El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena, en su sesión ordinaria celebrada el 18 de marzo de 2026, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30.5, letra n) del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, entre otros, adoptó el acuerdo de otorgar concesión demanial portuaria a la mercantil Ership, S.A.U., con destino a la construcción y explotación de almacén mecanizado para la manipulación y almacenamiento de graneles sólidos agroalimentarios en la parcela nº 1 del Concurso de la Zona de Actividades Industriales de la Dársena de Escombreras, por un plazo de Cuarenta (40) Años, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A.- Ocupación de superficie del dominio público otorgada:
a.1) Terreno: 15.195 m² en zona XV y 28,25 m² en zona XIV.
a.2) Vuelo: 33 m² en zona XV y 194,14 m² en zona XIV.
B.- Tasas para el año 2026:
Tasa por ocupación de superficie de dominio público en zona XV: 94,55 €/ m²/año.
Tasa por ocupación de superficie de dominio público en zona XIV: 108,28 €/m²/año.
Tasa actividad industrial: 0,18 €/t.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 24 de abril de 2026.- El Director General, José María Gómez Fuster.