Órganos de seguimiento y control de los fondos
De Conceptos JurÃdicos	
                                    
            
            Los Órganos de seguimiento y control de los fondos son los que ejercen el control de conformidad con la en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo. En el ámbito nacional son:
- El Servicio Público de Empleo Estatal.
 - Los órganos de las comunidades autónomas, respecto de la gestión transferida.
 - La Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
 - La Intervención General de la Administración del Estado.
 - El Tribunal de Cuentas.
 - En la medida en que los fondos estén cofinanciados por la Unión Europea, los órganos correspondientes de ésta, así como, en el ámbito estatal, los organismos designados como autoridades de gestión y autoridades pagadoras de los fondos estructurale
 
Conceptos relacionados con Órganos de seguimiento y control de los fondos
- 
		No existen conceptos relacionados	
 
            
 Llamar