Funciones ministerio fiscal


De Conceptos Jurídicos
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Las funciones del Ministerio Fiscal en España se desprenden del artículo 124 de la Constitución Española y del artículo 541 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Dichas funciones se resumen en:

  • Promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad.
  • Promover la acción de la justicia en defensa de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por Ley, de oficio o a petición de los interesados.
  • Velar por la independencia de los Tribunales.
  • Procurar ante los Tribunales la satisfacción del interés social. 

Además, la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal establece en su artículo 3 otras funciones como, por ejemplo:

  • Velar por el respeto de las instituciones constitucionales y de los derechos fundamentales.
  • Ejercitar las acciones penales y civiles dimanantes de delitos y faltas u oponerse a las ejercitadas por otros, cuando proceda.
  • Velar por la protección procesal de las víctimas y por la protección de testigos y peritos.
  • Ejercer en materia de responsabilidad penal de menores las funciones que le encomiende la legislación específica, debiendo orientar su actuación a la satisfacción del interés superior del menor.
  • Prestar el auxilio judicial internacional previsto en las leyes, tratados y convenios internacionales.

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Última modificación: 02 de julio de 2014