Ciudad autonoma
De Conceptos JurÃdicos
Una Ciudad Autónoma en una división superior al concepto de muncicipio e inferior al de Comunidad Autónoma. España se divide en diecisiete Comunidades Autónomas y en dos Ciudades Autónomas que son Ceuta y Melilla. La Constitución Española establece en su disposición transitoria quinta que ambas ciudades podrán constituirse en Comunidades Autónomas si asà lo deciden sus respectivos Ayuntamientos, mediante acuerdo adoptado por la mayorÃa absoluta de sus miembros y asà lo autorizan las Cortes Generales, mediante una Ley Orgánica.
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Ver todosÚltima modificación: 02 de julio de 2014