Capacidad de obrar


De Conceptos Jurídicos
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Es la capacidad para poder llevar a cabo en la práctica todo tipo de negocios jurídicos con eficacia válida. La capacidad de obrar no es igual para todos, porque ésta depende de la edad de la persona física, y también de la capacidad de autogobierno de las personas. La máxima capacidad de obrar se adquiere a los 18 años, coincidiendo con la mayoría de edad en España. Mientras, hasta los 18 años se distingue entre los siguientres tramos:

Recién nacido y hasta los 12 años: hay una capacidad de obrar nula. La falta de capacidad de obrar es sustituida por los representantes legales, ya sean padres o titulares de la patria potestad (actúan por ellos y deciden por ellos).

A partir de los 12 años, puede adquirir más capacidad de obrar. El ordenamiento les permite hacer negocios sin consentimiento de nadie. Ejemplo, 14 años: Testamento.

Ver. capacidad de obrar Plena capacidad de obrar.

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Última modificación: 02 de julio de 2014