Resolución de 20 de marzo de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se corrigen errores en la de 4 de diciembre de 2023, por la que se otorga a Energía Inagotable de Proxima Centauri, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico "Proxima Centauri", de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en Almudévar y de Alcalá de Gurrea (Huesca).

Nº de Disposición: BOE-A-2024-6366|Boletín Oficial: 78|Fecha Disposición: 2024-03-20|Fecha Publicación: 2024-03-29|Órgano Emisor: Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

Una vez otorgado el preceptivo trámite de audiencia a Energía Inagotable de Proxima Centauri, SL para el Parque Eólico «Proxima Centauri», con fecha 19 de diciembre de 2023, se publicó en el «Boletín Oficial del Estado», Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 4 de diciembre de 2023, por la que se otorga a Energía Inagotable de Proxima Centauri, SL autorización administrativa previa para el parque eólico Proxima Centauri, de 49 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Almudévar y de Alcalá de Gurrea, en la provincia de Huesca.

En dicha resolución se autorizan las características principales de este parque eólico, recogidas en el anteproyecto «Parque Eólico Próxima Centauri», fechado en julio de 2021, y complementado con la documentación aportada el 22 de noviembre de 2023, que son las siguientes:

– Tipo de tecnología: Eólica.

– Número de aerogeneradores: 8 aerogeneradores de 6,125 MW cada uno.

– Potencia instalada: 49 MW.

Se ha recibido solicitud del promotor que pone de manifiesto que, se ha detectado un error en el número de aerogeneradores del proyecto aprobado mediante resolución de 4 de diciembre de 2023, motivando que, tras la Declaración de Impacto Ambiental, el parque eólico «Próxima Centauri» queda con una configuración de 4 aerogeneradores que conlleva que la potencia instalada del parque eólico sea de 28 MW.

Vista la Resolución de 11 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parques eólicos Próxima Centauri y Stigma, de 49 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación en la provincia de Huesca».

En la citada resolución la valoración del órgano ambiental sobre la propuesta definitiva del promotor pone de manifiesto que ese órgano, «A la vista de lo anterior, se considera que los aerogeneradores PRC-01, PRC-02, PRC-03 y PRC-04 tendrían una grave afección sobre las aves esteparias, en especial sobre el sisón común, de manera que se descartan dichas posiciones. Adicionalmente, las posiciones PRC-06, PRC-07, PRC-08 y PRC-09 requerirán de medidas preventivas y correctoras, que se reflejan en el condicionado de la presente declaración.

Estos descartes se suman a la posición propuesta por el promotor (PRC-05), que permite el tránsito de avifauna desde el embalse de La Sotonera, especialmente respecto a la grulla común, resultando coherente con el corredor propuesto en el proyecto «Parques eólicos Omega, Kappa, Órbita, Ómicron, Lambda e Iota, de 4-9,5 MW cada uno, y sus infraestructuras de evacuación, en las provincias de Huesca y Lleida», con Resolución de 6 de junio de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.».

A la vista de lo anterior, advertido error, se procede a realizar las siguientes rectificaciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

En el título, donde dice «Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Energía Inagotable de Proxima Centauri, SL autorización administrativa previa para la instalación Parque Eólico «Proxima Centauri», de 49 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de Almudévar y de Alcalá de Gurrea, en la provincia de Huesca.», debe decir «Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se otorga a Energía Inagotable de Proxima Centauri, SL autorización administrativa previa para la instalación Parque Eólico «Proxima Centauri», de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de Almudévar y de Alcalá de Gurrea, en la provincia de Huesca.».

Tras el condicionante «- Con el propósito de ser más clarificador, práctico y efectivo, el promotor deberá elaborar un documento técnico comprensivo que incluya el Plan de Medidas Protectoras, Correctoras y Compensatorias del conjunto de instalaciones, donde se recojan las medidas previstas en los EsIA aportados, así como las determinaciones que se relacionan a continuación. Igualmente se elaborará un Plan de Vigilancia Ambiental, acorde con estas medidas y determinaciones (apartado i. (4)).», se añade el siguiente condicionante «- Se descartan las posiciones de los aerogeneradores PRC-01, PRC-02, PRC-03 y PRC-04 y PRC-05 de conformidad con la DIA.»

Donde dice «Con fecha 22 de noviembre de 2023, el promotor aportó documentación en que la ponía de manifiesto la modificación de la potencia de los aerogeneradores, de tal forma que, dando cumplimiento a las condicionantes de la DIA, el proyecto pasaría a tener 8 aerogeneradores de 6,125 MW cada uno respecto a los 9 aerogeneradores inicialmente previstos de 5,444 MW cada uno», debe decir «Con fecha 22 de noviembre de 2023, el promotor aportó documentación en la que p nía de manifiesto la modificación de la potencia de los aerogeneradores, de tal forma que, los aerogeneradores pasan a tener una potencia de 7MW.».

En el Resuelve, donde dice «Único. Otorgar a Energia Inagotable de Proxima Centauri, SL autorización administrativa previa para el parque eólico Proxima Centauri, de 49 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución.», debe decir «Único. Otorgar a Energia Inagotable de Proxima Centauri, SL autorización administrativa previa para el parque eólico Proxima Centauri, de 28 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, que seguidamente se detallan, con las particularidades recogidas en la presente resolución.».

Donde dice «Número de aerogeneradores: 8 aerogeneradores de 6,125 MW cada uno.», debe decir «Número de aerogeneradores: 4 aerogeneradores de 7 MW cada uno.».

Donde dice «Potencia instalada: 49 MW.», debe decir «Potencia instalada: 28 MW.»

Madrid, 20 de marzo de 2024.–El Director General de Política Energética y Minas, Manuel García Hernández.