Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por D. Ignacio Ruiz Abad mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2025/002986.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 29/09/2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 17/10/2025.
La Asamblea General celebrada el 11 de marzo de 2016 aprobó por unanimidad la modificación de los artículos 3, 7, 8, 10, 11, 19, 25, 28, 30, 33 y 39 de los estatutos de la asociación. El acta correspondiente fue firmada por D. Julio Gil, en calidad de Presidente, y por D. Ignacio Ruiz, como Secretario, mientras que la certificación de los acuerdos figura suscrita por D. Justo Sampayo, Presidente, y nuevamente por D. Ignacio Ruiz, Secretario.
Posteriormente, la Asamblea General celebrada el 10 de marzo de 2023 acordó también por unanimidad modificar los artículos 5, 6, 8, 10, 11, 17, 19, 20, 21, 22, 24 a 29, 32 y 35, así como suprimir el artículo 12, procediéndose a la renumeración correlativa de los artículos 13 a 43. En este caso, el acta fue firmada por D. Justo Sampayo, en su condición de Presidente, y por D. Ignacio Ruiz, como Secretario.
Finalmente, la Asamblea General celebrada el 23 de febrero de 2024 aprobó igualmente por unanimidad la modificación de los artículos 1, 4, 17 y 24. El acta fue nuevamente suscrita por D. Justo Sampayo y D. Ignacio Ruiz, en sus respectivas funciones de Presidente y Secretario.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 17 de octubre de 2025, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/801/2025, de 18 de julio) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.