Seguro de personas
De Conceptos JurÃdicos
En el seguro de personas, el objeto asegurado es la propia persona, la cual soporta en si misma el riesgo de ver comprometida su salud o integridad física por una enfermedad o por un accidente o por el riesgo de perder la vida antes de alcanzar una cierta edad o de sobrevivir a una detreminada edad.
No son seguro de indemnización.
Son seguros de previsión, de ahorro o de suma, porque producido el siniestro el asegurador paga la suma convenida, sin verse obligado a averiguar si aquel ha producido o no un daño, ni cual sea su importe.