El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Ceuta, en su sesión celebrada el día 23 de febrero de 2026, en uso de las facultades que le confiere el artículo 30.5.n) del RDL 2/2011, de 5 de septiembre, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (en adelante TRLPEMM), ha resuelto otorgar a la compañía Balearía Eurolíneas Marítimas, S.A., concesión demanial identificada con el Núm. 164 y cuyas características son las siguientes:
Objeto: Oficinas para el desarrollo de actividades portuarias comerciales relacionadas con el intercambio de modos de transporte.
Plazo: Diez (10) años.
Ámbito espacial: 73 m2. Muelle Cañonero Dato. Estación Marítima.
Tasa de ocupación: 4.017,14 euros/año.
Tasa de actividad: 0,006 €/pasajeros embarcados.
Lo que se publica para general conocimiento a fin de dar cumplimiento al art. 85.7 del TRLPEMM.
Ceuta, 3 de marzo de 2026.- Presidente, Juan Manuel Doncel Doncel.