Resolución de 9 de mayo de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Baluma Solar, SL, la declaración, en concreto, de utilidad pública, para la instalación fotovoltaica «Baluma Solar», de 58,14 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Albolote, Moclín y Atarfe (Granada).

Nº de Disposición: BOE-A-2025-10975|Boletín Oficial: 132|Fecha Disposición: 2025-05-09|Fecha Publicación: 2025-06-02|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

La Dirección General de Política Energética y Minas emitió, con fecha 24 de abril de 2023, resolución por la que se otorga a Baluma Solar, SL (en adelante, el promotor), autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica «Baluma Solar» de 50,75 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Albolote, Moclín y Atarfe, en la provincia de Granada (en adelante, Resolución de autorización administrativa previa), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 129, de 31 de mayo de 2023.

La Dirección General de Política Energética y Minas emitió, con fecha 16 de julio de 2024, resolución por la que se otorga a Baluma Solar, SL, autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica «Baluma Solar», de 58,14 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Albolote, Moclín y Atarfe, en la provincia de Granada, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» (núm. 256) de 23 de octubre de 2024.

En relación a la solicitud de la declaración, en concreto, de utilidad pública, con fecha 14 de mayo de 2024 se recibe en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada, escrito del promotor para la reactivación del trámite de Declaración de Utilidad Pública de la instalación solar fotovoltaica «Baluma Solar», de 58,14 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de Albolote, Moclín y Atarfe, en la provincia de Granada, tras haber quedado suspendida a solicitud del promotor de fecha 11 de marzo de 2024.

El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada y se tramitó de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, habiéndose solicitado los correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.

Se ha recibido contestación de la que no se desprende oposición del Ayuntamiento de Moclín, del Servicio de Industria y Minas de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía y de la Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana de la Junta de Andalucía. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, quien expresa su conformidad con las mismas.

Se ha recibido contestación de la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía, de Enagás, SA, y de Red Eléctrica de España, SAU, en las que se establecen condicionados técnicos y/o consideraciones y, en su caso, la necesidad de solicitar autorización ante dichos organismos por la ocupación o el cruzamiento de la instalación con bienes o servicios de sus competencias. Se ha dado traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con las mismas.

Se ha recibido contestación de la Oficina Española de Cambio Climático, con diversas consideraciones y alegaciones. Se ha dado traslado al promotor, quien responde a cada una de las alegaciones e indica que las consideraciones son de carácter medioambiental y que cuenta con declaración de impacto ambiental favorable. Se da traslado al organismo de la respuesta del promotor, el cual no emite nueva respuesta, por lo que se entiende su conformidad en virtud del artículo 147.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Preguntados los Ayuntamientos de Albolote y Atarfe, la Diputación Provincial de Granada, el Servicio de Energía de la Consejería de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, el Servicio de Bienes Culturales de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Movilidad y Transportes de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía, la Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, E-Distribución Redes Digitales, SAU, Telefónica de España, SAU, y Ecologistas en Acción Andalucía, no se ha recibido contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud de lo dispuesto en el artículo 146.1 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Asimismo, la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación y la correspondiente relación de bienes y derechos afectados ha sido sometida a información pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, con la publicación el 26 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado», el 31 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Granada» y el 25 de octubre de 2024 en el diario Ideal, y con la exposición al público en el tablón de edictos de los ayuntamientos de Albolote y Moclín, así como en la web de la Delegación del Gobierno en Andalucía desde el 24 de octubre de 2024 hasta el 22 de enero de 2025. Se ha recibido una alegación de un particular que se dirige por escrito directamente al titular de la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada solicitando la paralización del procedimiento de solicitud de declaración de utilidad pública del proyecto, siendo, dicha alegación, respondida directamente desde la Dependencia y confirmándole que, al haber firmado un contrato con el promotor, no será convocado al levantamiento de actas que inicia la fase de expropiación forzosa.

La Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Granada emitió informe con fecha de 10 de febrero de 2025.

La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico reconoce la libre iniciativa empresarial para el ejercicio de las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica.

El artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la propuesta de resolución de esta Dirección General ha sido sometida a trámite de audiencia del promotor, el cual ha respondido al mismo expresando conformidad y aportando acuerdo de derecho de servidumbre personal de uso sobre los terrenos propiedad de Red Eléctrica de España, SAU, para el establecimiento de la línea eléctrica del Proyecto y permisos de acceso y conexión actualizados a fecha 16 de septiembre de 2024.

Las citadas autorizaciones se van a conceder sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente, y a cualesquiera otras motivadas por disposiciones que resulten aplicables, así como sin perjuicio del resto de autorizaciones y permisos que sean necesarios para la ejecución de la obra, según lo previsto en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y el artículo 120.2 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Como consecuencia de lo anteriormente expuesto,

Esta Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Único.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación solar fotovoltaica «Baluma Solar», de 58,14 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, ubicados en los términos municipales de Albolote, Atarfe y Moclín, en la provincia de Granada, para la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados, detallada por el promotor en su escrito de 10 de abril de 2025, que aparece recogida en el anexo de la presente resolución y se encuentra en la información publicada el 26 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial del Estado» y el 31 de octubre de 2024 en el «Boletín Oficial de la Provincia de Granada», a los efectos previstos en el citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, este reconocimiento de utilidad pública, en concreto, supone el derecho a que sea otorgada la oportuna autorización por los organismos a los que se ha solicitado el condicionado técnico procedente, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las comunidades autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 62.2.i) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente resolución, el último que se produzca.

Transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 9 de mayo de 2025.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.

ANEXO

L/220 kV SET Laguna-CS Promotores Atarfe

N.º Polígono Parcela Referencia catastral Término municipal
3 8 10 18023A00800010 Atarfe.
4 8 9 18023A00800009 Atarfe.
5 8 18 18023A00800018 Atarfe.
6 8844301VG3284D Atarfe.
8 8 5 18023A00800005 Atarfe.
21 2 63 18023A00200063 Atarfe.
23 2 62 18023A00200062 Atarfe.
24 2 61 18023A00200061 Atarfe.
25 2 60 18023A00200060 Atarfe.
26 2 56 18023A00200056 Atarfe.
27 2 57 18023A00200057 Atarfe.
28 2 50 18023A00200050 Atarfe.
29 2 31 18023A00200031 Atarfe.
30 2 29 18023A00200029 Atarfe.
31 2 26 18023A00200026 Atarfe.
42 3 38 18023A00300038 Atarfe.
43 8 11 18004A00800011 Albolote.
54 9 18 18004A00900018 Albolote.
58 7980102VG3278B Atarfe.
59 7980105VG3278B Atarfe.

L/220 kV CS Promotores Atarfe-SET Atarfe REE

N.º Polígono Parcela Referencia catastral Término municipal
1 8 16 18023A00800016 Atarfe.
2 8 15 18023A00800015 Atarfe.
4 10 13 18023A01000013 Atarfe.
6 8 14 18023A00800014 Atarfe.
7 10 11 18023A01000011 Atarfe.
8 8 13 18023A00800013 Atarfe.
9 10 10 18023A01000010 Atarfe.
10 8 12 18023A00800012 Atarfe.
11 10 4 18023A01000004 Atarfe.
17 12 33 18023A01200033 Atarfe.
18 11 67 18023A01100067 Atarfe.
19 12 1 18023A01200001 Atarfe.
20 12 2 18023A01200002 Atarfe.
22 11 26 18023A01100026 Atarfe.
30 7909728VG3370H Atarfe.
31 8413106VG3381C Atarfe.
32 8413105VG3381C Atarfe.
35 79097G1VG3370H Atarfe.
36 21 266 18023A02100266 Atarfe.
38 86047P9VG3280S Atarfe.
41 86047H8VG3280S Atarfe.
42 86047H7VG3280S Atarfe.
43 86047H6VG3280S Atarfe.
44 86047H5VG3280S Atarfe.
45 86047H4VG3280S Atarfe.
46 86047H3VG3280S Atarfe.
48 86047K1VG3280S Atarfe.
49 86047K3VG3280S Atarfe.
50 86047G6VG3280S Atarfe.
51 86047K4VG3280S Atarfe.
52 86047K6VG3280S Atarfe.
53 86047G3VG3280S Atarfe.