Disposiciones Generales
COMISIÓN
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REGLAMENTO (CE) N 633/2008 DE LA COMISIÓN de 3 de julio de 2008 por el que se establecen valores globales de importación para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas
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REGLAMENTO (CE) N 634/2008 DE LA COMISIÓN de 27 de junio de 2008 por el que se fijan los componentes agrícolas reducidos y los derechos adicionales aplicables a las importaciones en la Comunidad de determinadas mercancías que contienen productos lácteos cubiertas por el Reglamento (CE) n 3448/93, originarias de Suiza
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REGLAMENTO (CE) N 635/2008 DE LA COMISIÓN de 3 de julio de 2008 porelque se adaptan de conformidad con el Reglamento (CE) n 338/2008 del Consejo las cuotas de pesca de bacalao que se asignarán a Polonia entre 2008 y 2011 en el Mar Báltico (subdivisiones 25-32, aguas de la CE)
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REGLAMENTO (CE) N 636/2008 DE LA COMISIÓN de 3 de julio de 2008 sobre la expedición de certificados de exportación en el sector vitivinícola
PARLAMENTO Y CONSEJO
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REGLAMENTO (CE) N 592/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de junio de 2008 por el que se modifica el Reglamento (CEE) n 1408/71 del Consejo, relativa la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (Texto pertinente a efectos del EEE)
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REGLAMENTO (CE) N 593/2008 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de junio de 2008 sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I)
Otras Disposiciones
CONSEJO
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ACCIÓN COMÚN 2008/550/PESC DEL CONSEJO de 23 de junio de 2008 relativa a la creación de la Escuela Europea de Seguridad y Defensa (EESD) y por la que se deroga la Acción Común 2005/575/PESC
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CORRECCIÓN DE ERRORES Corrección de errores del Reglamento (CE) nº 40/2008 del Consejo, de 16 de enero de 2008, por el que se establecen, para 2008, las posibilidades de pesca y las condiciones correspondientes para determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces, aplicables en aguas comunitarias y, en el caso de los buques comunitarios, en las demás aguas donde sea necesario establecer limitaciones de capturas (Diario Oficial de la Unión Europea L 19 de 23 de enero de 2008)


