Es la Capacidad para
poder llevar a cabo en la práctica todo tipo de negocios jurídicos con eficacia valida.
La
capacidad de obrar no es igual para todos, porque esta depende de la edad de la persona, y también de la capacidad de autogobierno de las personas. La
capacidad de obrar es graduable.
La máxima
capacidad de obrar se adquiere a los 18 años. Hasta los 18 años:
- Recién nacido, hasta los 12 años: hay una
capacidad de obrar nula. La falta de
capacidad de obrar es suplida, sustituida por los representantes legales, ya sean padres o titulares de la
patria potestad (actúan por ellos y deciden por ellos).
- A partir de los 12 años, puede adquirir más
capacidad de obrar. El ordenamiento les permite hacer negocios sin
consentimiento de nadie. Ej. 14 años:
Testamento.
Hay otros actos en que los menores necesitaran el
consentimiento de sus representantes legales, que en este caso actúan asistiendo al menor. Ej. A los 16 años se te puede hacer un
contrato de trabajo pero con
consentimiento de tus padres.