virtud de lo establecido en la cláusula decimocuarta del convenio que recoge la posibilidad de prórroga de otros cuatro años adicionales mediante acuerdo unánime de las partes suscrito con anterioridad a la fecha de su finalización, una vez evaluadas las necesidades técnicas y con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto del citado convenio, las partes firmantes de esta prórroga estiman necesario continuar con dicha colaboración por un nuevo período de cuatro años más, de conformidad con las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la prórroga.

Las partes firmantes acuerdan la prórroga, por un periodo de cuatro años, del convenio sobre planificación, preparación y respuesta ante situaciones de emergencia radiológica, suscrito el 2 de junio de 2021 (BOE núm. 139, de 11 de junio de 2021).

Segunda. Conservación del clausulado y obligaciones de las partes.

Las cláusulas suscritas en el convenio firmado el 2 de junio de 2021 quedan vigentes e inalterables durante el presente acuerdo de prórroga.

Tercera. Vigencia.

La presente adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, resultando eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el REOICO. Asimismo, será publicada en el BOE en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

Cuarta. Régimen jurídico.

El presente acuerdo de prórroga tiene carácter administrativo, y al igual que el convenio del que trae causa, se rige por lo dispuesto en el título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo de aplicación para dicha prórroga lo dispuesto en el artículo 49 h) 2.º de la esta norma.

Las partes manifiestan su plena conformidad con el presente convenio, en Madrid, a 29 de mayo de 2025.–Por el Consejo de Seguridad Nuclear el Presidente, Juan Carlos Lentijo Lentijo.–Por la Xunta de Galicia, el Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, Diego Calvo Pouso.