Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica "FV hibridación PE La Valdivia", de 32,34 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente "La Valdivia", de 28,5 MW y parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Sevilla».

Nº de Disposición: BOE-A-2024-8156|Boletín Oficial: 99|Fecha Disposición: 2024-04-18|Fecha Publicación: 2024-04-23|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Antecedentes de hecho

Con fecha 26 de septiembre de 2023, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto «Planta solar fotovoltaica «FV hibridación PE La Valdivia» de 32,34 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente «La Valdivia», de 28,5 MW y parte de su infraestructura de evacuación» en el término municipal de Osuna, en la provincia de Sevilla, promovido por Valdivia Energía Eólica, SA, al amparo del artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Tras el análisis del expediente, se constata que no está completo y se procede a requerir subsanación con fecha 23 de octubre de 2023, la cual es remitida por el promotor el 20 de noviembre de 2023. Completado el expediente, se concluye que el proyecto reúne los requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.

El proyecto consiste en un módulo de generación fotovoltaica, con una potencia instalada de 32,34 MW, con una superficie de afección de 68,5 ha. La planta hibridará con el parque eólico (P.E) existente La Valdivia, de 28,5 MW de potencia instalada, con 19 aerogeneradores de 1,5 MW cada uno, en funcionamiento desde 2007, originando una instalación híbrida de generación eléctrica de origen renovable de 60,89 MW de potencia. La infraestructura de evacuación corresponde a una línea subterránea a 12 KV de 4,79 km de longitud hasta la subestación existente ST Valdivia 66/12 kV. Desde esta subestación, la electricidad será transportada por una línea aérea existente de alta tensión compartida con el parque eólico (P.E) Valdivia a la SET Osuna propiedad de Endesa Sevillana donde tiene su vertido a la red. Las obras tendrán una duración aproximada de 5 meses y la vida útil de la planta fotovoltaica se estima en 20 años. La longitud total del vallado es de 9,11 km.

Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 6. 3. b) del Real Decreto-ley, son los siguientes:

1. Afección sobre la Red Natura 2000, espacios protegidos y sus zonas periféricas de protección y hábitats de interés comunitario

La ubicación del proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún espacio perteneciente a la Red Natura 2000. Los espacios más cercanos son la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) «Campiñas de Sevilla» (ES6180017), a una distancia mínima de 6,3 km al norte del cerramiento perimetral de la planta solar, y la Zona de Especial Conservación (ZEC) «Río Corbones» (ES6180011), a 4,5 km de la planta fotovoltaica.

No hay afección directa a Hábitat de Interés Comunitario (HIC) en la zona de emplazamiento de la planta solar, según los datos de la Red de Información Ambiental de Andalucía y comprobado y contrastado la información cartográfica anterior durante la realización de los trabajos de campo. Limitando con la planta se encuentran el HIC 6310 Dehesas perennifolias de Quercus Sp. y el HIC 92D0 Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (nerio-tamaricetea y flueggeion - tinctoriae). Un tramo de la vía de evacuación cruza el cauce al norte de las parcelas, pudiendo afectar ligeramente a las especies de flora asociadas al propio cauce. No obstante, se emplea un camino existente, por lo que únicamente pueden ser necesarias algunas podas durante la fase de construcción.

2. Afección a la biodiversidad, en particular a especies protegidas o amenazadas catalogadas

En relación a las especies de flora presentes más relevantes, se ha consultado el sistema FAME, un sistema de información geográfica integrado en la REDIAM (Red de Información Ambiental de Andalucía), de apoyo a la localización y seguimiento de la Flora Amenazada y de interés de Andalucía, que presenta la información en cuadrículas de 1x1 km a escala de detalle, no localizándose coincidencias entre el ámbito de actuación de la PFV y el sistema FAME.

Tras consultar la información disponible en el REDIAM, no existen coincidencia con árboles ni arboledas singulares en el entorno del ámbito de estudio.

Según el trabajo de campo, la vegetación natural existente en las parcelas objeto de implantación es respetada por los distintos equipos e instalaciones, no encontrándose ningún tipo de flora protegida. La línea de evacuación soterrada afecta principalmente a varios pies arbóreos, vegetación arbustiva y pastizal implicando talas y desbroces. Se atestigua en el estudio botánico la afección directa del proyecto a árboles singulares, implicando su tala, o podas que pueden comprometer su supervivencia.

En relación a las especies de fauna protegida en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas (CAEA) y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas (CEEA), se ha revisado el Visor con información sobre especies protegidas en Andalucía de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, habiendo seleccionado las cuadrículas 5 km x 5 km más cercanas al proyecto, se ha detectado la presencia de águila perdicera (Vulnerable, CEEA y CAEA. Datos 2005-2018) y avutarda común (En peligro, CAEA. Datos 2014-2020).

Durante los trabajos de campo del estudio anual de avifauna, se han detectado especies recogidas en el Catálogo Español de Especies Amenazadas con diferente grado de protección. Entre las especies En Peligro de extinción se han registrado el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), con 1 contacto y 1 individuo y el milano real (Milvus milvus), con 26 contactos y 31 individuos. Dentro de las especies Vulnerables se han observado el águila perdicera (Aquila fasciata) con 4 contactos y 4 individuos; el aguilucho cenizo (Circus pygargus), con 5 contactos y 5 individuos, y el colirrojo real (Phoenicurus phoenicurus) con 2 contactos y 2 individuos. Aunque algunos de estos contactos se han dado en periodo reproductivo, en la zona de estudio no se han encontrado nidos ni zonas de puestas de dichas especies, no habiendo buscado, ni comentando nada al respecto de la existencia de dormideros de Milano real. No se ha realizado un estudio de quirópteros.

Las trayectorias de vuelo del aguilucho cenizo fueron principalmente dentro de las dos parcelas de implantación localizadas al sur, a 600 metros al oeste de las mismas, y a 450 metros al norte de las parcelas fotovoltaicas situadas más al norte. El águila perdicera se ha muestreado principalmente dentro de las parcelas fotovoltaicas del sur y dentro de las parcelas fotovoltaicas del norte. El águila imperial ibérica se le ha inventariado en una ocasión cruzando la línea soterrada de evacuación tanto al sur como al noreste de ésta. El milano real se ha inventariado por todo el ámbito más cercano de las plantas solares sobre todo en las zonas de vegetación natural entre las parcelas de implantación localizadas al norte y al sur, las parcelas fotovoltaicas del norte y al oeste a 300 metros del proyecto.

El estudio de avifauna ha detectado 3 zonas Kernel para las aves rapaces no esteparias (milano real, águila imperial ibérica, águila perdicera, buitre leonado, entre otras). La primera zona se localiza al oeste de la zona de implantación, donde se encuentra un área prioritaria y el plan de recuperación del águila imperial ibérica. La segunda zona se localiza entre las 2 ubicaciones principales de la planta solar, donde hay una zona con vegetación natural y existen abundantes presas (conejo, perdiz roja, micromamíferos), y una tercera zona al norte de la parcela fotovoltaica del norte y dentro de las parcelas fotovoltaicas del norte. El estudio de avifauna ha detectado también 1 zona kernel para las aves esteparias que se localiza al oeste de las parcelas sur de la planta solar donde la amplia mayoría corresponde a vuelos de perdiz roja. Las principales aves rapaces no esteparias detectadas en esta zona son el milano real, y de aves esteparias de tamaño grande y medio, el cernícalo vulgar y aguilucho cenizo. El EsIA indica que el motivo de estas distribuciones quizás se deba principalmente a la búsqueda de alimento (presas).

En la ZEPA Campiñas de Sevilla, como fauna relevante, recogida en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas (CAEA) y en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (CEEA), destacan el sisón común (Tetrax tetrax) Vulnerable en el CAEA y En peligro en el CEEA, la avutarda (Otis tarda) especie En Peligro en el CAEA, la ganga ortega (Pterocles orientalis), la ganga común (Pterocles alchata) y el aguilucho cenizo (Circus pygargus), especies Vulnerables en el CEEA y CAEA. Como prioridad de conservación en este espacio, se encuentran la comunidad de aves esteparias.

En la ZEC Río Corbones, como fauna relevante recogida en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas como Vulnerables, se citan el águila perdicera (Hieraaetus fasciatus), murciélago ratonero grande (Myotis myotis), murciélago ratonero mediano (Myotis blythii) y murciélago de cueva (Miniopterus schreibersii) (Vulnerable).

El proyecto se encuentra a 6,3 km al sur del Plan de Conservación y Recuperación de Aves esteparias, en concreto, el aguilucho cenizo, ganga ortega, avutarda y sisón, aprobado por el Acuerdo 18 de enero de 2011 del Consejo de Gobierno. Por otro lado, el proyecto se encuentra a 10 km al norte del Plan de conservación y recuperación de aves necrófagas, en el estudio de avifauna se han inventariado la presencia de Milano real incluido en este plan de conservación y recuperación.

A 2 km al oeste de la implantación de la planta solar, hay un Área prioritaria de reproducción, alimentación, dispersión y concentración de las especies de aves incluidas en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas (Orden de 4 de junio de 2009 de la Consejería de Medio Ambiente), justo en esta zona es donde se ha localizado una zona Kernel en el estudio de avifauna. A 2,5 km al oeste de la implantación de la planta solar está el ámbito del Plan de Recuperación del Águila Imperial Ibérica.

En conclusión, el estudio de avifauna no plantea puntos de observación ni transectos en el trazado de la línea soterrada de 12 Kv ni en el ámbito de influencia del proyecto, exclusivamente donde se proyectan las parcelas fotovoltaicas. No se ha muestreado la presencia de dormideros de Milano real, no se descarta tampoco que haya en la zona por la abundancia arroyos con vegetación natural, bosques-isla y eucaliptales y por los resultados de vuelos de milano real que se han comentado anteriormente. No se ha estudiado la presencia de quirópteros, nidificantes en la ZEC del río Corbones.

3. Afección por vertidos a cauces públicos o al litoral

La zona de la implantación planta y la línea de evacuación soterrada se encuentran en la Demarcación Hidrográfica Guadalquivir. La red hidrológica superficial está representada principalmente por el arroyo del Pozo Santo, que atraviesa la zona de implantación norte de la planta solar fotovoltaica. Entre otros cauces cercanos estarían el arroyo del Agujetero a una distancia de 600 metros al oeste y el arroyo del Peinado a una distancia superior a los 1 km al este.

El estudio hidrológico recoge la definición de Zona de Daños Graves del Reglamento del Dominio Público Hidráulico: alcanza más de 1 m de calado, o más de 1 m/s de velocidad o bien el producto de ambas variables son mayores a 0,5 m2/s para escenario de 100 años. En el estudio hidrológico realizado con el software HEC-RAS se observan valores de las velocidades comprendidos entre 0,02 y 4,27 m/s. De acuerdo a los resultados obtenidos en el estudio de inundabilidad mediante modelo hidrodinámico bidimensional (2D) a partir de software HEC-RAS:

– Las profundidades del agua asociadas a un T=100 años son, de manera general, menores de 30cm en ambas parcelas salvo en la zona del arroyo de Pozo Santo, en la parcela Norte, donde se alcanzan calados de hasta 1,0 m de manera general y de hasta casi 2m de forma puntual.

– Las velocidades del flujo asociadas a un T=100 años son, de manera general, menores de 1m/s en la mayoría del área de estudio. Sin embargo, se observan velocidades de hasta 2 m/s en los cauces secundarios que discurren dentro de ambas parcelas. En estos cauces secundarios no se sobrepasan calados de 40 cm. salvo en zonas muy puntuales.

Se produce ocupación de la zona de policía del arroyo del Pozo Santo por el vallado de la planta, pero no ha obtenido las zonas inundables del resto de cauces que ha obtenido con el software HEC-RAS.

El estudio hidrológico solo se realiza en la planta solar, pero hay cruzamientos de la evacuación soterrada en sus llanuras de inundación con el arroyo de la Dehesa de Valdivia y el arroyo del Pozo Santo.

Según el EsIA la masa de agua subterránea más próxima pertenece a Osuna-La Lantejuela, que se encuentra a unos 3 km al norte del ámbito de actuación. Existen 3 manantiales al oeste de la planta solar junto a caminos públicos, a 300 metros el Pozo Del Agujetero, a 1,2 km está el Nacimiento Del Arroyo De La Mesada, y a 2,8 km está el Pozo Del Cortijo De Las Palomas.

En los frentes de trabajo se contará con las instalaciones sanitarias requeridas, para lo cual se considera la habilitación de baños químicos, servicio a cargo de terceros que cuenten con las autorizaciones sanitarias correspondientes. El promotor se compromete a gestionar el envío de la documentación (copia) que acredite que los residuos de los baños químicos fueron depositados en lugares autorizados para su disposición final.

Los vertidos provenientes de los aseos durante el funcionamiento de la planta solar se recogerán en un depósito estanco sin salida al exterior (por lo que no es necesaria una autorización de vertido). Con la frecuencia determinada por el uso, en función de los trabajos de mantenimiento, este depósito será vaciado y el residuo generado será gestionado por el gestor autorizado. La actividad no generará contaminación a las aguas en su fase de explotación, ni se espera contaminación en fase de construcción, salvo que se produzca algún accidente. Se considera, por tanto, un impacto compatible.

4. Afección por generación de residuos

La zona de obras contará con un punto limpio conformado por una plataforma compactada, debidamente cercada. Esta área se encontrará delimitada, sectorizada y debidamente señalizada. Los residuos de construcción serán almacenados en contenedores situados en el punto limpio. Serán además segregados en función de su tipología. Los contenedores o recipientes para residuos peligrosos se almacenarán en una zona en la que no estén en contacto directo con el suelo (pavimento impermeabilizado) y se habilitarán medios de contención para derrames accidentales. La zona deberá estar techada y protegida, así como contar con ventilación natural. Se desconoce la localización de este punto limpio, así que no se puede descartar que no esté en una zona inundable de las detectadas en el estudio hidrológico.

Los residuos peligrosos y no peligrosos serán gestionados por un gestor autorizado. Se prohibirá la realización de fuegos, realizándose la gestión de los residuos vegetales bien por triturado y aportación a la tierra vegetal o mediante la retirada por gestor autorizado. Las tierras serán reutilizadas en la recuperación del suelo para revegetación y otras trasladadas a vertederos controlados.

Durante la ejecución de la obra, se estima una generación de 103,87 t de residuos no peligrosos, de los cuales 72,5 t corresponden a restos de desbroce y poda de vegetación, 16,17 t corresponden a restos de hierro y acero, 4,87 t a restos de papel y cartón, 4,2 t a restos de plásticos, 3,23 t a restos asimilables a urbanos (RSU) y 2,26 t a restos de hormigón. Entre los residuos peligrosos, también destacan los de tierras contaminadas, aceite mineral no clorado y equipos desechados con componentes peligrosos, se prevén 1,26 t de residuos peligrosos. Se ha calculado un excedente de 5172,18 m3 de tierras.

Durante la fase de funcionamiento, se estima una generación de 3,708 t de residuos, entre los que destacan los residuos peligrosos Absorbentes contaminados/ Material contaminado, tierras contaminadas, grasas usadas y aceite usado no clorado.

5. Afección por utilización de recursos naturales

Los recursos naturales afectados son, principalmente, el suelo, por la ocupación de terreno de las instalaciones proyectadas, y el agua, por el consumo que de la misma se realizará, para abastecimiento de agua potable, servicios higiénicos y limpieza de los paneles fotovoltaicos.

Los trabajos de construcción van a deteriorar en gran medida los suelos directamente afectados por las instalaciones, bien por la ocupación directa por las mismas, o bien por la compactación al ser temporalmente ocupados por la maquinaria o acopios de materiales. La superficie de ocupación dentro del vallado de la planta se estima en unas 68,50 ha. La línea subterránea tendrá una longitud de unos 4,790 km de longitud y de 0,8 m de anchura mínima y una profundidad de 1 metro. La longitud total de los viales de acceso (4 metros de anchura) y los existentes entre los diferentes sectores del proyecto asciende a 10,231 km. Será necesario acondicionar los caminos de acceso con un ancho de 6 m.

Las excavaciones por desmonte suman 54.038,57 m3 y el terraplén 48.866,39 m3.

En cuanto al agua empleada en la fase de explotación se empleará principalmente en las labores de limpieza de paneles que se realizaría cada 3 años, oscilando siendo el volumen de agua a utilizar de 1,92 m3/MWp de agua sin tratar o 1,48 m3/MWp de agua osmotizada (62,09 m3 de agua sin tratar / 47,86 m3 de agua osmotizada). También se empleará el agua para el riego de viales y superficies en las que se pueda generar polvo en las labores de construcción, variando las cantidades en función de la climatología, estimándose en 0,5 m3 al día en época seca.

6. Afección al patrimonio cultural

Los trabajos arqueológicos de prospección arqueológica superficial han dado resultados negativos, excepto en el tramo de la línea soterrada incluido en la finca «Dehesa de Valdivia», ya que no ha sido posible la prospección de este tramo, al no contar con el permiso de la propiedad de los terrenos y en un tramo de 421 metros de línea soterrada entre los 2 campos fotovoltaicos que por existir vegetación natural densa en imposible inventariar sin eliminar la vegetación natural.

Según datos del Instituto Andaluz del Patrimonio Histórico, los elementos recogidos en la base de datos del patrimonio inmueble de Andalucía (SIPHA), existen cuatro bienes en el ámbito de influencia del proyecto, la Mesada, Agujetero Bajo, Agujetero Alto, y Dehesa Valdivia. El único bien que se vería afectado por el proyecto, es la Dehesa Valdivia, afectado por la línea soterrada, como se ha comentado no se ha podido realizar la prospección arqueológica superficial. El tramo de la línea de evacuación soterrada que no se ha podido realizar la prospección arqueológica tiene una longitud de 2,3 km.

La Delegación Territorial de Sevilla de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico informa favorablemente el 11 de mayo de 2022 la memoria preliminar y final de la actividad arqueológica preventiva «Prospección arqueológica superficial, proponiendo una serie de cautelas arqueológicas en el ámbito de referencia durante la obra.

En cuanto a vías pecuarias, la más próxima es la Vereda de la Puebla al Cañete, la implantación de la planta fotovoltaica de Valdivia afectaría a esta vía pecuaria.

7. Incidencia socio-económica sobre el territorio

Los núcleos habitados más cercanos al emplazamiento de la planta fotovoltaica son Puerto de la Encina a 3 km al sur, la ciudad de Osuna, a unos 7,3 km al noreste y la Puebla de Cazalla a unos 13 km al noroeste.

La zona del proyecto está dedicada a la actividad agrícola con una baja densidad de población. Los aprovechamientos generales del ámbito de estudio están vinculados con la agricultura de secano, el olivar y suelos forestales de dehesa y matorral. Los principales impactos están relacionados con el cambio de uso del suelo directo en las zonas de obras, que pasará de agrícola a industrial en 68,5 ha, disminuyendo la superficie de aprovechamiento agrícola y ganadero, la pérdida de cotos de caza, las molestias a especies cinegéticas por el tránsito de maquinaria y las distintas intervenciones que se llevan a cabo y las interferencias sobre uso recreativo del territorio. En el EsIA no se avalúa la afección que la disminución de cotos de caza provocará sobre el tejido socioeconómico de la zona, ya que Según el Decreto 126/2017, de 25 de julio de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la superficie mínima de los cotos de caza será de 250 hectáreas si el aprovechamiento principal es la caza menor excepto en los cotos deportivos de caza cuya superficie mínima será de 500 hectáreas para la caza menor, por lo tanto la afección del proyecto a los cotos de caza será mayor que la superficie del proyecto, y además no se ha evaluado la afección que provocará a la fauna protegida como el águila perdicera, ya que los cotos de caza son los que realizan las repoblaciones de su principal presa entre los meses de agosto y abril, la perdiz roja (486 individuos censados). Habiéndose detectado a la Grajilla en el estudio de avifauna que es la otra presa principal en los meses de agosto y abril solo 8 individuos. El lagarto ocelado puede ser una presa sustitutiva importante si las capturas principales escasean. Pero solo se han detectado 3 individuos.

La construcción y funcionamiento de la planta solar constituirá una fuente de empleo directo e indirecto y conllevará la recaudación de tasas e impuestos municipales. Asimismo, la explotación de la planta producirá un efecto beneficioso por el aprovechamiento de una energía renovable que evita la emisión de contaminantes y gases de efecto invernadero.

En fase de explotación, los impactos sobre la atmósfera vendrán derivados del funcionamiento del parque fotovoltaico por la generación de ruidos. Durante esta fase, se tendrán que llevar a cabo labores de mantenimiento, de forma esporádica e intermitente, con lo que el tránsito de vehículos va a ser muy bajo. El uso de la infraestructura, con la puesta en marcha de los paneles y la generación de energía, provocará un aumento del ruido, al existir una nueva fuente emisora donde no había ninguna otra infraestructura.

A 160 metros del vallado, existe una vivienda (Cortijo del Agujetero Alto), que soportará el tránsito de maquinaria y las obras durante la construcción.

El estudio acústico expone que el mayor exponente en cuanto a ruido que rodea al ámbito, procede, principalmente, de la vía SE-8204, cuya intensidad media diaria alcanza los 500 vehículos/día y los aerogeneradores del «Parque Eólico La Valdivia». Esta situación hace que las parcelas objeto de estudio alcancen valores entorno a los 50 dBA. Analizando la evaluación en fachada en las edificaciones más próximas (Cortijo del Agujetero Alto, situadas al oeste de la misma, a aproximadamente 400 metros de la PowerStation PS 3-1) se puede apreciar como la actividad, a pesar de incrementar la afección en las fachadas en 8 y 6 dB, el nivel operacional es inferior a 35 dBA, y estas mantienen los niveles por debajo de los valores límite admisibles para los objetivos de calidad acústica aplicables. Pero no se ha considerado en el estudio acústico el impacto del tránsito de maquinaria, de las hincas, movimiento de tierras, el estudio acústico solo considera la fase operacional, no la fase de construcción.

De forma general, las instalaciones eléctricas (líneas de media y alta tensión, subestaciones, transformadores, etc.) generan pequeños campos eléctricos y magnéticos dentro de su entorno próximo. Se ha realizado un estudio de campos electromagnéticos, cuya simulación en el caso más desfavorable de funcionamiento (hipótesis de carga máxima), ha dado como resultado el valor máximo de campo de inducción magnética generado en el interior de la Power Station es de 47,1201 μT y por la zanja es de 1,4826 μT. Este campo es inferior al valor de 100 μT para el público en general. Es decir, los valores de radiación emitidos en el perímetro y el interior de la planta se encuentran por debajo de los valores límites exigidos.

La zona de estudio se corresponde con la categoría paisajística de Campiña, concretamente de «Campiñas del Piedemonte» y «Campiñas alomadas, acolinadas y sobre cerros» tomando como referencia el Mapa de los Paisajes de Andalucía 1:400.000. El paisaje campiñés se caracteriza por el predominio de llanuras acolinadas, con edificaciones dispersas. Se trata de un medio muy unitario y homogéneo. Según el mapa de unidades fisonómicas del paisaje de la Junta de Andalucía, en el ámbito de influencia de 5 km, se han reconocido diecinueve unidades distintas. Las que ocupan mayor extensión es olivar (36,98 %) y cultivos de secano (34,90 %), seguidas de las diferentes tipologías de matorral que, en conjunto, alcanzan el 13,89 % de la superficie. Así, estas tres grandes categorías suman el 72 % de la superficie del ámbito próximo al proyecto y refleja la condición agrícola del paisaje de la zona, articulada en torno a los cultivos extensivos de secano y el olivar. En un segundo nivel se encuentran una serie de unidades de escasa representación superficial, pero de interés paisajístico como la dehesa (3,63 %), el pastizal (2,22 %) o las unidades de paisaje constituidas por formaciones arboladas (bosques mixtos de encinas, riberas o pinares), que representan el 5,65 % de la superficie. El resto de unidades está conformado por un mosaico muy diverso y con escasa representación de paisajes como los cursos de agua, las zonas de regadío, los espacios urbanos y las infraestructuras, entre otros.

Tras el análisis de la cuenca visual desde los puntos de observación estático como dinámico se ha obtenido el resultado siguiente: En general, desde los puntos definidos como miradores estáticos, la zona de implantación de la nueva infraestructura no sería muy visible. La zona menos visible serían las parcelas situadas más al norte. Haciendo el mismo análisis para el caso de los puntos de observación o miradores dinámicos, los resultados son muy similares en cuanto a las zonas más o menos visibles, aunque el número de puntos desde los que se ve cada celda es bastante mayor al ser líneas que recorren el territorio y los datos se calculan desde los vértices de las polilíneas que dibujan los caminos y carreteras.

La zona de actuación del proyecto se encuentra en una zona de peligro de incendio (Decreto 371/2010 de 14 de septiembre (BOJA núm. 192 de 2010), modificado parcialmente por el Decreto 160/2016 de 4 de octubre (BOJA núm. 195 de 2016). El artículo 5 de la Ley 5/99 de Prevención y Lucha contra los incendios forestales define el concepto de Zonas de Peligro.

8. Afecciones sinérgicas con otros proyectos próximos

Las infraestructuras eléctricas más cercanas al proyecto son las siguientes:

– PE La Valdivia (Existente): A 1,9 km de distancia con 19 aerogeneradores y una potencia de 28,50 MW.

– PE Gomera (Existente): A 4,63 km de distancia, con 6 aerogeneradores y 18 MW.

– PE Cantalejos (Existente): A 7,4 km, con 7 turbinas y una potencia de 14 MW.

– PE Cerro Durán (Existente): A 15 km, con 23 turbinas y una potencia de 45 MW.

– PE Los arcos (Existente): A 15 km de 34,65 MW.

– PE Los Madroñales (Existente): A 17 km, con 17 turbinas y una potencia de 34 MW.

– PE Martín de la Jara (Existente): A 19 km, con 9 turbinas y una potencia de 36 MW.

– PE Cortijo La Linera (Existente): A 19 km, con 13 turbinas y una potencia de 26 MW.

– PE El Álamo (Existente): A 20 km, con 10 turbinas y una potencia de 20 MW.

– PE Los Barrancos (Existente): A 20 km, con 10 turbinas y una potencia de 20 MW.

– PE Altamira (Existente): A 20 km, con 25 turbinas y una potencia de 50 MW.

– PE Llano del Espino (Existente): A 20 km con 19 turbinas y una potencia de 38 MW.

– PE La Cuesta (Existente): A 22 km con 14 turbinas y una potencia de 28 MW.

– FTV Osuna (Existente): A 2,85 km de 5,86 ha y una potencia de 100 KW.

– FTV El Palmitero- GS1 (Existente): A 9,1 km, de 100 KW.

– FTV BP La Jaretilla: A 9,89 km.

– LAAT (400 kV) Arcos de la Frontera-La Roda: A 1,95 km.

– LAAT (66 kV) Osuna-La Valdivia: A 1,75 km.

– LAAT (66 kV) Robledillo-El Álamo: A 0,17 km.

– LAAT (66 Kv) Estepa-Osuna: A 6,89 km.

– LAAT (66 Kv) Marchena-Osuna: A 7,1 km.

– LAAT (66 Kv) osuna-Villa del Rey: A 7,4 Km.

– Planta de Cogeneración COREYSA Cogeneración, SA en Osuna de una potencia de 3,8 MW.

El EsIA indica la baja densidad de infraestructuras, pero la línea aérea existente del parque eólico con otra línea aérea fragmenta el territorio conformando una cruz, y existe una línea aérea que cruza la ZEPA Campiñas de Sevilla, y las múltiples líneas aéreas y parques eólicos que esta Dirección General ha detectado en el entorno del proyecto. El grueso de los impactos sinérgicos y acumulativos observados se concentran, fundamentalmente los hábitats y la fauna.

En concreto, se trata del efecto barrera al movimiento de la fauna entre la ZEC Río Cordones, la ZEPA Campiñas de Sevilla, y los ámbitos de los planes de Recuperación del Águila Imperial Ibérica y Planes de conservación y recuperación de aves esteparias, la pérdida de hábitats de aves esteparias y rapaces, la degradación y fragmentación de estos hábitats esteparios, el riesgo de colisión contra el vallado de las plantas fotovoltaicas y contra los aerogeneradores y electrocución y colisión con las líneas aéreas, la afección al paisaje por la introducción de elementos artificiales y el cambio de uso del suelo, fundamentalmente de agrícola a industrial.

El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y el Plan de Vigilancia del estudio de impacto ambiental, en tanto no contradigan la presente propuesta, y las siguientes condiciones:

Para solicitar la aprobación del proyecto de ejecución, el promotor deberá acreditar al órgano sustantivo haberlo elaborado con pleno cumplimiento de las condiciones aplicables especificadas en esta resolución. Asimismo, para iniciar la fase de explotación, el promotor debe acreditar haber cumplido todas las condiciones y ejecutado todas las medidas indicadas para el diseño y construcción del proyecto.

Al tratarse de un proyecto de hibridación, las medidas y condiciones deben ir acordes en su conjunto, coordinadas y relacionadas en lo posible con las establecidas para la parte eólica del proyecto.

Si se detectase algún impacto no analizado o cuya magnitud fuera superior a la evaluada, se comunicará al órgano autonómico competente para la determinación de la forma de proceder.

Previo a las obras, se realizará un estudio acústico para la fase de construcción, teniendo en cuenta también el tránsito de maquinaria, especialmente para el Cortijo del Agujetero Alto, que será suministrado a la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Sevilla y será necesaria la aprobación de dicho estudio acústico por parte del organismo para que puedan iniciarse las obras.

Los seguidores se instalarán mediante hincado en el terreno y únicamente se admite la cimentación como alternativa, previa justificación y solicitud de informe de afección. No se retirará la tierra vegetal para implantar los seguidores solares, debiéndose retirar sólo la parte de la capa indispensable para implantarlos.

Antes y durante las obras, se balizarán y protegerán los Hábitats de Interés Comunitario identificados en el emplazamiento del proyecto y en su entorno próximo.

Previo al inicio de las obras, se entregará a la Confederación Hidrológica del Guadalquivir un estudio hidrológico que tenga en cuenta todas las infraestructuras del proyecto, no solo las parcelas solares, tales como viales, la línea soterrada de evacuación, punto limpio, instalaciones auxiliares y parques de maquinaria, especialmente por los cruces con los arroyos del Pozo Santo y de la Dehesa de Valdivia. Se deberán retranquear los paneles respecto de aquellas zonas con calados superiores a 30 cm o velocidades superiores a 0,5 m/s, tal y como queda recogido en el estudio hidrológico. Se deberá estudiar la posible erosión del suelo teniendo en cuenta el tipo de cobertura vegetal y el tipo de suelo presente en las zonas potencialmente erosivas. El cumplimiento de estas condiciones será recogido en el correspondiente proyecto técnico, que será suministrado a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, siendo necesario el informe favorable por parte de este organismo para poder dar inicio a las obras.

Durante las obras, se balizarán, señalizarán y protegerán los cauces y las charcas existentes dentro del emplazamiento de la planta fotovoltaica, los situados en el entorno próximo de la misma, los atravesados por la línea eléctrica de evacuación y los situados en las cercanías de dicha línea.

Previo al inicio y durante la ejecución de las obras, se realizará una prospección del terreno por un técnico especializado en fauna, con objeto de identificar la presencia de ejemplares de las especies de fauna amenazadas, así como nidos y/o refugios/dormideros, incluyendo el trazado de la línea de evacuación soterrada. Se realizará, previo a las obras, un estudio de quirópteros con trabajo de campo en los meses de máxima actividad, con búsqueda de refugios y grabaciones de ultrasonidos en el entorno de la planta solar y la línea de evacuación soterrada para comprobar si hay fauna protegida de quirópteros presentes en la ZEC Río Corbones. Estas medidas contarán con la supervisión de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, para decidir las acciones a seguir en caso de localización de nuevos lugares de reproducción, dormideros o campeo de especies amenazadas, paralizándose las obras en la zona y reduciendo las molestias (en un radio mínimo de 300 m en el caso de aves amenazadas) hasta obtener las indicaciones pertinentes de dicho organismo.

Se evitarán los trabajos iniciales de desbroce y los movimientos de tierras durante el periodo de reproducción de las especies que puedan utilizarla como refugio o como sustrato para la nidificación. Asimismo, se evitarán los trabajos nocturnos. Se establecerá un cronograma para la fase de construcción, con el fin reducir molestias a las especies de fauna con presencia en el entorno de actuación, de tal modo que cualquier actuación que pueda implicar molestias para la fauna silvestre deberá iniciarse, de manera general, fuera del período general de cría de los taxones del territorio, comprendido entre el 1 de marzo y el 15 de julio. El cronograma de obras definirá las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de especies amenazadas y se presentará a la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, al menos 30 días antes de la comunicación de inicio de las obras.

Se evitarán los destellos de los materiales, especialmente de los soportes y materiales de la instalación fotovoltaica. Los módulos fotovoltaicos serán antirreflectantes con el fin de evitar el «efecto llamada» de los paneles sobre la avifauna acuática, o la excesiva visibilidad desde puntos alejados de la planta.

Se evitará la iluminación nocturna de la planta fotovoltaica, así como los trabajos nocturnos durante la construcción, con las únicas excepciones de sistemas requeridos por la normativa y de dispositivos de iluminación imprescindibles en las edificaciones auxiliares o para hacer frente a situaciones de riesgo. En tal caso, se utilizarán luminarias que no emitan luz blanca rica en longitudes de onda corta (azules y UV), la iluminación se proyectará hacia el suelo por debajo del plano horizontal, y se limitará a lo estrictamente necesario.

Se instalarán refugios polinizadores para la cría de invertebrados en el interior de los recintos, próximos al vallado perimetral. Se realizarán acuerdos de custodia del territorio con agricultores de la zona, tales como salvamento de nidos de aguilucho cenizo y compensación económica a los agricultores. Se procederá a la inclusión en el entorno de la planta solar de uno cada 5 ha de los siguientes elementos de distinta tipología: caballones o beetle banks; charcas para especies acuáticas y anfibios en ubicaciones con recursos hídricos naturales, que permitan, al menos, su permanencia estacional; majanos para reptiles, posaderos y cajas nido o nidos de distinta tipología para aves y quirópteros, en olivares dentro del perímetro de las plantas; construcción de refugios para perdices, conejos, micromamíferos y reptiles (presas habituales de rapaces) mediante majanos de piedra y tierra. Estas medidas deberán estar presupuestadas y georreferenciadas en formato SHP en el documento técnico.

Se deberá desarrollar un documento cuyo modelo serán las indicaciones recogidas en la Estrategia de Conservación de Aves Amenazadas ligados a Medio Agro- Esteparios en España del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Este documento deberá ser aprobado por el organismo competente en Medio Ambiente de la Junta de Andalucía y las medidas deberán estar presupuestadas.

Se recomienda el uso de bandas sobre los paneles fotovoltaicos en forma de rejilla que minimicen la mortalidad de insectos y los posibles impactos de pequeñas aves. Sería recomendable que no todos los paneles se recubrieran con el fin de profundizar en el análisis de las afecciones, con el fin de evaluar los efectos a lo lago de los primeros años estableciéndolos en el programa de vigilancia ambiental.

Para disminuir el efecto barrera a la fauna y favorecer la conectividad, el vallado de la planta se realizará en parcelas, aprovechando los conectores naturales como manchas de vegetación o cauces, en concreto los cauces identificados en el estudio hidrológico que penetran en el emplazamiento de la planta fotovoltaica, quedando de este modo separadas estas parcelas entre sí por corredores verdes. Si se utilizan los caminos como conectores, se deberá dejar una amplitud suficiente a ambos lados del camino con vegetación natural, y si esta no existiera, se deberán plantar especies autóctonas. Durante la fase de explotación, se realizará un seguimiento del efecto barrera para el desplazamiento de aves u otros grupos de fauna, en el que se estudiará la perturbación sobre la movilidad de las poblaciones que introduce el proyecto por interrupción física de corredores migratorios, líneas o rutas de conexión habituales, así como zonas de paso frecuente entre zonas de alimentación, dormideros, charcas, reproducción, nidificación, cría, etc.

Los vallados perimetrales a las instalaciones, excepto los de los centros de transformación, deberán ser permeables a la fauna, por lo que se empleará un vallado de tipo cinegético o ganadero, con luz de malla amplia, en la parte inferior más próxima al suelo, sin zócalo ni sujeción inferior al terreno, dejando los 20 cm inferiores libres con el fin de garantizar la permeabilidad a la fauna de pequeño y mediano tamaño. Además, es conveniente ejecutar aberturas en la parte inferior del vallado, de dimensiones 30 x 30 cm y/o 45 x 30 cm en algunos puntos del vallado con el fin de alcanzar la máxima permeabilidad posible para la fauna. La altura del cerramiento no será superior a 2 m y carecerá de elementos punzantes o cortantes, dispositivos o trampas que permitan la entrada de fauna silvestre e impidan o dificulten su salida. No se permite en ningún caso tener incorporados dispositivos para conectar corriente eléctrica. No podrá contar con voladizos o con visera superior.

Se instalarán pequeñas placas de color claro al tresbolillo a lo largo del vallado para aumentar la visibilidad y evitar la colisión de aves contra él. La distancia entre esas placas será de 10 m.

Se considera necesaria la ejecución de un plan de seguimiento específico de fauna con objeto de completar la información sobre la fauna residente y tomar las medidas necesarias si fuera oportuno, que se deberá extender durante toda la vida útil del proyecto, para verificar el adecuado funcionamiento de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias ejecutadas, así como para detectar impactos no tenidos en cuenta durante la evaluación ambiental del proyecto. El desarrollo de dicho plan se realizará por una empresa independiente de la responsable de la obra. Se aportará la metodología a llevar a cabo, que será igual a la utilizada en el estudio de impacto ambiental, y se incluirá su presupuesto.

Se aportarán los resultados de los censos en formato Excel o similar y cartografía preferentemente en formato shp. El plan de seguimiento específico de fauna deberá contar con el visto bueno de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, al que se remitirán informes periódicos anuales con los resultados del seguimiento ambiental durante la construcción, explotación y desmantelamiento.

Si se detectasen circunstancias que supusiesen riesgos para las especies incluidas en el Catálogo Español o en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla podrá tomar las medidas oportunas para minimizar dichos riesgos.

Se respetará la vegetación silvestre existente en el emplazamiento de la planta y su entorno no ocupado por elementos del proyecto, como árboles aislados, islas de vegetación, ribazos, linderos, vegetación riparia, mojones. La construcción de la línea soterrada ni ninguna infraestructura del proyecto podrá implicar la tala de árboles, incluyendo olivos, almendros, acebuches, encinas, lentiscos, como otros silvestres. Ni las podas comprometer la supervivencia de vegetación arbustiva y/o arbórea. En caso de ser imprescindible, esta actuación deberá contar con la autorización previa del órgano autonómico competente en materia forestal que, en su caso, podrá solicitar la compensación correspondiente por la pérdida de masa forestal y la vegetación de ribera asociada a los cauces será competente la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, siendo necesaria la autorización de ambos organismos para poder realizar las obras.

Se establecerá un programa de acuerdo con agricultores del entorno del proyecto para la compensación económica de fomento de prácticas agrícolas favorables para las aves esteparias. En este sentido, se deberá mantener anualmente una superficie no inferior al 100 % de la superficie ocupada por la planta solar como hábitat óptimo para aves esteparias amenazadas, es decir 68,5 ha, mediante el mantenimiento del cultivo herbáceo tradicional de secano en las parcelas designadas al efecto y la adopción en las mismas de las siguientes medidas, como el mantenimiento del barbecho en un mínimo del 25 % del terreno, siembra de leguminosas de secano en un mínimo del 10 %, mantenimiento del rastrojo hasta un mes antes del momento de la siembra siguiente, evitar en lo posible tratamientos o trabajos agrícolas durante los meses de marzo, abril y mayo y la eliminación del uso de productos fitosanitarios.

Las parcelas a mantener serán determinadas por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, en función de su importancia en la conservación de las especies esteparias amenazadas y podrán estar repartidas en superficies menores y en diferentes localidades. Los acuerdos deberán hacerse efectivos en el plazo de un año a partir de la comunicación a los promotores por la citada Delegación de las parcelas designadas. Esta obligación comienza en el momento del inicio de la construcción de la planta y estará vigente durante la totalidad de la vida útil del proyecto. En caso de que alguna de las parcelas tuviera que ser sustituida por otras localizaciones, ya sea por desacuerdos con propietarios o por nuevas ubicaciones de las especies a proteger, se deberán sustituir por la superficie equivalente en nuevas zonas en coordinación con el órgano competente en medio ambiente de Andalucía. Estas medidas podrán ser revisadas y modificadas, cada 5 años o con menor periodicidad si lo requiere el resultado del seguimiento de su efectividad, previo acuerdo con la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, en función de los resultados observados y experiencias obtenidas, o ser mejoradas para favorecer la protección de las especies.

Para el control de la vegetación herbácea se priorizará el control y aprovechamiento de la misma por parte de ganadería ovina extensiva local, siempre que sea posible. La carga ganadera deberá calcularse y justificarse. En ningún caso, se utilizarán herbicidas. Si excepcionalmente fuera necesario realizar desbroces, los restos deberán ser incorporados al suelo tras su trituración.

Se sembrará bajo los paneles una mezcla de herbáceas autóctonas.

Se instalará una franja vegetal en el vallado perimetral de, al menos, 2 m de anchura a lo largo de toda la extensión de la planta fotovoltaica, mediante la plantación de especies arbóreas y arbustivas autóctonas propias de la zona. La pantalla vegetal se instalará en todo el contorno de los subcampos del parque fotovoltaico, así como en los casos que el cercado límite con un camino agrícola, exceptuándose en las zonas que, por vía de acceso, pendiente, arroyo o distancia del vallado a zonas de vegetación natural, no permitan su instalación o esta no se considere necesaria. Aun no siendo arbórea, deberá alcanzar la altura suficiente para actuar como pantalla visual.

En relación con la afección del paisaje, considerando la permeabilidad del vallado para la fauna, se procurará la máxima naturalidad al entorno variando la densidad en función de la zona de plantación, a través de un plan de restauración y revegetación con el empleo de especies arbóreas y arbustivas propias de la zona, se deberán cumplir las medidas recogidas en el estudio de Paisaje adjuntado como anexo VI al EsIA, en coordinación con la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla.

La restauración deberá ir encaminada a la recuperación de las superficies temporales afectadas, especialmente las formaciones vegetales formadas por especies leñosas y hábitat de interés comunitario. Se deberá elaborar un Plan de Restauración de las superficies afectadas por las obras, antes del inicio de las mismas, cuyo presupuesto debe incluirse en el proyecto de construcción. Previamente a la finalización de la vida útil de la instalación, se elaborará un proyecto de restauración tras el desmantelamiento.

Las plantas, partes de planta y semillas a emplear en actuaciones de restauración deberán ser especies autóctonas. Se deberá presentar un proyecto específico de restauración para su aprobación por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, debiendo contemplar el mantenimiento de las plantaciones hasta su total arraigo.

Las zanjas de cableado y los viales internos entre los seguidores y los módulos no se podrán pavimentar, ni cubrir con grava o zahorra. Respecto de los caminos principales que requieran de actuaciones de consolidación, se realizarán con zahorras de la misma tonalidad que el entorno.

Antes del inicio de las obras, se llevará a cabo una prospección arqueológica intensiva del emplazamiento del proyecto, especialmente en la zona no inventariada en la prospección superficial del tramo de la línea soterrada incluido en la finca «Dehesa de Valdivia», el Yacimiento arqueológico de la Dehesa Valdivia, que será presentado a la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla. Se estará a lo dispuesto por esta Delegación Territorial, una vez haya evaluado el informe resultante de la prospección arqueológica previa, para determinar la viabilidad del proyecto y las medidas protectoras y correctoras en relación a sus afecciones sobre patrimonio cultural.

Se efectuará un control arqueológico por un arqueólogo en las obras de remoción de tierras necesarias para la ejecución del proyecto. Si durante el transcurso de cualquier actividad relacionada con el proyecto se produjera un hallazgo arqueológico casual, se paralizarán inmediatamente los trabajos y se comunicará a la Delegación Territorial de Turismo, Cultura y Deporte en Sevilla en el plazo de 24 horas. Cualquier modificación del proyecto debe contar con autorización de la autoridad en patrimonio cultural.

Se designarán las zonas concretas de almacenamiento de residuos, que serán señalizadas correctamente, y se realizará una clasificación correcta de los residuos. Se realizará una vigilancia y seguimiento del correcto almacenamiento y gestión de los residuos. Cada contrata o empresa que trabaje en el proyecto tendrá un gestor de residuos autorizado. El proyecto constructivo contendrá un Estudio de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición, que deberá considerar la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre.

En aplicación de la normativa en materia de incendios forestales, el promotor del proyecto deberá elaborar y presentar para su aprobación por parte de los Ayuntamientos afectados, un Plan de Autoprotección de incendios forestales (artículos 42, 43 y 44 de la Ley autonómica 5/1999 de prevención y lucha contra los incendios forestales).

Toda actuación no prevista en la documentación aportada que surja en el transcurso de las obras y/o durante la vida útil de las instalaciones, así como en la fase de desmantelamiento de las mismas, en su caso, y que pueda afectar a cualquier elemento del medio ambiente será puesta en conocimiento del organismo autonómico competente, a la mayor brevedad posible, para la determinación de las medidas a adoptar.

En caso de que durante la ejecución de los trabajos se detectase algún impacto no identificado en este procedimiento o de magnitud superior a la prevista, se paralizarán las actividades y se notificará inmediatamente al organismo competente, según el caso, para la adopción de las medidas oportunas.

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta propuesta deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

En el plazo de tres meses desde la fecha de otorgamiento de la autorización administrativa, los promotores designarán una persona responsable del cumplimiento y seguimiento de las medidas planteadas, que será el interlocutor ante la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla para la resolución de las incidencias que puedan producirse. Asimismo, estará obligado a colaborar en la realización de estudios, censos, muestreos, etc, que se promuevan desde la Administración, facilitando el acceso o los datos que con este motivo se soliciten. Cualquier acontecimiento imprevisto o incidencia que implique una alteración de alguna de las condiciones expresadas por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Sevilla, se pondrá inmediatamente en conocimiento de esta para los efectos oportunos.

Se realizará un seguimiento para vigilar la aparición de ejemplares de Arundo donax en todo el ámbito de la planta, en los corredores de vegetación natural, en el apantallamiento del vallado perimetral, y en el trazado de la línea de evacuación subterránea. El objetivo es detectar los brotes iniciales y proceder a su eliminación, siguiendo los procedimientos establecidos en el manual Bases para el Manejo y Control de Arundo donax L. (Caña común) de este ministerio, para la correcta ejecución de las labores de control y erradicación. Los resultados de este trabajo de detección y eliminación se incluirán en la «Memoria Anual del PVA» durante toda la vida útil de la planta.

Se realizará un seguimiento de los efectos acumulativos y sinérgicos sobre la avifauna y los quirópteros, teniendo en cuenta las infraestructuras de energías renovables y evacuación que existan en el entorno y que se encuentren en funcionamiento. El seguimiento se realizará mediante la valoración conjunta de los respectivos planes de vigilancia y seguimientos, debiéndose adoptar las medidas protectoras y correctoras oportunas en el caso de producirse este tipo de efectos. Dicho seguimiento mostrará una especial atención a la avifauna protegida en relación al Plan de Recuperación del águila imperial ibérica, la avifauna protegida detectada en el estudio de avifauna (aguilucho cenizo, milano real, águila perdicera, colirrojo real) y los efectos indirectos sobre la Red Natura 2000 (ZEPA Campiñas de Sevilla y ZEC Río Corbones). Los resultados de este seguimiento se incluirán en la «Memoria Anual del PVA» durante toda la vida útil de la planta.

El promotor acreditará mediante el envío del informe anual del PVA ante el órgano ambiental competente de la Junta de Andalucía, el cumplimiento de las medidas tanto para la avifauna como para el resto de los factores afectados (suelo, vegetación, paisaje, etc.) y acreditando un seguimiento pormenorizado en cuanto a las medidas relacionadas con la avifauna y las posibles colisiones y/o electrocuciones que puedan producirse en el entorno del proyecto, durante toda la vida útil de la planta.

La propuesta de informe de determinación de afección ambiental fue remitida a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, a la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Economía Circular y a la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos, de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, el 27 de febrero de 2024, con el fin de que emitieran observaciones en el plazo de diez días, de acuerdo con el artículo 6 del Real Decreto Ley 6/22, quedando suspendido el cómputo del plazo para la formulación del informe de determinación de afección ambiental, sin que conste a fecha de esta resolución la remisión de observaciones por parte de los órganos autonómicos.

Fundamentos de Derecho

De conformidad con el artículo 6 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, el órgano ambiental elaborará una propuesta de informe de determinación de afección ambiental que remitirá al órgano competente en materia de medio ambiente, el cual dispondrá de un plazo de diez días para formular observaciones. Transcurrido dicho plazo, la falta de respuesta se considerará como aceptación del contenido de la propuesta.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Esta Dirección General, a la vista de los antecedentes de hecho referidos y de los fundamentos de derecho alegados, teniendo en cuenta el contenido del expediente administrativo, resuelve la formulación de informe de determinación de afección ambiental en el sentido de que el proyecto «Planta solar fotovoltaica «FV hibridación PE La Valdivia» de 32,34 MW de potencia instalada, para su hibridación con el parque eólico existente «La Valdivia», de 28,5 MW y parte de su infraestructura de evacuación» en el término municipal de Osuna, en la provincia de Sevilla, continúe con la correspondiente tramitación del procedimiento de autorización, al no apreciarse efectos adversos significativos en el medio ambiente que requieran su sometimiento a procedimiento de evaluación ambiental, siempre que se cumplan las medidas previstas en el estudio de impacto ambiental, las aceptadas durante la información pública y las recogidas en esta resolución.

El presente informe de determinación de afección ambiental será publicado en la página web de este órgano ambiental y en el «Boletín Oficial del Estado» y notificado a promotor y órgano sustantivo en los términos del artículo 6 del Real Decreto Ley 6/22.

De conformidad con el apartado quinto del citado artículo 6, el informe de determinación de afección ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto de autorización del proyecto.

Madrid, 18 de abril de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.