Extracto de la Resolución de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de Otros Programas Formativos, adaptados a colectivos con necesidades específicas en las ciudades de Ceuta y Melilla para el ejercicio 2024.

Nº de Disposición: BOE-B-2024-14198|Boletín Oficial: 96|Fecha Disposición: |Fecha Publicación: 2024-04-19|Órgano Emisor: Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes

BDNS(Identif.):755015

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/755015)

Primero. Objeto de la subvención

Subvenciones para el desarrollo de otros programas formativos de formación profesional vinculados al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, destinados a colectivos con necesidades específicas, de los referidos en el artículo 73 de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.

Segundo. Beneficiarios

Las organizaciones sindicales y asociaciones privadas sin fines de lucro, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Dichas entidades deben tener ámbito de actuación en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Tercero. Bases reguladoras

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, BOE de 12 de mayo, de bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Cuantía

Importe máximo 1.250.000,00 euros. El número máximo de programas formativos específicos que se pueden implantar en cada ciudad autónoma no superará la cuantía económica de 625.000,00 euros.

Los programas formativos específicos que se implanten por primera vez recibirán 62.500,00 euros.

Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias anteriores e introduzcan nuevos módulos profesionales del título de formación profesional básica asociados a nuevas unidades de competencia, a partir del programa presentado en convocatorias anteriores, recibirán 50.000,00 euros.

Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias anteriores o introduzcan en la oferta módulos profesionales de un título de Formación Profesional Básica no incluidos con anterioridad y asociados a los bloques comunes de Comunicación y Sociedad y/o de Ciencias Aplicadas, recibirán 37.500,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Diez días hábiles, comenzando a las 0:00 horas del día siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y finalizando a las 23:59 horas del último día del plazo.

Sexto. Otros datos

Estas ayudas quedan exoneradas de la constitución del régimen general de garantías de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.2.d) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Madrid, 16 de abril de 2024.- Clara Sanz López Secretaria General de Formación Profesional P.D. Orden EFP/43/2021, de 21 de enero (BOE del 26).