Heredero unico y universal
De Conceptos JurÃdicos
Es heredero único y universal el que adquiere todos los derechos y obligaciones del causante (la persona que fallece). Por ejemplo, el artÃculo 937 del Código Civil establece que en el caso de que sobreviva uno solo de los padres, éste sucederá al hijo en toda su herencia. Doctrinalmente se dice que heredan a tÃtulo universal (de ahà el nombre) y ello se diferencia del legatario, que adquiere alguna cosa a tÃtulo particular.Â
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Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014