Anuncio de la Autoridad Portuaria de Santander, por el que se somete a información pública la solicitud presentada por Cantabriasil, S.A., de modificación de la concesión otorgada por acuerdo del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Santander, de fecha 27 de febrero de 2008, y modificada por acuerdo de fecha 14 de marzo de 2023.

Nº de Disposición: BOE-B-2024-15589|Boletín Oficial: 104|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-04-29|Órgano Emisor: Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible

La Autoridad Portuaria de Santander tramita un procedimiento administrativo para la modificación sustancial de una concesión sobre dominio público portuario, de conformidad con lo establecido en el artículo 88.2 y en los apartados 2 y siguientes del artículo 85 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Este procedimiento administrativo se inició a instancias de la sociedad Cantabriasil, S.A., con la finalidad de obtener modificación del objeto de la concesión de la que es titular, para que el mismo sea: la construcción y explotación de una rampa ro-ro y una nave de unos 12.000 m², destinada a almacenamiento de productos forestales, así como mercancía general limpia, y realizar actividad de almacenamiento, consolidación-desconsolidación, cross docking, incluyendo a aquellas mercancías que precisen de un entorno de temperatura controlada, y procesos de picking-packing de mercancía general susceptible de ser transportada en remolque, mafi, cassete y contenedor o paletizada y/o manejable con carretilla elevadora.

De conformidad con lo establecido en el artículo 85.3 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, se publica el presente anuncio para que, en el plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, las Corporaciones, Entidades y particulares que se crean afectados por tal petición, puedan examinar el expediente de que se trata en estas oficinas, sitas en Santander, Muelle de Maliaño, sin número, durante las horas hábiles de despacho de 9:00 a 14:00 horas de lunes a viernes y presentar en ellas cuantas alegaciones estimen pertinentes relativas a dicha petición.

La presente resolución, al constituir un simple acto de trámite, no es susceptible de recurso alguno, de conformidad con el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santander, 19 de abril de 2024.- El Presidente,, César Díaz Maza.