Visto el expediente AT-15092/22, incoado en esta Delegación Territorial, solicitando Autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
- Peticionario: ROLWIND ANDALUCIA 21, S.L.
- Domicilio: PLAZA DE LAS TENDILLAS 1, 2.º, PUERTA B, 14002 Córdoba.
- Emplazamiento de la instalación: Chiclana de la Frontera (Cádiz).
- Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 27 de mayo de 2022, la sociedad mercantil ROLWIND ANDALUCIA 21, S.L., solicita Autorización Administrativa Previa y Autorización Ambiental Unificada para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada "PSFV LA CONCEPCIÓN", ubicada en el término municipal de Chiclana de la Frontera (Cádiz), aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia.
SEGUNDO.- Con fecha 13 de diciembre de 2023 se ha recibido Informe de la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz relativo a la incidencia territorial de la actuación "PROYECTO MODIFICADO DE PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA DE 49,89 MW "LA CONCEPCIÓN" E INFRAESTRUCTURAS DE EVACUACIÓN ASOCIADAS", EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CHICLANA DE LA FRONTERA (CÁDIZ) conforme a lo indicado en el artículo 52 de la ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, y los artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento General, siendo notificado a ROLWIND ANDALUCIA 21, S.L., con fecha 29 de diciembre de 2023.
TERCERO.-Con fecha 8 de mayo de 2024, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de Autorización Ambiental Unificada (Expte. AAU/CA/022/22), en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales.
CUARTO.- Con fecha 30 de julio de 2024 esta Delegación Territorial emite Resolución por la que se concede Autorización Administrativa Previa a la instalación "PSFV LA CONCEPCIÓN".
QUINTO.- Con fecha 2 de septiembre de 2024, la sociedad mercantil ROLWIND ANDALUCIA 21, S.L., solicita modificación de la Autorización Administrativa Previa concedida, además de Autorización Administrativa de Construcción y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica denominada "PSFV LA CONCEPCIÓN", ubicada en el término municipal de Chiclana de la Frontera (Cádiz), aportando para ello la documentación preceptiva que establece la normativa en vigor y que obra en el expediente de referencia.
SEXTO.- Con fecha 20 de marzo de 2025, la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, emite Resolución de Autorización Ambiental Unificada (Expte. AAU/CA/022/22/MNS2), en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto modificado, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos naturales.
SÉPTIMO.- De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (en adelante, R.D. 1955/2000), se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en:
- BOP de la provincia de Cádiz número 113, de fecha 17 de junio de 2025.
- BOJA número 110, de fecha 11 de junio de 2025.
- BOE número 141, de fecha 12 de junio de 2025.
- Diario de Cádiz, de fecha 13 de junio de 2025.
- Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera, con publicación entre las fechas 19/06/2025 y 31/07/2025.
Habiéndose formulado alegaciones dentro del plazo por ASOC ECOLOGIA Y LIBERTA, con CIF ****6477*, alegando:
• Primera: Falta del Estudio de Impacto Ambiental en el Portal de Transparencia.
• Segunda: Alegación de carácter ambiental.
◦ Respuesta a ambas: No se aceptan dado que el proyecto tiene Autorización Ambiental Unificada, según antecedente de hecho SEXTO, y esta autorización se otorga a efectos sustantivos.
• Tercera: En el anuncio publicado no se aporta ninguna información sobre la utilidad pública.
◦ Respuesta: Tanto en el anuncio como en Transparencia se incluyen todos los datos y documentos necesarios en este ámbito. No se tiene en cuenta.
Asimismo, tal y como establece el citado Título VII del R.D. 1955/2000, se dio traslado por plazo de treinta días de la solicitud y documentos técnicos, a la serie de organismos que a continuación se enumeran, ya que según declara el promotor de la instalación, pueden verse afectados por el procedimiento de referencia, a fin de que éstos presten su conformidad u oposición, y en su caso, establezcan el condicionado técnico procedente:
· Ayuntamiento de Chiclana de la Frontera
· D. T. de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz. Sv de Carreteras
· D. T. de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural en Cádiz. Sv. D.P.H. y calidad de aguas
· EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES, S.L.
· D. T. de Sostenibilidad y M.A en Cádiz. Sv. de Espacios Naturales Protegidos
· D.T. Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas. Dpto Minas
· Ministerio para la Transición Ecol. y el Reto Demográfico. Dir. Gral. de Política Energética y Minas
· PROMOTORES ZEDE ARCOS C.B.
· RED ELÉCTRICA DE ESPAÑA, S.A.
· Telefonica de España S.A.U. (Ingenieria Planta Externa Sur)
· D. T. de Sostenibilidad y M.A en Cádiz. Dpto. Vías Pecuarias
· Green Power Wind Spain 1, S.L.U.
· Chiclana Natural S.A.
Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con la documentación aportada, y se manifiesta conformidad con las alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de referencia, en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación, a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias de otros Organismos.
OCTAVO.-Con fecha 24 de septiembre de 2025 se ha recibido escrito de la Delegación Territorial Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Cádiz relativo a la incidencia territorial de la actuación de la modificación "PSFV LA CONCEPCIÓN", indicando que las modificaciones planteadas no suponen ningún cambio sustancial del proyecto que justifique la emisión de un nuevo informe, permaneciendo vigentes las consideraciones y conclusiones emitidas en el Informe de fecha 13/12/2023.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía.
• Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto.
• Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
• Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
SEGUNDO.- Son de aplicación general al procedimiento:
• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
• Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
TERCERO.- Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
• Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía.
• Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía y fomento de las energías renovables en Andalucía.
• Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
• Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
CUARTO.- Conforme a lo indicado en el artículo 3.3 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética, antes de 2050 y, en todo caso, en el más corto plazo posible, España deberá alcanzar la neutralidad climática, con el objeto de dar cumplimiento a los compromisos internacionalmente asumidos y, sin perjuicio de las competencias autonómicas, el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable. La instalación sobre la que se declara utilidad pública en la presente resolución viene a cubrir dichos objetivos, por lo que queda justificada la necesidad de la declaración de utilidad pública de la misma.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación:
RESUELVE
PRIMERO.- DECLARAR, EN CONCRETO, DE UTILIDAD PÚBLICA LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA PROMOVIDA POR LA ENTIDAD ROLWIND ANDALUCIA 21 SL según se describe en el Antecedente de Hecho Quinto y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:
1.ª Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.
2.ª Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.
Igualmente, llevará implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica, sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.
Para la imposición de servidumbre de paso sobre los bienes indicados en el apartado anterior y montes de utilidad pública, no será necesario cumplir lo dispuesto sobre imposición de gravámenes en dichos bienes en las correspondientes Leyes de Patrimonio y de Montes, sin perjuicio de las indemnizaciones correspondientes.
3.ª En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.
CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
Planta Solar Fotovoltaica "La Concepción" de 49,22 MW de potencia instalada y 48 MW de potencia de evacuación (AT-15092/22)
Generador Fotovoltaico
• Generador fotovoltaico sobre sistema de estructura fija con 2x15 módulos en vertical (2V).
• 86.430 módulos fotovoltaicos bifaciales, de los cuales 42.750 son módulos de 615 Wp de potencia máxima y 43.680 son módulos de 620 Wp de potencia máxima, que suman una potencia total de 53,37MWp, dirigidos a 8 centros de potencia.
Centros de Potencia:
• 4 centros de potencia de 8.000 kVA, formados por 2 inversores centrales de 3.658 kW cada uno, transformador y protecciones.
• 2 centros de potencia de 7.500 kVA, formados por 2 inversores centrales de 3.326 kW cada uno, transformador y protecciones.
• 2 centros de potencia de 3.500 kVA, formados por 1 inversor central de 3.326 kW, transformador y protecciones.
Red de Media Tensión
• 3 circuitos subterráneos de Media Tensión de conductores 30 kV entre 95 y 630 mm2 que unen los Centros de Potencia (Powers Blocks, PB) con el centro de seccionamiento ubicado en el interior de la Planta Solar Fotovoltaica "La Concepción".
LMT1
• Origen: PB-01
• Final: Centro Seccionamiento
• Longitud: 3.952 m
• Tipo Instalación: Subterranea
• Tipo de cable: AL XLPE 18/30 kV
LMT2
• Origen: PB-04
• Final: Centro Seccionamiento
• Longitud: 2.284 m
• Tipo Instalación: Subterranea
• Tipo de cable: AL XLPE 18/30 kV
LMT3
• Origen: PB-03
• Final: Centro Seccionamiento
• Longitud: 2.301 m
• Tipo Instalación: Subterranea
• Tipo de cable: AL XLPE 18/30 kV
Infraestructura de Evacuación
Centro Seccionamiento interior 30 kV en Planta Solar "La Concepción"
• Parque de 30 kV interior: Cabinas tipo interior blindadas en gas SF6, 4 posiciones de línea, 1 posición de medida, 1 posición de transformador de servicios auxiliares, 1 posición de línea de reserva, 1 transformador de Servicios Auxiliares 30/0,4kV 1x160kVA.
• Sistema de control y protección, y puesta a tierra.
• Sistema de medida y comunicaciones.
• Punto de medida redundante mediante contador trifásico electrónico multifunción.
Línea Subterránea 30kV
• Origen: Centro Seccionamiento en Planta Solar "La Concepción".
• Fin: Subestación 30/66kV SET "La Concepción"
• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterranea.
• Tensión: 30 KV
• Longitud: 3,3 km
• Tipo Conductor: AL RH5Z1 18/30kV
• Sección Conductor: 630mm2
• Número de Circuitos: 1
• Número de Conductores/Fase: 3
Subestación 30/66 kV, denominada SET "La Concepción"
• Parque de 66 kV Exterior: Intemperie, 1 posición de trafo-línea, 1 transformador 66/30kV 1x55MVA.
• Parque de 30 kV Exterior: 1 posición de protección de secundario de transformador de potencia 66/30kV 1x55MVA.
• Parque de 30 kV Interior: Cabinas tipo interior blindadas en gas SF6, 2 posiciones de protección de transformador, 2 posiciones de línea, 1 posición de medida, 1 posición de transformador de servicios auxiliares, 2 posiciones de reserva, 1 posición de batería de condensadores, 1 Grupo Electrógeno, 1 Transformador de Servicios Auxiliares 30/0,4kV 1x400kVA.
• Sistema de control y protección, y puesta a tierra.
• Sistema de medida y comunicaciones.
• 1 Edificio Interior para la zona de transformación, donde se ubica el parque interior 30kV, protección y medida de las posiciones de 66kV.
Línea Subterránea 66 kV
• Origen: Subestación 66/30 kV, SET "La Concepción"
• Fin: Centro Seccionamiento 66 kV CS "La Concepción"
• Tipo: Línea eléctrica trifásica subterránea.
• Tensión: 66 KV
• Longitud: 0,084 km
• Tipo Conductor: XLPE 1x630mm2 Al con pantalla de 95mm2 Cu
• Sección Conductor: 630mm2
• Número de Circuitos: 1
• Número de Conductores/Fase: 1
Centro de seccionamiento 66 kV, denominado CS 66 kV "La Concepción", a ceder a EDISTRIBUCIÓN Redes Digitales, S.L.U.
• Parque de 66 kV Exterior: Intemperie, 3 posiciones de línea, 1 embarrado 66kV, 1 posición de medida embarrado 66kV, TT de SSAA 3x50 kVA.
• Edificio Interior:
1. Sistema de control y protección, y puesta a tierra.
2. Sistema de medida y comunicaciones.
Línea Aérea D/C 66 kV desde CS 66 kV "La Concepción" hasta Nuevo apoyo de entronque a instalar en LAAT 66 kV existente, CHICLANA-PTO_REAL 66 KV D/C", a ceder a EDISTRIBUCIÓN Redes Digitales, S.L.U. (Punto de acceso y conexión)
• Tipo: Línea eléctrica trifásica aérea.
• Tensión: 66 KV
• Longitud: 0,134 km
• Nº Total Apoyos: 2
• Tipo Conductor: LA-180 (147-AL1/34-ST1A)
• Número de Circuitos: 2
• Número de Conductores/Fase: 1
Conforme al proyecto técnico:
• "Proyecto de construcción PSFV La Concepción e infraestructura de evacuación + Anexo DUP" y declaración responsable de 29 de abril de 2025.
• Técnico titulado competente: Ingeniero Técnico Industrial, Antonio José Pérez García, colegiado n.º 2486 del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Córdoba.
SEGUNDO.- Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente, a los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente y a los titulares de bienes y derechos afectados.
Así mismo, publíquese en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz. Tales publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas respecto de aquellos interesados que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la misma no se hubiera podido practicar.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
ANEXO
| RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS. ACCESOS A PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA 53,37 MWp/49,22 MWn "LA CONCEPCIÓN" | |||||||||
| TITULAR | ACCESO A LA PLANTA | ||||||||
| Nº PARC. S/PROY. | DNI/CIF | REF. CATASTRAL | POL. CAT. | PARC. CAT. | PARAJE | T.M. | SUPERFICIE CATASTRAL PARCELA (m2) | USO S/CATASTRO | SERV. OCUP. PERMANENTE Y DE PASO (m²) |
| 1P | B72253289 | 11015A010000030000QJ | 10 | 3 | LA CONCEPCIÓN | CHICLANA DE LA FRONTERA | 1.258.311 | LABOR o LABRADÍO SECANO,PASTOS, MATORRAL,IMPRODUCTIVO,EUCALIPTUS | 8.528 |
| 2P | S4111001F | 11015A010090010000QZ | 10 | 9001 | CRTA. A-390 | CHICLANA DE LA FRONTERA | 94.554 | VIA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO | 447 |
| 3P | A11063161 | 11015A010000140000QB | 10 | 14 | LA VICTORIA | CHICLANA DE LA FRONTERA | 340.949 | LABOR o LABRADÍO SECANO,MATORRAL,IMPRODUCTIVO | 2.089 |
| 4P | B11575594 | 11015A010000120000QW | 10 | 12 | LA VICTORIA | CHICLANA DE LA FRONTERA | 2.380.696 | LABOR o LABRADÍO SECANO,MATORRAL,IMPRODUCTIVO | 31 |
| 5P | P1101500E | 11015A010090040000QW | 10 | 9004 | CAMINO | CHICLANA DE LA FRONTERA | 2.644 | VÍA DE COMUNICACIÓN DE DOMINIO PÚBLICO | 1.079 |
| 6P | 31370712T 75808712E 52926926Q 52300836D | 11015A010000080000QH | 10 | 8 | LAS GALINDAS | CHICLANA DE LA FRONTERA | 47.110 | LABOR o LABRADÍO SECANO | 682 |
| RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS. LÍNEA DE EVACUACIÓN SUBTERRÁNEA 30 kV (1/2) | ||||||||||||
| TITULAR | SERVIDUMBRE SUBTERRÁNEA | |||||||||||
| Nº PARC. S/PROY. | DNI/CIF | REF. CAT. | POL. CAT. | PAR. CAT. | PARAJE | T.M. | SUP. CATASTRAL (m2) | USO S/CATASTRO | SERV. (ml) | SERV. OCUP. PERM.(m²) | SERV. PASO O ACCESO (m2) | SERV. TEMPORAL (m2) |
| 1LES | A11063161 | 11015A010000140000QB | 10 | 14 | LA VICTORIA | CHICLANA DE LA FRONTERA | 340.949 | LABOR O LABRADIO SECANO,IMPRODUCTIVO,MATORRAL | 10 | 6 | 28 | 64 |
| 2LES | B11575594 | 11015A010000120000QW | 10 | 12 | LA VICTORIA | CHICLANA DE LA FRONTERA | 2.380.696 | LABOR O LABRADIO SECANO,IMPRODUCTIVO,MATORRAL | 814 | 489 | 2.442,00 | 5.697,00 |
| 3LES | S4111001F | 11015A009090020000QF | 9 | 9002 | CAÑADA DE MARCHANTES | CHICLANA DE LA FRONTERA | 75.764 | IMPRODUCTIVO | 39 | 23 | 115 | 267 |
| 4LES | B11575594 | 11015A009003030000QD | 9 | 303 | DEHESA VICTORIA | CHICLANA DE LA FRONTERA | 4.983.198 | LABOR-TIERRA ARABLE,PASTIZAL,IMPRODUCTIVO,INST. EOLICAS,MATORRAL | 2.260,00 | 1.356,00 | 6.778,00 | 15.815,00 |
| RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS. LÍNEA DE EVACUACIÓN SUBTERRÁNEA 30 kV (2/2) | ||||||||||||||
| TITULAR | ARQUETAS | CAMARAS DE EMPALME | CAMINOS ACCESO | TOTAL SERVIDUMBRES | ||||||||||
| Nº PARC. S/PROY. | DNI/CIF | Ref. Cat. | UD. | Nº | SUP. OCUP. PERMANENTE (m2) | SERV. OCUP. TEMPORAL (m²) | UD. | Nº | SUP. OCUP. PERMANENTE (m2) | SERV. OCUP. TEMPORAL(m²) | SERV. OCUP. PASO (m²) | SERV. OCUP. PERMANENTE(m2) | SERV. DE PASO (m2) | SERV. OCUP. TEMPORAL (m2) |
| 1LES | A11063161 | 11015A010000140000QB | - | - | - | - | - | - | - | - | - | 6 | 28 | 64 |
| 2LES | B11575594 | 11015A010000120000QW | 4 | AR3,AR4,AR5,AR6 | 1,34 | 800 | 2 | C.E.1,C.E.2 | 42 | 600 | - | 533 | 2.468,00 | 5.758,00 |
| 3LES | S4111001F | 11015A009090020000QF | - | - | - | - | - | - | - | - | - | 23 | 115 | 267 |
| 4LES | B11575594 | 11015A009003030000QD | 15 | AR7,AR8,AR9,AR10,AR11,AR12,AR13,AR14,AR15,AR16,A17,AR18,AR19,AR20,ARQUETA TIPO A2 ENDESA | 6 | 3000 | 5 | C.E.3,C.E.4,C.E.5,C.E.6,C.E.7 | 105 | 1500 | 16.804,00 | 1.467,00 | 23.700,00 | 20.315,00 |
| RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS. SUBESTACIÓN 66/30 kV "LA CONCEPCIÓN" Y CENTRO DE SECCIONAMIENTO 66kV "LA CONCEPCIÓN" | ||||||||||||||
| TITULAR | SUBESTACIÓN | CAMINOS DE ACCESO | TOTAL SERVIDUMBRES | |||||||||||
| Nº PARC. S/PROY. | DNI/CIF | REF. CAT. | POL. CAT. | PAR. CAT. | PARAJE | T.M. | SUPERFICIE CATASTRAL PARCELA (m2) | USO S/CATASTRO | SERV. OCUP. PERM. (m²) | SERV. OCUP. TEMPORAL (m²) | SERV. OCUP. PERMANENTE Y PASO (m²) | SERV. TEMPORAL (m²) | SERV. OCUP. PERMANENTE Y PASO (m²) | SERV. OCUP. TEMPORAL (m²) |
| 1SE | B11575594 | 11015A009003030000QD | 9 | 303 | DEHESA VICTORIA | CHICLANA DE LA FRONTERA | 4.983.198 | LABOR-TIERRA ARABLE,PASTIZAL,IMPRODUCTIVO,INST. EOLICAS,MATORRAL | 6.187 | 7.895 | 2.621 | 6.503 | 8.808 | 14.398 |
| 2SE | B11575594 | 11015A009003440000QZ | 9 | 344 | DEHESA VICTORIA | CHICLANA DE LA FRONTERA | 4.474 | LABOR-TIERRA ARABLE | - | - | 189 | 458 | 189 | 458 |
| 3SE | P1101500E | 11015A009090140000QE | 9 | 9014 | HIJUELA | CHICLANA DE LA FRONTERA | 3.396 | IMPRODUCTIVO | - | - | 3.396 | 0 | 3.396 | 0 |
| 4SE | 31363375T | 11015A009002110000QI | 9 | 211 | LAS CAÑADILLAS | CHICLANA DE LA FRONTERA | 7.404 | VIÑA SECANO | - | - | 399 | 399 | 399 | 399 |
| RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS. LÍNEA DE EVACUACIÓN AÉREA 66 kV | |||||||||||||||
| TITULAR | SERV. DE VUELO | SERV. APOYOS | |||||||||||||
| Nº PARC. S/PROY. | DNI/CIF | REFERENCIA CATASTRAL | POL. CAT. | PAR. CAT. | PARAJE | T.M. | SUPERFICIE CATASTRAL PARCELA (m2) | USO S/CATASTRO | SERV. VUELO (m²) | SERV. SEGURIDAD (SERV. VUELO + 5M) (m²) | UD. | Nº APOYOS | SERV. OCUP. PERMANENTE (m²) | SERV. OCUP. TEMPORAL (m²) | SERV. PASO (m²) |
| 1LEA | B11575594 | 11015A009003030000QD | 9 | 303 | DEHESA VICTORIA | CHICLANA DE LA FRONTERA | 4.983.198 | LABOR-TIERRA ARABLE,PASTIZAL,IMPRODUCTIVO,INST. EOLICAS,MATORRAL | 630 | 1.829 | 2 | 1 y 2 | 45 | 4.050 | 598 |
| 2LEA | 32849978K | 11015A009002390000QX | 9 | 239 | LAS CAÑADILLAS | CHICLANA DE LA FRONTERA | 13.940 | TIERRAS ARABLES | 46 | 162 | - | - | - | - | 34 |
Cádiz, 20 de octubre de 2025.- La Delegada Territorial, Inmaculada Olivero Corral.