Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se anuncia el concurso público para la gestión, en régimen de concesión, del "Bus Nàutic Eivissa" en las aguas del puerto de Eivissa (CC-C-I-0007), la elección de la solución más ventajosa y el otorgamiento de la correspondiente concesión administrativa.

Nº de Disposición: BOE-B-2026-36291|Boletín Oficial: 277|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2026-11-06|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

De conformidad con lo establecido en el artículo 86.4 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (TRLPEMM), se convoca el siguiente concurso público:

1. Organismo Público: Autoridad Portuaria de Baleares. Número de expediente: CC-C-I-0007

2. Objeto del concurso: es objeto del presente concurso la elección de la solución más ventajosa para el otorgamiento de una concesión administrativa para la prestación del servicio comercial de transporte de pasajeros "Bus Nàutic Eivissa", así como la ocupación de las superficies necesarias para el desarrollo de la citada actividad comercial por un único prestador y en régimen de exclusividad, en el puerto de Eivissa.

3. Plazo: el plazo de la concesión será de quince (15) años, de conformidad con lo establecido en la Cláusula 5ª del Pliego de Bases.

4. Tramitación: electrónica. Procedimiento: abierto. Forma: concurso público.

5. Tasas:

- Ocupación: la cuantía anual de la tasa de ocupación será de diecisiete mil novecientos treinta y ocho euros con dieciocho céntimos (17.938,18 €). (Esta cantidad no incluye el IVA).

- Actividad: la cuantía anual de la tasa de actividad se establece conforme a los artículos 187 y 188 del TRLPEMM, siendo la base imponible el volumen de negocio (ventas y/o ingresos) y el tipo de gravamen que aplique del 4%.

6. Garantías.

- Provisional: 2% del importe del presupuesto de inversión del proyecto.

- Definitivas:

- De explotación: igual a la cuantía anual de la suma de las tasas de ocupación y de actividad.

- Complementaria adicional: igual a la cuantía anual de la suma de la mejora ofertada de las tasas de ocupación y de actividad.

- De construcción: por valor del 5% del importe del presupuesto de inversión presentado (sin IVA), que no podrá ser inferior a 3.000,00 €.

7. Obtención de documentación e información.

Organismo Público: Autoridad Portuaria de Baleares. Domicilio: Palma -Moll Vell, 5 (07012). Teléfono: 971 22 81 50, Fax: 971 72 69 48. A través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) accesible en la dirección electrónica https://contrataciondelestado.es.

8. Presentación electrónica de las ofertas o de las solicitudes de participación.

Fecha límite de presentación: el plazo de presentación de ofertas será de dos (2) meses contados a partir de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.). En el caso de que el día de finalización del plazo de presentación de ofertas fuera un sábado, domingo o festivo se trasladará al día hábil siguiente. Documentación que integrará las ofertas: véase Pliego de Bases. Lugar de presentación: PLACSP.

9. Apertura de las ofertas: Autoridad Portuaria de Baleares. Domicilio: Moll Vell, n.º 5, 07012. Localidad: Palma. Fecha: Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas y previa convocatoria de la APB.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, puede interponerse recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo previsto en los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el mismo órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes desde su publicación; o bien puede interponerse recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 123 de la citada Ley y el artículo 8.3, párrafo segundo, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde su publicación, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se estime procedente.

Palma, 27 de octubre de 2026.- El Presidente, José Javier Sanz Fernández.