Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. de información pública del expediente de extinción del aprovechamiento de 0,63 l/s de agua procedente de un pozo sito en la finca Alto da Bubela, en Tellado, parroquia San Pedro de Romeán, término municipal de Lugo (Lugo)para usos domésticos, ganaderos, culto de la iglesia, piscina y riego. A/27/10897/E.

Nº de Disposición: BOE-B-2024-14100|Boletín Oficial: 95|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-04-18|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

De conformidad con lo establecido en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, modificado por el Real Decreto 665/2023, de 18 de julio de 2023, se somete a información pública, por un plazo de UN (1) MES, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual podrá comparecer por escrito cualquier persona, incluido el titular del derecho, que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, en el Ayuntamiento de Lugo o en la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. (Comisaría de Aguas, Rúa Progreso, 6, 32005, Ourense) o ante el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Expediente: A/27/10897/E

Asunto: Extinción del derecho al aprovechamiento de aguas

Titular: Comunidad de Usuarios del agua del pozo de la finca Alto da Bubela

Nombre del río o corriente: Un pozo

Caudal concedido: 0,63 l/s

Punto localización: Finca Alto da Bubela, en Tellado, parroquia San Pedro de Romeán

Término municipal y provincia: Lugo, Lugo

Destino: Uso doméstico, ganadero, culto de la iglesia, piscina y riego

Título: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Norte

Fecha: 27 de marzo de 2003

Registro de Aguas: 12738, Sección A, en el Tomo 0128, hoja número 039

Breve descripción: Extinción del derecho del aprovechamiento de aguas incoado de oficio por este Organismo de cuenca por transcurso del plazo de la concesión, en virtud de lo dispuesto en el artículo 164 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico. No constan servidumbres

Ourense, 15 de abril de 2024.- El Comisario Adjunto, Alberto de Anta Montero.