El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre), ha aprobado en su sesión de fecha 26 de marzo de 2026, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82.2b) del citado texto legal, prorrogar en diez (10) años, a contar desde el 6 de abril de 2026, el plazo de la concesión administrativa de la que es titular la entidad Freiremar, S.A. destinada a terminal de descarga para buques pesqueros, instalación frigorífica para almacenamiento, elaboración y comercialización de productos de la pesca y otros productos alimenticios y efectos navales y establecimiento de primera venta de productos de la pesca en la Dársena Pesquera del Puerto de Santa Cruz de Tenerife, con estricta sujeción al pliego de condiciones aceptado por aquélla en fecha 17 de marzo de 2026.
Lo que se hace público para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85.7 en relación con el artículo 88 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Santa Cruz de Tenerife, 27 de marzo de 2026.- El Presidente, Pedro Suárez López de Vergara.