Desde el 23 de diciembre de 2010, fecha de entrada en vigor de la reforma del Código Penal, las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables por delitos cometidos por una persona física que forma parte de la organización de éstas.
En base a algunas sentencias del Tribunal Supremo, destacamos algunos criterios interpretativos sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas: Sigue leyendo