Plan de Acción Concertada

De Conceptos Jurídicos
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El Plan de Acción Concertada de España ha sido dictado por el (https://www.derecho.com/l/boe/real-decreto-ley-7-2008-medidas-urgentes-materia-economico-financiera-relacion-plan-accion-concertada-paises-zona-euro/ REAL Decreto-ley 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro)

Para hacer frente a los efectos de la crisis financiera internacional, los gobiernos europeos, y en particular el Gobierno español, han venido adoptando un conjunto de medidas excepcionales. En concreto, el Consejo de Ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea del día 7 de octubre asumió el compromiso de adoptar todas las medidas que fueran necesarias para preservar la estabilidad del sistema financiero, y acordó las líneas generales de actuación coordinada entre los Estados Miembros. Dichas medidas deben ajustarse a los principios de intervención oportuna y limitada en el tiempo, protección de los intereses de los contribuyentes y respeto a las reglas del Mercado Interior europeo. El objetivo último de estas orientaciones es permitir que los flujos de crédito puedan llegar con normalidad a familias y empresas, de forma que las decisiones de consumo, ahorro e inversión puedan tener lugar en un entorno adecuado.

Para poder ver el (https://www.derecho.com/l/boe/real-decreto-ley-7-2008-medidas-urgentes-materia-economico-financiera-relacion-plan-accion-concertada-paises-zona-euro/ plan de acción concertada)

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