Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia la constitución de la confederación empresarial denominada Alianza Eleva, en siglas ELEVA, con número de depósito 99106371.

Nº de Disposición: BOE-B-2025-28799|Boletín Oficial: 189|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2025-08-07|Órgano Emisor: Ministerio de Trabajo y Economía Social

Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada confederación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por D. Alfonso Carlos De La Lama-noriega Lorenzo mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2025/002091.

Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha 01/07/2025 la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 01/08/2025.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por D. Luis Manuel De Sancha Bech en representación de la Asociación de Empresarios de Carretillas Elevadoras, D. Mikel Ibarrondo Ortiz en representación de la Agrupación Empresarial Nacional de Alquiladores de Grúas de Servicio Público, D. Raúl Gomariz Pérez en representación de la Asociación Nacional Alquiladores Plataformas Aéreas de Trabajo y Dª. Gloria Gómez Embil en representación de la Asociación de Alquiler de Maquinarias y Equipos, todos ellos en calidad de promotores.

Se indica que el domicilio de la organización es el previsto en el artículo 7 de sus estatutos, su ámbito territorial es estatal y el funcional es el establecido en el artículo 4 de sus estatutos.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 1 de agosto de 2025, La Directora General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 502/2024, de 21 de mayo y Orden TES/801/2025, de 18 de julio) El Subdirector General de Relaciones Laborales. Por el Subdirector General de Relaciones Laborales, P.D. de firma (Resolución de 10 de julio de 2025), La Subdirectora Adjunta de Relaciones Laborales María del Mar Laguarda Moragues.