El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena, en su sesión ordinaria celebrada el 18 de marzo de 2026, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30.5, letra n) del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, entre otros, adoptó el acuerdo de otorgar concesión demanial portuaria a la mercantil Bunge Ibérica, S.A., con destino a la construcción y explotación de instalación de pretratamiento de materia lipídica para producción de biocombustibles en la parcela nº2 del Concurso de la Zona de Actividades Industriales de la Ampliación de la Dársena de Escombreras, por un plazo de Veinticinco (25) Años, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A.- Ocupación de superficie del dominio público otorgada:
a.1) Terreno: 47.873 m² en zona XV, 1.548 m² en zona XII-B y 33 m² en zona XII-A.
a.2) Vuelo: 49 m² en zona XV y 250 m² en zona XII-A.
B).- Tasas para el año 2026:
Tasa por ocupación de superficie del dominio público en zona XV: 94,55 €/m²/año.
Tasa por ocupación de superficie del dominio público en zona XII-A: 77,78 €/m²/año.
Tasa por ocupación de superficie del dominio público en zona XII-B: 61 €/ m² y año.
Importe adicional sobre la tasa de ocupación de superficie: 2,51 €/t.
Tasa por ocupación de obras e instalaciones: 3.047,19 €/año.
Tasa actividad industrial: 0,60 €/t.
Importe adicional sobre la tasa de actividad industrial: 0,28 €/t.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 24 de abril de 2026.- El Director General, José María Gómez Fuster.