Agentes de la intermediación
De Conceptos JurÃdicos
A efectos del Sistema Nacional de Empleo, la intermediación en el mercado de trabajo se realizará a través de:
- Los servicios públicos de empleo, por sí mismos o a través de las entidades que colaboren con los mismos.
- Las agencias de colocación, debidamente autorizadas.
- Aquellos otros servicios que reglamentariamente se determinen para los trabajadores en el exterior.
La figura de los Agentes de la intermediación está regulada en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.
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