Resolución de 5 de noviembre de 2018, de la Dirección General de Políticas de Discapacidad, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Servicios Sociales y la Confederación Estatal de Mujeres con Discapacidad, para la realización de un encuentro sobre feminismo y empoderamiento de las mujeres con discapacidad.

Nº de Disposición: BOE-A-2018-15555|Boletín Oficial: 275|Fecha Disposición: 2018-11-05|Fecha Publicación: 2018-11-14|Órgano Emisor: Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social

La Secretaría de Estado de Servicios Sociales y la Confederación Estatal de Mujeres con Discapacidad han suscrito, con fecha 30 de octubre de 2018, un Convenio para la realización de un encuentro sobre feminismo y empoderamiento de las mujeres con discapacidad por lo que, conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 5 de noviembre de 2018.–El Director General de Políticas de Discapacidad, Jesús Angel Celada Pérez.

ANEXO

Convenio entre la Secretaría de Estado de Servicios Sociales y la Confederación Estatal de Mujeres con Discapacidad para la realización de un encuentro sobre feminismo y empoderamiento de las mujeres con discapacidad

En Madrid a 30 de octubre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don Jesús Ángel Celada Pérez, Director General de Políticas de Discapacidad, nombrado por Real Decreto 1108/2018, de 31 de agosto, en nombre y representación de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, en virtud de las competencias que le atribuye la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias, modificada por la Orden SSI/2200/2013, de 21 de noviembre; así como el artículo único de la Orden SCB/665/2018, de 20 de junio, por la que se mantiene la vigencia de las delegaciones de competencia de los órganos superiores y directivos del extinto Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, y en virtud del Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y del Real Decreto 1047/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio.

Y de la otra, doña Marta Valencia Betrán con DNI 17.739.411-V como Presidenta de CEMUDIS (Confederación Estatal de Mujeres con Discapacidad) con poder para actuar en representación de dicha entidad según Asamblea Extraordinaria celebrada el 19 de marzo de 2018 e inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número 50937, con CIF G85942159.

Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y conveniar, y al efecto

EXPONEN

Primero.

Que la Secretaría de Estado de Servicios Sociales (SESS), es el órgano superior del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social al que corresponde el desempeño de las funciones en materia de promoción de los servicios sociales, el fomento de la cooperación con las organizaciones no gubernamentales y la atención a las personas con discapacidad, todo ello en el ámbito de las competencias constitucionalmente reservadas al Estado y, que de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1047/2018, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, desempeña a través de la Dirección General de Políticas de Discapacidad, entre otras funciones, el fomento de la cooperación con las organizaciones y entidades que agrupan a las personas con discapacidad y sus familias y la promoción de la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, en colaboración con el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad.

Segundo.

Que la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad (CEMUDIS), tiene como propósito primordial servir de plataforma de visibilización de las dificultades que impiden a niñas y mujeres con discapacidad el acceso a los recursos en igualdad de derechos que el resto de niñas y mujeres, conseguir su plena inclusión en la sociedad; servir de espacio de denuncia de las discriminaciones directas e indirectas de las que todavía son objeto; así como de medio de difusión para la reivindicación, promoción y acción en defensa de sus derechos, condiciones de vida e intereses.

Tercero.

Que la Secretaría de Estado de Servicios Sociales (SESS) y la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad, reconocen que la realización de actividades conjuntas es un vehículo que facilita la integración social de las niñas y mujeres con discapacidad, así como un medio de sensibilizar a la sociedad lo que favorece la mejora de su calidad de vida, el avance hacia la igualdad de oportunidades y la inserción social de dichas personas.

Por ello, la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, y la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad, estiman conveniente, en aras del cumplimiento de sus respectivos objetivos, aunar esfuerzos, compartiendo trabajo, conocimientos y experiencia, para la realización de un encuentro sobre feminismo y empoderamiento de las mujeres con discapacidad, a celebrar en Madrid, en el mes de noviembre de 2018.

Cuarto.

Que este convenio es uno de los definidos en el art. 47.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se encuentra, por consiguiente, sometido al régimen jurídico que dicha norma establece para los convenios.

Por todo lo expuesto, ambas partes, acuerdan suscribir el presente Convenio, que se regirá por las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente Convenio tiene por objeto instrumentar la participación conjunta entre la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, por medio de la Dirección General de Políticas de Discapacidad y la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad en la realización de una jornada de encuentro sobre feminismo y empoderamiento de las mujeres con discapacidad. En la misma, se pretende reflexionar y abordar aquellos aspectos que afectan a las mujeres con discapacidad y a su calidad de vida a través de cuatro ejes temáticos: Empoderamiento y liderazgo, Violencia hacia las mujeres con discapacidad: reconocimiento y metodología de actuación, salud sexual y reproductiva e imagen social y medios de comunicación.

La jornada se articulará como una oportunidad de intercambio, debate y reflexión sobre la realidad de las mujeres con discapacidad en España, en la que participarán mujeres discapacitadas de toda España y profesionales de los distintos ámbitos a tratar. Se priorizará la participación de mujeres con discapacidad en riesgo de exclusión social, pertenecientes al ámbito rural y mujeres con movilidad reducida. Se prevé la posibilidad del realizar el encuentro en streaming para facilitar la participación de las mujeres que no puedan asistir físicamente

Entre los objetivos a lograr se cuentan:

1. Posibilitar un espacio de debate y reflexión sobre la realidad de las mujeres con discapacidad en España, en el cual estas puedan expresar con libertad sus necesidades, inquietudes y demandas.

2. Formar y capacitar en temática variada a las mujeres con discapacidad participantes.

3. Sensibilizar y consolidar la participación activa de las mujeres con discapacidad en igualdad de condiciones en la vida pública.

4. Mejorar la autoestima/imagen personal y la concienciación como grupo social.

5. Creación de grupos de trabajo y debate.

La realización de esta actividad permite a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales prestar apoyo y atención al colectivo de mujeres con discapacidad y cooperar con las organizaciones y entidades que las agrupan, cumpliendo así las funciones que le han sido encomendadas en el ámbito de la atención, protección y promoción de las personas con discapacidad.

Segunda. Compromisos de las partes.

Para hacer efectiva la realización del objeto citado en la cláusula anterior, la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, se compromete a:

1. Proporcionar asesoramiento, colaboración y participar con su personal técnico en la realización del encuentro, incluyendo la elaboración del programa, la definición del perfil de los ponentes y profesionales participantes y la selección de los mismos; la selección de las salas, locales y hoteles necesarios, así como el asesoramiento sobre accesibilidad para su adecuación a las necesidades de personas con distintas discapacidades; además de la presencia de representantes de la Secretaría de Estado en el inicio o clausura del acto, y la participación, en su caso, en las mesas redondas que se realicen.

2. Recopilar cuanta información se considere necesaria en materia de discapacidad, prestando asesoramiento técnico específico referido a la documentación y material bibliográfico de los que dispone el Departamento y que resulten necesarios para la realización de las actividades programadas.

3. Participar, junto con la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad, en la realización de las acciones necesarias para la difusión y promoción de la Jornada.

4. Por medio de su personal técnico, realizar las funciones de seguimiento, control y evaluación del convenio, así como la coordinación y ejecución de los trabajos propios de la Comisión de seguimiento mencionada en la cláusula octava de este Convenio.

5. Cofinanciar los gastos, derivados de la ejecución de las actividades objeto de este convenio, correspondientes, exclusivamente, a las partidas que se detallan expresamente en el anexo I del mismo.

La Confederación Española de Mujeres con Discapacidad se compromete a:

1. La ejecución material, económica y administrativa de las actividades, de acuerdo con el programa establecido.

2. Participar, junto con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales en la coordinación y organización de la jornada y realizar las acciones necesarias para su difusión y promoción.

Como parte de estas acciones de difusión, la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad elaborará una Nota de Prensa después del desarrollo de la Jornada. Dicha nota se enviará a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, que podrá utilizarla en los medios de comunicación que considere oportunos para el cumplimiento de sus fines de difusión.

3. Realizar una memoria técnica de las actividades realizadas objeto del convenio, incluyendo la nota de prensa citada anteriormente.

4. Cofinanciar los gastos derivados de la ejecución de las actividades objeto del Convenio, correspondientes a las partidas que se detallan expresamente en el anexo I del mismo.

5. Justificar a la Secretaría de Estado de Servicios Sociales la totalidad de los gastos y pagos realizados por las actuaciones objeto de este convenio con cargo, tanto a su aportación económica al Convenio como a la aportación de la Secretaría de Estado.

Tercera. Financiación.

El importe total de la aportación económica prevista en este convenio para la realización de las actividades objeto del mismo, asciende a diecinueve mil quinientos euros (19.500,00 euros), tal como se detalla en el anexo I. La Confederación Española de Mujeres con Discapacidad aportará cinco mil ochocientos cincuenta euros (5.850,00 euros), y la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, aportará una cantidad máxima de trece mil seiscientos cincuenta euros (13.650,00 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 26.17.231F.226.06 del presupuesto de gastos vigente para 2018.

La participación en la jornada es gratuita para todas las personas asistentes por lo que no se van a ingresar fondos derivados de la realización de la misma.

En el caso de que el coste de las actividades incluidas en el convenio fuera inferior al presupuestado se reducirán proporcionalmente las aportaciones de cada una de la partes en relación a la aportación inicial comprometida por cada una de ellas.

En el caso de que el coste de las actividades, finalmente, fuera superior al presupuestado se hará cargo del exceso, en exclusiva, la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad.

En todo caso, la aportación de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales se destinará exclusivamente a financiar operaciones corrientes.

La Confederación Española de Mujeres con Discapacidad se compromete a acreditar, en forma, la correcta aplicación de los fondos recibidos de acuerdo a lo pactado en el presente Convenio, antes del 5 de diciembre de 2018.

Cuarta. Justificación.

El abono de la aportación económica de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales se efectuará en un único pago, una vez finalizadas todas las actividades objeto del convenio y previa justificación documental, mediante la presentación de las correspondientes facturas y/o justificantes de gastos.

El pago se efectuará contra certificado suscrito por el Director General de Políticas de Discapacidad, acreditativo de la realización de las actividades y de la recepción de conformidad de la justificación documental correspondiente.

La entidad presentará una relación certificada y detallada de las facturas y justificantes de gasto con indicación de acreedor, concepto de la factura, su importe, fecha de emisión y fecha de pago de los gastos totales realizados por las actividades previstas en el Convenio con cargo a las aportaciones indicadas en la cláusula anterior, tanto de la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad, como de la Secretaría de Estado.

Asimismo, deberá adjuntar los originales de las facturas y/o documentos contables de valor probatorio equivalente, justificativos de todo el gasto realizado, y si requiriese su devolución, deberá solicitarlo expresamente y, en este caso, adjuntar también fotocopias de los mismos.

Únicamente podrán imputarse los gastos realizados desde la fecha de la firma del presente Convenio.

El abono se realizará, mediante transferencia bancaria, a la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad en la cuenta número ES07 2100 1570 7702 0021 7067.

Quinta. Ausencia de relación laboral.

La relación del personal de la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad y de los profesionales que lleven a cabo la ejecución de las actividades del convenio con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente Convenio, ni del mismo se derivará obligación alguna propia de un contrato laboral ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.

Sexta. Titularidad y derechos de explotación.

Se considera que los resultados, tanto materiales como inmateriales de la citada Jornada pertenecerán a ambas partes.

Los derechos de explotación, en todas las modalidades, de la documentación que se produzca como consecuencia de las actuaciones contempladas en el presente convenio y sin perjuicio de lo dispuesto en la Sección segunda del Capítulo III del Título II Libro I de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, serán propiedad de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, en la parte proporcional al porcentaje de financiación y podrá utilizarse en los cursos y actividades que se programen desde este organismo siempre que cuente con el consentimiento de la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad y respetando, en todo caso, el derecho moral que le corresponde al autor de la documentación y que es inalienable según el artículo 14 del citado texto legal.

Séptima. Publicidad y logotipo.

La documentación y la información tanto impresa como electrónica sobre las actividades objeto del presente convenio deberán incluir el logotipo de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales y hacer referencia a este organismo en su calidad de coorganizador, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, que establece los criterios de imagen institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado.

Concretamente, para el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social se aplicará lo establecido en la Disposición adicional segunda del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado, así como lo establecido en la Resolución de 10 de julio de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional, adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del Estado y la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la entonces Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital para la Administración General del Estado.

También, en la posible publicidad y difusión sobre las actividades objeto del Convenio se estará, en lo que resulte de aplicación, a lo dispuesto en la mencionada Resolución de 21 de marzo de 2013, de la entonces Secretaría de Estado de Administraciones Públicas.

Octava. Comisión de seguimiento.

Con el fin de conseguir una mayor eficacia y facilitar la coordinación y el seguimiento del presente Convenio se constituirá una Comisión Mixta, que estará formada por dos representantes de cada una de las partes.

Los representantes de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales serán dos funcionarios de la Dirección General de Políticas de Discapacidad, nombrados por su Director, y los dos representantes de la de la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad serán designados por su presidenta.

La Comisión intervendrá de manera activa en la realización de las actividades y se reunirá tantas veces como sea necesario para la buena marcha de las actuaciones a desarrollar en el marco del Convenio.

La Comisión en su funcionamiento se regirá por lo previsto en el presente Convenio y supletoriamente por lo estipulado en la Sección tercera, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, del 15 de octubre.

La Comisión de seguimiento no generará ningún gasto durante el desarrollo del convenio.

Novena. Modificación del convenio.

Los términos de este Convenio podrán ser modificados de mutuo acuerdo entre las partes suscriptoras, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades a desarrollar. Dicha modificación se hará efectiva por acuerdo de las partes a propuesta de la Comisión de seguimiento, y se incorporará como parte inseparable del texto del Convenio, mediante la correspondiente Adenda de modificación.

Décima. Protección de datos.

En cuanto a la Protección de datos de carácter personal, tanto la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad como el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social adecuarán sus actuaciones a lo previsto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016.

En este sentido, la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad asumirá la titularidad de cualquier fichero de datos de carácter personal así como de la responsabilidad de adoptar las medidas de seguridad necesarias para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados.

Undécima. Plazo de vigencia.

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente Convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes, que se materializará a través de la firma, y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Su vigencia se extenderá hasta el 5 de diciembre de 2018. No procede la prórroga del convenio.

Duodécima. Extinción y resolución del convenio.

El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo estas todas las señaladas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, incluido el incumplimiento tanto total como parcial de las obligaciones contenidas en el mismo por alguna de las partes.

Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.

En cumplimiento del artículo 49.e), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el incumplimiento dará lugar a la posible indemnización que se determine llegado el caso.

Decimotercera. Responsabilidad civil.

La Secretaría de Estado de Servicios Sociales queda exonerada de cualquier responsabilidad civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este Convenio.

Decimocuarta. Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por las estipulaciones en el contenidas, y en lo no previsto en estas, así como para la resolución de las dudas que puedan presentarse, por lo dispuesto en el Título Preliminar, Capítulo VI, de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio.–Por la Secretaría de Estado de Servicios Sociales, Jesús Ángel Celada Pérez.–Por la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad, Marta Valencia Betrán.

ANEXO I

Presupuesto de gastos para las actividades objeto del convenio

Concepto del gasto

SESS

Euros

CEMUDIS

Euros

Total

Euros

Infraestructuras, medios audiovisuales, cartelería, catering y otros apoyos técnicos

10.150,00

0,00

10.150,00

Desplazamientos, manutención y alojamiento de ponentes y profesionales externos

3.500,00

0,00

3.500,00

Control de inscripciones y otros apoyos técnicos al proyecto

0,00

5.850,00

5.850,00

Total

13.650,00

5.850,00

19.500,00

Los gastos a realizar con cargo a las aportaciones de las partes, a efectos de justificación, tendrán un carácter estimativo entre ellos. Al tratarse de cuantías estimadas se permitirá un variación de hasta un +/- 20 %, compensándose entre las distintas partidas y sin que se supere, en ningún caso, el importe total del presupuesto del convenio.

Los gastos de dietas y locomoción que correspondan se ajustarán a lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razones de servicio con los límites establecidos para el grupo 2. Dichos gastos se referirán, en todo caso, a ponentes que no procedan ni de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales ni de la Confederación Española de Mujeres con Discapacidad, pues en estos casos, tanto uno como otro se harán cargo, respectivamente de los desplazamientos y gastos de sus ponentes.

ANEXO II

Detalle de algunas de las actividades a realizar

Actividades

Responsable

Definición del perfil de los ponentes y profesionales participantes y la selección de los mismos. Establecimiento de un equipo interdisciplinar formado por profesionales de alguna de las siguientes disciplinas: Trabajo Social, Sociología, Psicología, Pedagogía, Psicopedagogía y Derecho, u otras que se consideren de relevancia para los fines perseguidos

CEMUDIS y SESS

Análisis de las necesidades de las mujeres para su participación en el encuentro

CEMUDIS y SESS

Identificación y contacto de grupos de interés vinculados a la Administración Pública

SESS

Difusión del programa de la jornada entre las mujeres potencialmente beneficiarias y grupos de interés vinculados al movimiento asociativo en este ámbito

CEMUDIS

Difusión del programa entre los principales grupos de interés del mismo

CEMUDIS y SESS

Selección de las salas, locales y hoteles necesarios

CEMUDIS y SESS

Ejecución material, inscripción de las personas participantes, gestión de las personas ponentes, etc

CEMUDIS

Recopilación y facilitación de datos procedentes de fuentes oficiales

SESS

Elaboración de un folleto electrónico informativo de difusión del proyecto en el que se recojan los objetivos, las principales acciones que se van a desarrollar y los resultados finales que se pretenden conseguir

CEMUDIS

Revisión y aportaciones al folleto electrónico y resto de materiales elaborados

SESS

Proceso de evaluación de la satisfacción de la participación en la jornada

CEMUDIS y SESS

Difusión de los principales resultados de la jornada a los principales grupos de interés del programa

CEMUDIS y SESS