Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., de competencia de proyectos de la modificación de características de la concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas para mantenimiento del ecosistema y piscina fluvial en el paraje Caño Molino Melgar (otros usos de carácter público), en el término municipal de Santa Croya de Tera (Zamora).

Nº de Disposición: BOE-B-2024-14138|Boletín Oficial: 95|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-04-18|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Se ha presentado en este Organismo la siguiente petición de concesión de un aprovechamiento de aguas superficiales de referencia: C-0482/2022 (INTEGRA-AYE) Zamora.

Peticionario: Ayuntamiento de Santa Croya de Tera (P4922400I)

Destino del aprovechamiento: Mantenimiento del ecosistema y piscina fluvial en el paraje Caño Molino Melgar (otros usos de carácter público)

Caudal de agua solicitado: 70 l/s

Corriente de donde se han de derivar las aguas: río Tera (DU-1800013)

Término municipal donde radican las obras: Santa Croya de Tera (Zamora)

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, se abre un plazo de UN MES a contar desde la publicación de esta nota en el Boletín Oficial del Estado.

Durante este plazo, el peticionario presentará su petición, admitiéndose también otras peticiones que tengan el mismo objeto o sean incompatibles con aquella, en las condiciones y con la documentación prevista con carácter general y para los supuestos que se establecen en el artículo 106 del citado Reglamento. La presentación mediante instancia, se hará ante esta Confederación Hidrográfica del Duero, C/ Muro, 5 de Valladolid, o ante cualquier registro administrativo (de conformidad con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Se denegará la tramitación posterior de toda petición presentada que suponga una utilización de caudal superior al doble del que figure en la petición inicial sin perjuicio de que el peticionario que pretenda solicitar un caudal superior al límite fijado pueda acogerse a la tramitación indicada en el apartado 3 del artículo 105 antes citado.

La apertura de los documentos técnicos, a que se refiere el artículo 107 del mismo Reglamento, se realizará a las trece horas del séptimo día hábil tras la conclusión del plazo de presentación de peticiones. Se levantará acta del resultado, que deberán firmar los interesados presentes.

Valladolid, 12 de abril de 2024.- El Jefe de Servicio de Aguas Subterráneas, José Ignacio Santillán Ibáñez.