El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Sevilla, en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5.n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, ha resuelto con fecha 19 de Febrero de 2026, aprobar la modificación de la concesión administrativa otorgada a Hostelería Sevilla Puerto, S.L. con destino a la explotación de restaurante-bar y terraza.
Autorizado: Hostelería Sevilla Puerto, S.L.
Modificación: Prórroga de su plazo hasta el 6 de Mayo de 2037.
Tasa de Actividad: El importe anual de esta tasa se obtendrá a partir del 01/01/2027 aplicando el tipo del 4 % al importe neto anual de la cifra de negocio facturación bruta desarrollado en el puerto al amparo de la concesión, IVA no incluido; y a partir del 01/01/2030 aplicando el tipo del 5 % al importe neto anual de la cifra de negocio facturación bruta desarrollado en el puerto al amparo de la concesión, IVA no incluido, atendiendo a la fracción del año final.
Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con lo dispuesto en el artículos 85 y 88 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante
Sevilla, 3 de marzo de 2026.- Presidente, Rafael Carmona Ruíz.