Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada federación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de depósito fue formulada por Dª. Maria Teresa Esperabé Prieto mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2025/003305.
En el XIV Congreso, celebrado los días 7, 8 y 9 de mayo de 2025, se adoptó el acuerdo de modificar los artículos 1, 2, 3, 5, 6, 8, 9, 10, 11, 12, 16, 19, 21, 22, 24, 25, 26, 27, 28, 30, 31, 32, 33, 35, 36 y 37 de los estatutos de esta federación, así como de incorporar los nuevos artículos 10 bis, 22 bis y 38.
El certificado aparece suscrito por Dª. Maria Teresa Esperabé Prieto como Secretaria General de la FECCOO.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madid, 29 de octubre de 2025, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/801/2025, de 18 de julio) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.