Resolución de 12 de abril de 2024, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la actualización de la Carta de servicios del Museo Geominero.

Nº de Disposición: BOE-A-2024-8167|Boletín Oficial: 99|Fecha Disposición: 2024-04-12|Fecha Publicación: 2024-04-23|Órgano Emisor: Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, las cartas de servicios son documentos que constituyen el instrumento a través del cual los órganos, organismos y entidades de la Administración General del Estado informan a los ciudadanos y usuarios sobre los servicios que tienen encomendados, sobre los derechos que les asisten en relación con aquellos y sobre los compromisos de calidad en su prestación.

El artículo 11.1 de dicha disposición establece que «Las cartas de servicios y sus posteriores actualizaciones serán aprobadas por resolución del Subsecretario del departamento al que pertenezca el órgano o esté adscrito el organismo proponente».

En cumplimiento de las disposiciones citadas, el Museo Geominero, dependiente del Instituto Geológico y Minero de España (IGME), Centro Nacional adscrito al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, ha propuesto la aprobación de la actualización de su Carta de servicios.

Visto el informe favorable de la Dirección General de Gobernanza Pública del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, de fecha 8 de abril de 2024, en virtud de las competencias que le atribuye el artículo 11.1 del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio,

Esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.

Aprobar la actualización de la Carta de servicios del Museo Geominero, dependiente del Instituto Geológico y Minero de España (IGME), Centro Nacional adscrito al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), dependiente del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, que tendrá vigencia a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo.

Esta Carta de servicios deberá estar disponible en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Asimismo, se remitirá al Punto de Acceso General de la Administración General del Estado (PAG), y al Portal de la Transparencia de la Administración General del Estado (transparencia.gob.es), a través de la Unidad de Información de Transparencia departamental, con el fin de garantizar el acceso a esta información por parte de los ciudadanos y usuarios.

Madrid, 12 de abril de 2024.–El Subsecretario de Ciencia, Innovación y Universidades, Carlos Marco Estellés.