Anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria de información pública respecto a la solicitud de modificación de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto actualizado para el parque Eólico Bustatur de 41,6 MW y su infraestructura de evacuación, situado en los términos municipales de Las Rozas de Valdearroyo, en Cantabria, y Arija y Valle de Valdebezana, en Burgos, promovido por la empresa Green Capital Power, S.L.

Nº de Disposición: BOE-B-2024-14917|Boletín Oficial: 100|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-04-24|Órgano Emisor: Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

Por resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, se formuló Declaración de Impacto Ambiental para el proyecto «Parque eólico Bustatur y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Las Rozas de Valdearroyo (Cantabria), Alfoz de Santa Gadea y Valle de Valdebezana (Burgos)», estableciendo una serie de condicionados ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultaron de la evaluación ambiental practicada.

Posteriormente, mediante Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, de 6 de julio de 2023 («Boletín Oficial del Estado» núm. 172, de 20 de julio de 2023), se otorgó a Green Capital Power, S.L. autorización administrativa previa para el parque eólico Bustatur, de 41,6 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de Las Rozas de Valdearroyo (Cantabria) y de Alfoz de Santa Gadea y Valle de Valdebezana (Burgos).

Con el fin de atender a los requerimientos y condicionantes recogidos en la citada Declaración de Impacto Ambiental, y a otros efectuados por administraciones y organismos afectados durante la fase de tramitación que ha concluido en las resoluciones arriba indicadas, el promotor ha presentado diversas modificaciones en los términos expuestos más adelante. En este sentido, y dada la naturaleza de alguna de las modificaciones planteadas, se hace necesario obtener su autorización administrativa previa, conforme lo señalado en el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Por consiguiente, a los efectos de lo previsto en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, así como en el artículo 125 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la solicitud de modificación de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto actualizado para el parque Eólico Bustatur de 41,6 MW y su infraestructura de evacuación, cuyas características que se detalla a continuación:

Expediente nº: PEol-241

Peticionario: Green Capital Power, S.L., con C.I.F. B85945475 y domicilio social a efectos de notificaciones en Paseo Club Deportivo, 1, Edificio 13, Código Postal 28223, Pozuelo de Alarcón (Madrid).

Objeto de la petición: Autorización administrativa previa de las modificaciones y autorización administrativa de construcción del proyecto actualizado de una instalación de producción de energía eólica de 41,6 MW de potencia, denominada parque eólico Bustatur, así como sus infraestructuras de evacuación.

Principales modificaciones introducidas:

- En cumplimiento del condicionado recogido en la declaración de impacto ambiental, se eliminan los aerogeneradores BUS-02, BUS-03, BUS-08, BUS-11, BUS-13, BUS-14 y BUS-15, y se ha procedido a la reubicación de los aerogeneradores BUS-01 y BUS-12, manteniéndose dentro de la poligonal.

- Se modifica el sistema de evacuación de la energía producida en el parque, sustituyendo la subestación SET Bustatur 30/132 kV y la línea de evacuación en aéreo a 132 kV, por un edificio de control en el mismo parque - reubicado hacia la pista, conforme a la declaración de impacto ambiental – y una línea mixta aéreo-subterránea a 30 kV hasta la SET Colectora Virtus 30/400 KV.

- La línea de evacuación a 30 kV desde la salida del edificio de control se plantea de forma soterrada por caminos existentes hasta el apoyo AP1, a la altura del Puente del Tren de la Robla (Arija), donde se procede a su conversión de subterráneo a aéreo a través de dos apoyos para cruzar el Embalse del Ebro. Una vez realizado este cruce, la línea vuelve a discurrir soterrada por viales existentes, hasta el apoyo AP3, en las proximidades de la localidad de Cabañas de Virtus donde se procede a su conversión subterránea-aérea hasta la SET Colectora Virtus 30/ 400 KV.

- Respecto al emplazamiento de la SET Colectora Virtus 30/400 kV se procede a su reubicación unos 250m al sur, manteniéndose la misma zona afectada, la línea de evacuación permanece en aéreo desde la SET Colectora Virtus 30/400 KV hasta SET Virtus 400 kV, con una longitud total de 0.443 km.

- Se disminuye la potencia instalada hasta los 41,6 MW.

- Se atiende a todos los condicionantes establecidos en la resolución de 15 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula la Declaración de Impacto Ambiental del Parque Eólico Bustatur y publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 309, de 26 de diciembre de 2022, conforme se acredita mediante declaración responsable emitida por parte del promotor con fecha 5 de abril de 2024.

La instalación estará configurada, por una parte, por los aerogeneradores del parque y sus líneas subterráneas a 30 kV hasta edificio de control del "PE Bustatur".

Por otra parte, por un conjunto de infraestructuras energéticas que van a transportar la energía producida hasta la actual red nacional, en concreto:

El citado edificio de control a 30 kV "PE Bustatur", en el que se recoge la energía generada por el parque para su correspondiente evacuación.

Línea mixta aéreo-subterránea de transporte a 30 kV "PE Bustatur – SET Colectora Virtus", que unirá el edificio de control PE Bustatur con la subestación colectora "SET Colectora Virtus 30 kV/400 kV".

SET Colectora Virtus, que concentrará la energía eólica generada en Bustatur junto con la de otros parques proyectados en la zona, elevando la tensión a 400 kV.

Línea de enlace a 400 kV que unirá la SET Colectora Virtus con la existente subestación de Virtus a 400 kV, propiedad de REE, punto de conexión con la red nacional de transporte de energía eléctrica.

Términos municipales afectados: Las Rozas de Valdearroyo, en la provincia de Cantabria, y Arija y Valle de Valdebezana, en la provincia de Burgos.

Características generales de la instalación de generación

Emplazamiento y configuración: El área de implantación del parque eólico Bustatur se localiza en un cordal situado entre las poblaciones cántabras de La Aguilera, las Rozas y Bustasur, en el entorno de los parajes conocidos como Las Quemadas, Las Penías, Los Arroyucos y La Brena - entre otros -, afectando al término municipal de Las Rozas de Valdearroyo, y tras la modificación incorporada en el proyecto de ejecución estará configurado por 8 aerogeneradores cuya posición en coordenadas UTM - ETRS89, Huso 30 N - se indican a continuación:

Aerogenerador

Posición

X (UTM)

Y (UTM)

BUS-01

416312

4757132

BUS-04

416714

4757148

BUS-05

416964

4756839

BUS-06

417355

4756929

BUS-07

417737

4757046

BUS-09

418439

4757429

BUS-10

418786

4757628

BUS-12

418046

4757015

Número de aerogeneradores: 8

Tipo Aerogenerador: 145-5,2 MW

Potencia unitaria: 5.200 KW

Potencia total instalada: 41,6 MW

Diámetro del rotor: 145 metros

Altura de torre: 90 metros

Altura del aerogenerador a punta de pala: 162,5 metros

Dentro de la torre de cada aerogenerador se instalará un centro de transformación que elevará el voltaje de la energía producida en baja tensión hasta los 30 kV para su transporte en subterráneo hacia el edificio de control del parque, edificio de control a 30 kV "PE Bustatur". Además, el parque constará de una red de comunicaciones y una torre meteorológica.

Características básicas del edificio de control del parque. Edificio de control a 30 kV "PE Bustatur"

Ubicado cerca de la zona conocida como "Cabañas de Tomasuco", al sur de la población de Las Rozas, en esta infraestructura se recoge en 30 kV la energía producida por el parque para su evacuación hasta la subestación colectora Virtus mediante la línea "PE Bustatur – SET Colectora Virtus".

En total va a disponer de cuatro posiciones de línea a 30 kV, una posición de transformador de servicios auxiliares, una posición de medida de tensión en barras y una posición de batería de condensadores (reserva).

Características básicas de la línea de transporte a 30 kV "PE Bustatur – SET Colectora Virtus"

Esta línea mixta aéreo-subterránea evacúa la energía generada por el parque transportándola hasta la subestación colectora "SET Colectora Virtus", donde se concentrará con la energía generada por otros parques proyectados en la zona antes de su definitiva evacuación hasta la red nacional de transporte de energía eléctrica.

Su diseño contempla una primera parte subterránea (LSAT 30 kV), de 8,04 km de longitud, que discurre por viales existentes de los municipios de Las Rozas de Valdearroyo, en Cantabria, y Arija (Burgos), hasta el apoyo de paso subterráneo-aéreo AP1, y está configurada con tres circuitos por conductor y un conductor por fase tipo AL-800 mm2 HEPR y conexión Cross bonding.

Un primer tramo aéreo (LMAT 30 kV), de 0,27 km de longitud, entre los apoyos de paso aéreo-subterráneo AP1 y AP2, que servirá para cruzar la cola del embalse del Ebro y va a discurrir junto al Puente del Tren de la Robla, en el término municipal de Arija, estando configurado por tres circuitos y un conductor por fase ACSR LA-380.

Una segunda parte subterránea (LSAT 30 kV), de 10,75 km de longitud, por viales existentes, desde el apoyo aéreo-subterráneo AP2, que va a discurrir por los términos municipales de Arija y Valle de Valdebezana (Burgos), y está configurada con tres circuitos y un conductor por fase tipo AL-800 mm2 HEPR y conexión Cross bonding.

Y una segunda parte aérea (LMAT 30 kV), con tres circuitos y un conductor por fase sobre apoyos metálicos de celosía – 10 apoyos en total -, con una longitud aproximada de 1,21 kilómetros que discurre por el término municipal de Valle de Valdebezana, en Burgos.

Características básicas de la subestación colectora "SET Colectora Virtus"

Esta subestación se localiza próxima a la población de Virtus, en el término municipal del Valle de Valdebezana, en Burgos, y va a concentrar la energía evacuada desde la subestación "PE Bustatur" junto con la producida por otros parques eólicos proyectados en la zona, elevando la tensión a 400 kV para su transporte a la existente subestación de Virtus mediante la línea de enlace a 400 kV.

Inicialmente va a disponer de dos posiciones de línea – a 30 kV y a 400 kV - así como una posición de transformación – 30/400 kV - con tecnología convencional, no obstante, la explanada donde se localiza está dimensionada para realizar posibles ampliaciones en función de las futuras necesidades de evacuación de la zona.

Características básicas de la línea de enlace a 400 kV "SET Colectora Virtus - SET Virtus a 400 kV"

Esta línea aérea de 400 kV transporta la energía concentrada en la subestación colectora hasta el punto de conexión con la red nacional de transporte de energía eléctrica, situado en la existente subestación de Virtus a 400 kV y cuyo titular es REE. Consta de un simple circuito y su trazado tiene una longitud aproximada de 440 metros – 3 apoyos - que van a discurrir por el término municipal del Valle de Valdebezana, en Burgos.

Presupuesto:

El presupuesto asciende a 48.531.092,96 euros (CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVENTA Y DOS euros con NOVENTA Y SEIS céntimos de euro)

Lo que se hace público para conocimiento general y para que cuantos interesados lo deseen puedan presentar por escrito, en el Registro General de esta Delegación del Gobierno en Cantabria o en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días a partir del siguiente a su publicación, significando que, a estos efectos, pueden consultar el proyecto de la instalación en la siguiente sede electrónica:

https://mpt.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/cantabria/proyecto-ci/informacion-publica

Así mismo, podrán consultar esta información de manera presencial en nuestras oficinas de Santander, calle Calvo Sotelo nº 25, primera planta, solicitando la correspondiente cita al teléfono 942 99 90 50, o bien en la Subdelegación del Gobierno en Burgos, sita en la calle Vitoria 34, 09004 Burgos, de lunes a viernes y en horario de 9 a 13:00 horas.

Santander, 16 de abril de 2024.- Director del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Cantabria, Alfredo Diego Granado.