Ejercicio del derecho de separación
El ejercicio del derecho de separación está regulado en la Ley de Sociedades de Capital, en su artÃculo 348 establece cómo se ejerce el derecho de separación de socios:
1. Los acuerdos que den lugar al derecho de separación se publicarán en el BoletÃn Oficial del Registro Mercantil. En las sociedades de responsabilidad limitada y en las anónimas cuando todas las acciones sean nominativas, los administradores podrán sustituir la publicación por una comunicación escrita a cada uno de los socios que no hayan votado a favor del acuerdo.
2. El derecho de separación habrá de ejercitarse por escrito en el plazo de un mes a contar desde la publicación del acuerdo o desde la recepción de la comunicación.
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