Anuncio de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por el que se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado «Parque Eólico Carricondo» en el término municipal de Caniles (Granada). Expediente E-4472; 11097/AT.

Nº de Disposición: BOE-B-2024-14518|Boletín Oficial: 97|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-04-20|Órgano Emisor: Comunidad Autónoma de Andalucía

Expediente E-4472; 11097/AT.

De conformidad con lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la solicitud de declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de referencia, cuyas características principales se señalan a continuación:

a) Peticionario: Parque Eólico Carricondo, S.L.U., con CIF: B87997649 y dirección en Paseo de la Castellana n.º 259-D, 14ª planta de Madrid.

b) Objeto de la petición: declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación denominada «Parque Eólico Carricondo» en el término municipal de Caniles (Granada).

c) Emplazamiento: el Parque se localiza en el este del término municipal de Caniles, ocupando la zona norte el paraje de "Llano de las Tenadas", la zona media el paraje de "Pedregales" y la zona sur el paraje de "La Cueva del Muerto". Los aerogeneradores se situarán, la mayor parte de ellos, en zonas elevadas cuyos terrenos están dedicados al cultivo de cereales o almendros.

d) Características: el parque estará formado por ocho aerogeneradores de 5,9 MW de potencia nominal, con un diámetro de rotor de 163 metros, 108 metros de altura de buje y una altura total a punta de pala de 189,5 metros. Los aerogeneradores se sitúan a una altitud entre 1.017,50 y 1.042,30 metros, con una separación entre aerogeneradores de 2,5-3 diámetros de rotor en la dirección perpendicular al viento dominante. Los aerogeneradores se conectarán individualmente a los respectivos centros de transformación ubicados en el interior del aerogenerador, de 0,75/30 kV y 6.350 kVA de potencia en el caso del aerogenerador previsto. Los centros de transformación de cada aerogenerador estarán conectados entre sí mediante líneas eléctricas subterráneas de 30 kV. Se dispondrá una Red de Tierras General, de manera que toda la infraestructura eléctrica forme un conjunto equipotencial y un Sistema de Control de la planta. La instalación se completará con los necesarios elementos de infraestructura (viales, cimentaciones, canalizaciones, etc.) y electromecánicos (estación anemométrica, red de tierras, sistemas de seguridad, contraincendios, etc.).

e) Finalidad: producción de energía de origen eólico.

La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha Ley.

Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.

Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

A estos efectos, en el anexo adjunto, se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto de 26 de abril de 1957, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación forzosa.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde podrá accederse a la documentación presentada para su examen. Dicha documentación estará disponible en el enlace de acceso público que se cita a continuación: http://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html

Asimismo, el acceso presencial al expediente podrá solicitarse únicamente por aquellos sujetos que no están obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, en el mismo plazo de treinta días indicado, en las dependencias del Servicio de Energía de esta Delegación Territorial, sito en la Avenida Joaquina Eguaras número 2, planta 5ª, de Granada. Para ello, será necesario cita, que podrá obtenerse contactando en el teléfono 955 012 012 o a través de la dirección de correo electrónico: buzonweb.sac.cpie@juntadeandalucia.es. No obstante, los planos parcelarios afectados por el proyecto podrán ser igualmente consultados en el Ayuntamiento correspondiente.

La presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El Delegado Territorial Fdo.: Gumersindo Fernández Casas

ANEXO: Relación de bienes y derechos afectados por la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado

«Parque Eólico Carricondo» en el término municipal de Caniles (Granada). Expediente E-4472; 11097/AT.

Vial Sp: Servidumbre De Paso; Vial O.D: Acondicionamiento Del Vial + Ocupación De P.D.; Linea Subt_Pd: Servidumbre De Paso De Línea Eléctrica; Superficie Torre: Cimentación + Plataforma Torre Meteo; Ocupación Temporal: Acopio + Servidumbre Línea

Nº De Orden

Municipio

Pol.

Par.

Ref. Catastral

Superficie Catastral

Uso

Ciment

Plataf

Serv

Vial

Vial

Línea

Superfie Torre

Ocupación Temporal

Titulares

(M2)

Aero

Aero

Aero

Vuelo

SP

O.D

SUBT_PD

(M2)

Nombre y Apellidos

(M2)

(M2)

(M2)

(M2)

(M2)

(M2)

(M2)

1

Caniles

8

53

18040A00800053

142.766,00

Labor o Labradío secano

CA-09

430

532

13.026

303

61

0

1.982

Angel Rosendo Azor Azor

Melitona Rubio Azor

2

Caniles

8

57

18040A00800057

111.518,00

Labor o Labradío secano, Pastos

CA-09

158

5.296

81

4089

0

4.077

Angel Rosendo Azor Azor

Melitona Rubio Azor

3

Caniles

8

58

18040A00800058

49.028,00

Labor o Labradío secano

628

0

0

Angel Rosendo Azor Azor

Melitona Rubio Azor

4

Caniles

8

59

18040A00800059

48.452,00

Labor o Labradío secano

CA-09

55

0

250

0

1.206

Angel Rosendo Azor Azor

Melitona Rubio Azor

9

Caniles

8

67

18040A00800067

33.141,00

Labor o Labradío secano

CA-08

272

6.033

636

84

0

2.893

Francisca Azor Rodríguez

10

Caniles

8

68

18040A00800068

34.497,00

Labor o Labradío secano

CA-08

430

442

7.327

315

349

0

3.431

María Manuela Sola Azor

11

Caniles

8

69

18040A00800069

130.879,00

Almendro secano

CA-08

5.109

0

0

0

Enrique Martínez Azor

Antonio Martínez Azor

12

Caniles

8

70

18040A00800070

136.104,00

Labor o Labradío secano, Edificaciones agrarias

398

3234

0

0

Jose Azor Jiménez

Julia Mesas Rodríguez

13

Caniles

8

71

18040A00800071

13.589,00

Labor o Labradío secano

759

182

0

0

Jose Azor Jiménez

Julia Mesas Rodríguez

14

Caniles

8

72

18040A00800072

2.910,00

Almendro secano

11

71

0

0

Enrique Martínez Azor

Antonio Martínez Azor

15

Caniles

8

73

18040A00800073

14.451,00

Almendro secano

678

514

0

0

Enrique Martínez Azor

Antonio Martínez Azor

16

Caniles

8

74

18040A00800074

22.860,00

Labor o Labradío secano

1.580

3297

0

801

Manuel Rodríguez Pérez

Emilia Engracia Rodríguez Gallardo

17

Caniles

8

75

18040A00800075

3.023,00

Labor o Labradío secano

334

0

0

Juan Martínez Pérez

18

Caniles

8

76

18040A00800076

4.564,00

Labor o Labradío secano

216

0

0

Elena Pérez Rubio

19

Caniles

8

77

18040A00800077

5.961,00

Labor o Labradío secano

183

158

0

764

Pedro Pérez Castaño

20

Caniles

8

78

18040A00800078

17.634,00

Almendro secano

390

141

0

512

Isabel Angulo Angulo

José María Azor García

23

Caniles

8

84

18040A00800084

67.786,00

Labor o Labradío secano

CA-06

33

819

234

0

844

Antonio Gallardo Azor

Enrique Romualdo Gallardo Azor

24

Caniles

8

85

18040A00800085

19.682,00

Labor o Labradío secano

CA-06

88

142

9.238

527

147

0

1.523

Remedios Gallardo López

26

Caniles

8

87

18040A00800087

55.265,00

Labor o Labradío secano

0

0

363

Margarita Fernández Martínez

28

Caniles

8

131

18040A00800131

2.813,00

Labor o Labradío secano

37

0

0

Remedios Gallardo López

30

Caniles

8

134

18040A00800134

61.963,00

Labor o Labradío secano

CA-05

346

519

0

585

Antonio Gallardo Azor

Enrique Romualdo Gallardo Azor

31

Caniles

8

135

18040A00800135

25.516,00

Almendro secano

49

0

0

Antonio Gallardo Azor

Enrique Romualdo Gallardo Azor

32

Caniles

8

136

18040A00800136

70.787,00

Almendro secano

137

0

0

Isabel Angulo Angulo

José María Azor García

33

Caniles

8

137

18040A00800137

11.222,00

Labor o Labradío secano

71

0

0

Pedro Pérez Castaño

34

Caniles

8

140

18040A00800140

16.678,00

Labor o Labradío secano

88

0

0

Elena Pérez Rubio

35

Caniles

8

141

18040A00800141

51.110,00

Labor o Labradío secano

441

78

0

0

Juan Martínez Pérez

36

Caniles

8

143

18040A00800143

196.581,00

Labor o Labradío

secano, Pastos

66

272

0

0

Genoveva Azor García

37

Caniles

8

144

18040A00800144

66

Labor o Labradío secano

28

38

0

0

Manuel Rodríguez Pérez

Emilia Engracia Rodríguez Gallardo

40

Caniles

8

151

18040A00800151

31.192,00

Labor o Labradío secano

272

752

47

0

36

Jose Sánchez Sánchez

45

Caniles

8

160

18040A00800160

6.115,00

Labor o Labradío secano

CA-03

901

0

0

20

Corpus Pérez Azor

46

Caniles

8

161

18040A00800161

9.496,00

Labor o Labradío secano

CA-03

4.968

0

19

0

119

Corpus Pérez Azor

49

Caniles

8

164

18040A00800164

2.042,00

Labor o Labradío secano

0

97

0

347

Antonio Jesús Bonachela Llorente

50

Caniles

8

166

18040A00800166

24.672,00

Labor o Labradío secano

584

1075

139

0

386

Adrián Castaño Castaño

Maravillas Ortigosa Castaño

51

Caniles

8

167

18040A00800167

25.571,00

Labor o Labradío secano

581

3953

56

0

81

Adrián Castaño Castaño

Maravillas Ortigosa Castaño

52

Caniles

8

171

18040A00800171

6.272,00

Labor o Labradío secano

0

58

0

206

Antonio Jesus Bonachela Lorente Francisco Bonachela Lorente

53

Caniles

8

172

18040A00800172

10.420,00

Viñedos regadío

0

61

0

143

Juan Jiménez García

61

Caniles

8

181

18040A00800181

13.066,00

Labor o Labradío secano

0

0

11

Antonio Jesus Bonachela Lorente Francisco Bonachela Lorente

64

Caniles

8

215

18040A00800215

4.376,00

Labor o Labradío secano

366

917

0

0

Genoveva Azor García

72

Caniles

9

28

18040A00900028

78.520,00

Labor o Labradío secano

328

0

0

Angel Rosendo Azor Azor

Melitona Rubio Azor

73

Caniles

9

30

18040A00900030

37.555,00

Labor o Labradío secano

197

0

0

Melitona García Azor

74

Caniles

9

32

18040A00900032

64.768,00

Almendro regadío, Labor o Labradío secano, Espartizal o atochar

172

0

0

Isabel García Campoy

75

Caniles

9

33

18040A00900033

48.205,00

Pastos, Labor o Labradío secano, Espartizal o atochar

698

0

0

Dionisio Azor García

79

Caniles

10

54

18040A01000054

83.447,00

Labor o Labradío secano

602

0

0

Florencio Mesas Rodríguez

80

Caniles

10

55

18040A01000055

82.157,00

Labor o Labradío secano

125

1759

0

0

Juana Encarnación Mesas Pérez

81

Caniles

10

56

18040A01000056

41.407,00

Labor o Labradío secano

59

0

0

Florencio Mesas Rodríguez

83

Caniles

11

1

18040A01100001

4.889,00

Labor o Labradío secano

521

559

65

0

101

Herederos de Antonio Mesas Pérez

84

Caniles

11

2

18040A01100002

15.592,00

Labor o Labradío secano

124

703

233

0

980

Herederos de Antonio Mesas Pérez

85

Caniles

11

3

18040A01100003

16.356,00

Labor o Labradío secano

0

80

0

271

Bienvenido Egea Jaén

86

Caniles

11

4

18040A01100004

39.154,00

Labor o Labradío secano

505

137

0

551

Juana María Mesas Benítez

88

Caniles

11

17

18040A01100017

297.684,00

Labor o Labradío secano

395

1401

559

0

1.706

Juan Jiménez García S.A.

91

Caniles

11

80

18040A01100080

17.503,00

Labor o Labradío secano

6

135

105

0

367

Remedios Corral Pérez

92

Caniles

11

81

18040A01100081

34.880,00

Labor o Labradío secano

120

857

248

0

750

Manuel Pérez Pérez

93

Caniles

11

82

18040A01100082

11.305,00

Labor o Labradío secano

99

0

0

Francisco Castaño

94

Caniles

11

85

18040A01100085

37.737,00

Labor o Labradío secano

75

27

0

0

Remedios Castaño Cano

95

Caniles

11

86

18040A01100086

37.020,00

Labor o Labradío secano

308

295

27

0

0

Maravillas Castano Pérez

99

Caniles

11

129

18040A01100129

4.150,00

Labor o Labradío secano

489

228

54

0

0

Jesús Pérez Castano

109

Caniles

12

102

18040A01200102

19.343,00

Almendro regadío

710

1176

0

825

José Membrive Navarro

111

Caniles

12

106

18040A01200106

62.852,00

Labor o Labradío secano

306

0

0

José Azor Jiménez

Julia Mesas Rodríguez

Granada, 15 de abril de 2024.- El Delegado Territorial, Gumersindo Fernández Casas.