Autor: Luis Bonillo Garrido, Licenciado en Derecho.
La Constitución Española de 1978 consagra la posibilidad de que se investigue la paternidad cuándo ésta es desconocida, lo que representa un logro importante en el Derecho de Familia en lo que se refiere a la filiación de los españoles.
En los procesos de filiación en los que se reclama la paternidad de un recién nacido o de un menor la prueba biológica de ADN se convierte en la prueba determinante. Sigue leyendo