ANTECEDENTES DE HECHO
En esta Delegación Territorial se está tramitando la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública para instalación eléctrica de alta tensión en el que consta como:
Proyecto: Variante entre los apoyos n.º 6 y n.º 8 de la línea aérea 66 kV doble circuito entrada y salida S.E.T. Zumajo desde la línea aérea a 66 kV simple circuito Medina-Vejer.
Peticionario: EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES, S.L.U.
Domicilio: Avda. de la Borbolla, 5 - C.P. 41004 Sevilla (Sevilla).
Términos municipales afectados: Vejer de la Frontera (Cádiz).
Finalidad de la instalación: Evitar afección a línea existente.
Fecha de solicitud: 22 de septiembre de 2025.
Con fecha 10 de junio de 2026, el peticionario presenta escrito en el que comunica que ha llegado a acuerdos con todos los propietarios de las fincas objeto de la solicitud de declaración de utilidad pública, acompañando copia de dichos acuerdos. En el mismo escrito se desiste de la solicitud de declaración de utilidad pública.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimientos de declaración de utilidad pública en virtud de lo previsto en el artículo 49.1 a) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado por Decreto del Presidente 5/2025, de 15 de octubre; Decreto 158/2025, de 8 de octubre, por el que se modifica el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Industria, Energía y Minas; Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía; Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Segundo.- Asimismo, son de aplicación general al procedimiento la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Tercero.- Es de aplicación el artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No constan otros interesados en el expediente de declaración de utilidad publica más que el propio solicitante. Así mismo, esta Administración no considera que el procedimiento de declaración de utilidad pública requiera resolución en el fondo para su esclarecimiento y definición por lo que procede aceptar de plano el desistimiento y declarar concluso el procedimiento.
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Delegación Territorial, a propuesta del Servicio de Energía,
RESUELVE
Primero.- Declarar concluso el procedimiento de concesión de declaración de utilidad pública y aceptar de plano la solicitud de desistimiento de la solicitud de declaración de utilidad pública para la instalación eléctrica promovida por la entidad EDISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES, S.L.U., definida en el proyecto "Variante entre los apoyos n.º 6 y n.º 8 de la línea aérea a 66 kV doble circuito entrada y salida S.E.T. Zumajo desde la línea aérea a 66 kV simple circuito Medina-Vejer", en el término municipal de Vejer de la Frontera (Cádiz).
Segundo.- Ordenar el archivo del expediente AT-16187/25, en lo relativo al procedimiento de concesión de declaración de utilidad pública, manteniendo vigentes el procedimiento de solicitud de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción dentro del mismo expediente.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
Cádiz, 2 de julio de 2026.- La Delegada Territorial en Cádiz, María Inmaculada Olivero Corral.