Retención

De Conceptos Jurídicos
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Tributariamente, la rentención es aquella parte del pago que se deduce sobre los rendimientos del trabajo. Para su cálculo se tomará la cuantía de las retribuciones que se pagan, el tipo porcentual (%) de retención que corresponda.

Existen diferentes tipos de retenciones en función del tipo de rentas que se generen:

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Casos Prácticos:

Pagos por actividad profesionales: Retención del 15%

Transmisión de participaciones, acciones, etc.: Retención del 19% desde el 1/1/2010

Ingreso de alquileres urbanos: Retención del 19%

Pagos a administradores o miembros de los consejos de administración: Porcentaje del 35%

Pagos por formación, cursos, conferencias, coloquios, seminarios, generados por el pago de derechos de autor como escribir libros, etc.: Porcentaje de retención del 15%

Rendimientos del capital mobiliario, acciones, participaciones, dividendos: Porcentaje de retención del 19%.

Pagos por actividades agrícolas y ganaderas: Retención del 2%. Actividades de engorde de porcino y avicultura 1%

Actividades forestales, la retención será el resultado de aplicar el porcentaje del 2% al ingreso íntegro, con excepción de las subvenciones corrientes y de capital y de las indemnizaciones.

Cuando el cálculo de los ingresos se realiza en estimación objetiva: Retención del 1%.

Cuando el ingreso sea derivado de un premios en metálico: Retención del 19%

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