Promesa cierta de matrimonio


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La promesa cierta de matrimonio se regula en el art. 43 de La Ley del matrimonio en el Código civil y establece que la promesa de matrimonio solo produce la obligación de resarcir a la otra parte los gastos realizados en consideración del matrimonio que se había prometido.

La promesa de matrimonio no produce obligación de contraerlo.

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Última modificación: 09 de febrero de 2015